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Cambios en el cálculo de las pensiones: las empleadas a tiempo parcial se beneficiarán

Estas personas podrán alcanzar más rápidamente el período de cotización requerido para su jubilación

Cambios en el cálculo de las pensiones: las empleadas a tiempo parcial se beneficiarán

El 95,48% de las afiliaciones en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar está conformado por mujeres

El pasado domingo 1 de octubre, entró en vigor una modificación en la Ley de Seguridad Social especialmente beneficiosa para los trabajadores a tiempo parcial y concretamente para mujeres.

El 67,38% de las afiliadas en 2022 tenían contratos de trabajo a tiempo parcial, según el Informe del Mercado de Trabajo de las Mujeres del Ministerio de Trabajo y Economía Social. Además, el 95,48% de las afiliaciones en el Sistema Especial de Empleadas del Hogar está conformado por mujeres, por lo que serán ellas las que mayormente apreciaran estos cambios.

Con esta última modificación, la Seguridad Social va a reconocer los periodos laborales a tiempo parcial como días completos de cotización, igualando así la jornada parcial a la completa en este aspecto.

¿Cuáles son las implicaciones de estos cambios?

Este cambio se encuentra detallado en un Real Decreto-ley emitido en marzo de 2023 y se encuentra disponible en el Boletín Oficial del Estado, donde modifica el artículo 247 de la Ley General de Seguridad Social de 2015.

Según lo expresado en el BOE, «con la modificación del artículo 247, se iguala el trabajo a tiempo parcial al trabajo a tiempo completo en lo que respecta al cálculo de los períodos de cotización». Por lo tanto, cada día trabajado por una persona con un contrato a tiempo parcial será considerado como un día completo por parte de la Seguridad Social para efectos de cotización.

¿Cómo se llevará a cabo el cálculo de la cotización?

Se registrarán los diferentes períodos en los que la persona haya estado dada de alta con un contrato a tiempo parcial, sin importar la duración de la jornada laboral en cada uno de esos períodos.

De esta manera, se suprime el coeficiente global de parcialidad que solía ser aplicado y se concluye con las reglas de proporcionalidad para el reconocimiento de los períodos de cotización requeridos para acceder a las prestaciones.

A partir de este momento, se solicitará el mismo período de cotización para tener derecho a las prestaciones, independientemente de si se trata de trabajadores a tiempo completo o a tiempo parcial.

Según ejemplifica el sindicato USO, si alguien ha trabajado durante 10 años con una jornada laboral del 60%, ahora se le contabilizarán como 10 años en lugar de los seis que se consideraban anteriormente. De esta manera, estas personas podrán alcanzar más rápidamente el período de cotización requerido para su jubilación o para acceder a las pensiones.

¿Quién se beneficiará de estos cambios?

Como refleja en el BOE, este cambio se dirige a personas que tengan contratos a tiempo parcial, independientemente de cuál sea su actividad o sector.

Cuando se aprobó el Real Decreto en marzo, el Gobierno calculó que esta reforma beneficiaría a 2,5 millones de personas. No obstante, como se ha indicado, lo notarán en mayor medida las mujeres y, concretamente, las empleadas del hogar.

Con todo, uno de los objetivos de esta modificación es corregir la brecha de género que sufren, ya sea durante su vida laboral -en la que tienen empleos a tiempo parcial, salarios más bajos y, todo ello, alternado con labores de cuidados que en muchas ocasiones asumen por el hecho de ser mujeres-, o en sus pensiones.

No solo afecta a las pensiones por jubilación

Como se indica en el BOE, la modificación, incluida en el Real Decreto-ley 2/2023, afecta tanto a las pensiones de jubilación, de incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado de menor.

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