El juez abre el plazo para lanzar ofertas por Tubos Reunidos, salpicada por el 'caso Leire'
Se valorará en la selección de las ofertas el mantenimiento del empleo y condiciones laborales y la asunción de pasivos

Sede de Tubos Reunidos.
El plazo para el proceso de presentación de ofertas por Tubos Reunidos, actualmente en concurso, se ha declarado oficialmente abierto y las propuestas deberán incluir un compromiso de mantenimiento de la actividad de mínimo dos años, según ha informado el fabricante de tubos.
Este lunes la empresa ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) las reglas que regirán todo este proceso por parte del Tribunal de Instancia número 7 de Vitoria, de manera que la compañía y el administrador concursal han dado inicio al proceso competitivo y de concurrencia de ofertas para la adquisición de la compañía.
Según indica la juez en su auto, los oferentes podrán delimitar «el perímetro de los elementos patrimoniales, derechos, contratos y relaciones jurídicas susceptibles de transmisión y personal de las unidades productivas (UPAs) a las que opten».
En concreto, establece expresamente la posibilidad de que los potenciales ofertantes limiten su oferta a solo alguna de las unidades productivas, siempre que constituya una entidad económica que mantenga su identidad, «entendida como un conjunto de medios organizados a fin de llevar a cabo una actividad económica, esencial o accesoria».
La valoración de las ofertas presentadas tendrá en cuenta, entre otros criterios como su impacto en la continuidad de la actividad, la cohesión del negocio y la maximización del retorno para el conjunto de interesados, primándose aquellas propuestas que supongan una transmisión unitaria de la unidad productiva o la compra de todas las compañías.
Mantenimiento del empleo y condiciones laborales
También se incluye el compromiso de otorgamiento de financiación interina, en la medida en que garantice la continuidad operativa durante la tramitación y ejecución de la operación.
Además, se incorpora la asunción de pasivos, tanto de aquellos de obligada subrogación como de los que, voluntariamente, pudieran ser asumidos por el oferente, en cuanto a factor de reducción del pasivo concursal.
