Cuestión de confianza
«De la existencia de una ciudadanía que no se ciega en su confianza partidaria depende que no colapse el edificio de la democracia constitucional»

Ilustración generada mediante IA.
La lectura de biografías de personas que contribuyeron decisivamente a mayúsculas transformaciones políticas y sociales invita siempre a preguntarse cuánto de su personalidad, de los rasgos de su carácter, fueron determinantes frente a los factores de orden estructural o incluso a la pura fortuna a la que el político ha de ser capaz de domeñar con su virtú según la doctrina de Maquiavelo; si verdaderamente el genio, la osadía, la perspicacia de un solo hombre es capaz de cambiar el curso de la historia, hacer cumplir las ansias larvadas en amplias capas de la sociedad, poner fin a las inercias que antes o después —vistas desde el presente— tenían que frenarse. Esa tentación es máxima si se trata de personajes tan sugerentes como el expresidente Adolfo Suárez y análisis tan estimulantes como el que despliega el historiador Juan Francisco Fuentes en la reciente reedición de su biografía de aquél (Adolfo Suárez. La opción más difícil).
A mí, en cambio, leer en estos días sobre ese desfile de personajes bien conocidos (otros no tanto: es fascinante la figura de su ghostwriter, Eduardo Navarro) que, dada su superior preparación y experiencia profesional y política, articularon en el negro sobre blanco jurídico las osadías de Suárez para consolidar la democracia en España —la Ley para la Reforma Política, la legalización del PCE, la apertura del proceso constituyente, el impulso a la descentralización con la sorpresiva vuelta de Tarradellas a España, entre otras— esa lectura, digo, me ha hecho pensar en la relación inversa: no tanto lo poco o mucho que pudo hacer una sola persona como Suárez, o un reducido número de personas, para, como recuerda Fuentes, ser el «arquitecto de la demolición» (de un régimen dictatorial), sino cuánto puede resistir ese nuevo edificio que se levantó durante la Transición si tiempo después aparece una persona, también osada, dispuesta a someter a esos materiales a su tensión máxima. ¿Qué diseño institucional es capaz de resistir a la absoluta falta de escrúpulos del gobernante? Ya ven por dónde voy hoy.
Casi a punto de cumplirse 50 años desde aquel 3 de julio que, puede decirse, produce la primera ignición —la difícil decisión del Rey de nombrar a Suárez presidente del Gobierno— es posible detectar desconchones, fugas, humedades, reformas necesarias y otras quizá suntuosas —y por ello discutibles— en el edificio constitucional. Algunas son de mucho calado y afectan a la cimentación: el papel del Senado, el «cierre» —o quizá «repliegue»— del Estado autonómico; la sucesión a la Jefatura del Estado, por no decir la existencia misma de la Monarquía; o las constricciones que sostienen un sistema electoral profundamente desigualitario, o la consagración de unos «derechos históricos» que han consolidado la insolidaridad y el privilegio de los ciudadanos vascos y navarros (y pronto los catalanes, es de temer), entre otros muchos «fallos estructurales».
Otras son lagunas, como la que emergió el día en el que Mariano Rajoy, ganador de las elecciones, declinó someterse a la investidura tras ser propuesto por el Rey. ¿Cuál es el plazo para convocar nuevas elecciones si ningún otro candidato da el paso? (lean el artículo 99.5 de la Constitución que establece un plazo de dos meses para que el Rey disuelva y convoque desde la primera votación de investidura). Recuerden que fue Pedro Sánchez, y su osadía, quien permitió salir del impasse allá por 2016.
Pero no hay ingeniero naval capaz de evitar ex ante las fugas catastróficas del buque si quien capitanea y su marinería están dispuestos a empotrarlo contra los icebergs de la costa de Terranova si ese es el precio a pagar por seguir en el puente de mando aunque sea en los «minutos basura». O dicho de manera menos críptica: asumiendo que, siendo el objetivo el de garantizar los valores propios de la democracia y el Estado de derecho, hay diseños institucionales mejores que otros, ninguno es resistente en ausencia de un ethos político mínimo.
«¿Pueden someterse a deliberación y votación parlamentaria las mociones que resultan en ‘declaraciones políticas’ sin vinculatoriedad jurídica?»
Los ejemplos son numerosos —incumplimiento de las obligaciones constitucionales básicas como la de presentar un proyecto de Presupuestos que dé sentido al «gobierno», el pornográfico abuso del Decreto-Ley hasta límites nunca entrevistos, las cesiones y trueques siempre negadas hasta el momento en que resultan necesarias, etc.— pero déjenme aludir al último desafuero: la decisión de la Mesa del Congreso de los Diputados de inadmitir una moción para instar al presidente del Gobierno a que considere la oportunidad de convocar elecciones generales certificada ya la descomposición de la coalición «progresista».
¿Pueden someterse a deliberación y votación parlamentaria las mociones que resultan en «declaraciones políticas» sin vinculatoriedad jurídica? La cuestión fue arduamente discutida —y llegó hasta el Tribunal Constitucional— en los albores del procés, allá por 2013 cuando el Parlamento de Cataluña deliberó, votó y aprobó una resolución en la que esencialmente se proclama la soberanía del pueblo de Cataluña y se «inicia» el proceso para que los ciudadanos de Cataluña ejerzan su «derecho a decidir».
Uno recuerda que en aquellos debates el expediente democrático puro y duro era harto frecuente: solo faltaba que en el Parlamento no se pueda hablar, discutir y votar sobre todo, se afirmaba con énfasis. ¿Seguro? ¿Pueden ser sometidas a debate y votación propuestas que contravienen flagrantemente las normas constitucionales o que instan a una autoridad a hacer lo que jurídicamente le excede? ¿Podría un parlamento autonómico votar una moción en la que se declara que la raza negra es inferior a la blanca? ¿O que inste a un municipio a declarar una guerra contra otro Estado? ¿Y las cuestiones que exceden lo político? Tras la visita del Papa, ¿debería la Mesa del Congreso aceptar la moción para que en el Parlamento se vote la existencia de Dios?
Ninguno de estos razonables impedimentos fue percibido por la Mesa del Congreso de los Diputados cuando un 4 de febrero de 2025 acordó admitir a trámite una proposición no de ley de Junts per Catalunya del siguiente tenor: «El Congreso de los Diputados insta al Presidente del Gobierno español a considerar la oportunidad de plantear una cuestión de confianza, de conformidad con la prerrogativa que le confiere la Constitución, atendiendo al carácter político, sin vinculación jurídica, de la presente iniciativa». RTVE, la televisión de todos, informaba de que la mayoría del PSOE y Sumar en la Mesa del Congreso había decidido la admisión a cambio de que Junts apoyara el Decreto del «escudo social». A finales de febrero, Junts per Catalunya retiraba la proposición no de ley a petición de un denominado «verificador internacional» de los acuerdos entre el PSOE y Junts celebrados en Suiza (sí, amigo lector, entiendo que tenga que leerlo dos veces y frotarse los ojos).
«¿Acaso no vamos a poder reclamar del ciudadano que se libre del sectarismo del que sí pedimos que se libere al supuesto representante de su ideología?»
El pasado día 17 esa misma Mesa del Congreso rechazaba admitir a trámite una enmienda de Junts para que el Congreso votara «instar al presidente del Gobierno a proponer la disolución de las Cortes Generales y convocar elecciones generales, de conformidad con la prerrogativa que le confiere la legislación vigente atendiendo al carácter político, sin vinculación jurídica, de la presente iniciativa». Ante la negativa siquiera a poder debatir y votar en la sede de la soberanía esa declaración —casi idéntica a la de año y medio atrás— para que el presidente considere ejercer esa facultad (que en la propia enmienda se reconoce como ajena y que no se pretende hurtar), y la aquiescencia lacayuna de ciertos constitucionalistas de la genuflexión sincronizada, uno no puede sino recordar con nostalgia y un punto de ternura aquellos años en los que esos mismos «expertos» llamaban a «profundizar en los mecanismos de la democracia deliberativa».
O que se escandalizaban porque la suspensión judicial de las funciones del electo Puigdemont vulneraba los derechos de representación política. ¿Qué nos pueden decir hoy de la decisión de que en la sede de la soberanía no se pueda discutir y deliberar sobre la conveniencia de que el presidente del Gobierno considere activar precisamente los mecanismos propios de la democracia?
En las páginas de El País se ha invitado esta semana a debatir sobre la conveniencia de que «la izquierda» apoye al PP para evitar que gobierne con Vox (en Extremadura, concretamente). Manuel Cruz reformulaba la pregunta al modo: «¿De qué manera podríamos considerar que es efectivamente de izquierdas apoyar a un gobierno conservador?». La pregunta, bajo una u otra formulación, tiene mucho interés porque invita a descender un escalón en ese esfuerzo reflexivo y a universalizar la inquietud más allá de las actuales tribulaciones, angustias o decepciones de quienes sean, o se tengan, por «de izquierdas». Y es que, toda vez que un «representante de izquierdas» puede tener buenas razones para votar que «gobierne la derecha», el «representado» de izquierdas, o sea, el «votante de izquierdas», también las puede tener a la hora de ejercer su derecho al voto en unas elecciones (y a la inversa, claro, para el «votante de derechas»). ¿O acaso no vamos a poder reclamar del ciudadano que se libre del sectarismo del que sí pedimos que se libere al supuesto representante de su ideología?
Y es que esta es, a mi parecer, en este momento del tardosanchismo, la hamletiana cuestión que nos tiene que acuciar a los ciudadanos que, cualquiera sea el lugar del espectro político con el que nos identifiquemos o nos identifiquen, sobreponemos el valor de la alternancia democrática a nuestras inclinaciones o preferencias políticas (muchas veces pura y visceralmente identitarias). Zapatero pide confianza; Sánchez se enroca y evade la cuestión de confianza, pero yo me pregunto cuánta confianza puedo depositar en que mis conciudadanos serán capaces, a estas alturas, de no transigir más a pesar de que esos desafueros los hayan cometido «los suyos».
A fin de cuentas, es de esto —de la existencia de una ciudadanía que no se ciega en su confianza partidaria— de lo que depende que, siquiera sea sin violencia, no colapse el edificio de la democracia constitucional.