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Entra en vigor la reforma que facilitará la incorporación de extranjeros al mercado laboral

Esta modificación pretende racionalizar y actualizar las figuras del arraigo social y laboral y por reagrupación familiar y crea una nueva figura de arraigo por formación

Entra en vigor la reforma que facilitará la incorporación de extranjeros al mercado laboral

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá. | Eduardo Parra (Europa Press)

La reforma del Reglamento de Extranjería que persigue facilitar la incorporación de los extranjeros al mercado de trabajo entra en vigor tras 20 días de su publicación en el BOE. La medida será de aplicación salvo en lo que se refiere a la eliminación de los artículos 97 al 102 refereridos a la residencia temporal y trabajo por cuenta ajena de duración determinada, que será de aplicación a partir del 27 de julio de 2023.

«Por la propia naturaleza del fenómeno subyacente es imposible hacer una estimación (del número de afectados) que tampoco es el objetivo de la reforma. El objetivo es modernizar el modelo migratorio para que se propicie la migración regular y segura en toda circunstancia», explicó el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, este martes en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros del pasado 26 de julio.

Esta modificación pretende racionalizar y actualizar las figuras del arraigo social y laboral y por reagrupación familiar y crea una nueva figura de arraigo por formación, para permitir a migrantes que lleven dos años en España y quieran formarse en profesiones particularmente deficitarias, que puedan hacerlo. Además, permitirá trabajar a los extranjeros con autorización de residencia por estudios.

Para poder acogerse a este arraigo por formación, la persona extranjera deberá comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo, y aunque podrá formarse en el sector o profesión que deseen, tendrán más facilidades si lo hacen en sectores donde hay más demanda de trabajadores. Este punto es importante porque para obtener el permiso de residencia deberán acreditar que han firmado un contrato de trabajo.

El Ejecutivo no cree que este cambio provoque un «efecto llamada» con esta nueva figura del arraigo por formación, ya que la persona extranjera tiene que llevar residiendo al menos dos años en España y tiene que comprometerse y, posteriormente, acreditar un compromiso de formación. Sí espera que ayude a «evitar la economía sumergida» y a cubrir las necesidades del mercado laboral, más aún teniendo en cuenta las «tasas de envejecimiento» de la población.

Por otro lado, con la reforma se corrige una «anomalía» que había en España pues se va a «facilitar el trabajo al terminar sus estudios a 50.000 extranjeros»; y también se modernizan los requisitos de acceso al trabajo autónomo, que eran «extraordinariamente complejos», según Escrivá.

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