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El Supremo embarga las cuentas a Torra tras negarse a pagar su juicio por desobediencia

El expresidente de la Generalitat se ha negado a pagar cerca de 2.000 euros en costas judiciales. La mitad del dinero corresponde a la Junta Electoral Central

El Supremo embarga las cuentas a Torra tras negarse a pagar su juicio por desobediencia

El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Joaquín Torra. | Europa Press

El Tribunal Supremo ha ordenado embargar las cuentas bancarias del expresidente de la Generalitat de Cataluña Quim Torra. En una diligencia de ordenación, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, la Sala Tercera del Alto Tribunal acuerda el embargo telemático de «las cuentas corrientes de las que sea titular» para cubrir el pago de 2.000 euros que le fueron impuestos en concepto de costas tras uno de los dos juicios en los que fue condenado por desobediencia.

«Habiendo transcurrido el plazo concedido sin que se haya abonado el importe ni manifestación alguna, procédase al embargo telemático de las cuentas corrientes de las que sea titular don Joaquín Torra», indica el documento de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, fechado el pasado 21 de marzo. La propia diligencia de ordenación explica que la mitad de los 2.000 euros que Torra adeuda en costas corresponden a la Junta Electoral Central (JEC). La otra mitad, a una procuradora.

La misma Sala Tercera del Tribunal Supremo dictó un auto el 16 de febrero de 2022 en el que se acordaba el embargo si el expresidente de la Generalitat no hacía frente al pago de las costas en octubre de 2021. En el año transcurrido desde entonces, Torra no ha abonado esa cantidad ni ha realizado manifestación alguna al respecto ante el Alto Tribunal.

Torra recurrirá el embargo

Fuentes cercanas al expresidente de la Generalitat señalan que Torra recurrirá el embargo. Añaden que en todos los procedimientos judiciales se ha negado a pagar las costas del juicio hasta el embargo de sus cuentas por no estar de acuerdo con los motivos por los que ha sido condenado. El Tribunal Supremo ratificó en 2020 las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por las que el sucesor de Carles Puigdemont fue condenado e inhabilitado por desobediencia.

La Junta Electoral Central, además de los partidos políticos Vox, PP y Ciudadanos, le acusaron de desobediencia por negarse a retirar del balcón del Palau de la Generalitat una pancarta en favor de los líderes del ‘procés’ encarcelados durante las campañas electorales de abril y de noviembre de 2019. Por la primera de ellas, el TSJ de Cataluña le inhabilitó durante un año y medio por desobedecer de manera «contumaz y obstinada» a la JEC. Además, le impuso una multa de 30.000 euros.

Manifestación en apoyo a Quim Torra y contra su condena por desobediencia. Septiembre 2020 / EUROPA PRESS.
Manifestación en apoyo a Quim Torra y contra su condena por desobediencia. Septiembre 2020 / EUROPA PRESS.

El Tribunal Supremo ratificó esa primera condena y también una posterior en la que, además de ser inhabilitado durante otros 15 meses por no retirar la pancarta durante la campaña de noviembre de 2019, se le obligaba a hacerse cargo de las costas del procedimiento. Los abogados de Torra han recurrido ambas condenas.

La primera sentencia está recurrida ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) argumentado que el de Torra había sido «un caso de persecución ideológica y política contra la minoría nacional catalana en el Estado español». La segunda condena se encuentra recurrida ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, según fuentes jurídicas, la impugnación ante la corte de garantías no frenará el embargo de sus cuentas bancarias.

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