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Política

Correos rasca 2.000 votos extra y amplía el plazo en Andalucía con la mayoría en un hilo

El operador ha admitido 178.540 solicitudes. El plazo para depositar el sufragio en Andalucía acaba el 13 de mayo

Correos rasca 2.000 votos extra y amplía el plazo en Andalucía con la mayoría en un hilo

Oficina de Correos.

Correos ha admitido 178.540 solicitudes de voto por correo de ciudadanos que desean ejercer su derecho a sufragio mediante este sistema en las elecciones al Parlamento de Andalucía que se celebrarán el próximo 17 de mayo, tal y como ha informado la empresa pública en un comunicado. Una cifra alcanzada tras ampliarse además el plazo para solicitar el voto por correo en un día, del 7 al 8 de mayo —y pendiente de contabilizar—.

De las 178.540 peticiones de voto a distancia admitidas, 97.829 se han gestionado en la red de oficinas postales y 80.711 de forma telemática a través de la web del operador postal. Estas cifras suponen un 1,11% más respecto a las 176.583 solicitudes presentadas en las anteriores elecciones autonómicas celebradas en Andalucía el 19 de junio de 2022. El porcentaje supone casi 2.000 votos adicionales si se compara la cifra con la de los comicios electorales de esta región en 2022.

Una información que se conoce con las encuestas prácticamente en empate técnico en el caso de la mayoría absoluta. Aunque estas sitúan al PP de Juanma Moreno muy cerca de alcanzarla, algunos sondeos la ponen en entredicho. La mayoría en el Parlamento andaluz está en 55 escaños.

Estas estimaciones sitúan a los populares en una horquilla que va de los 54 a los 56 escaños y, en el caso de un escenario ajustado, la diferencia entre ganar o perder un diputado —y, por ende, hacerse con la mayoría absoluta— puede ser una cuestión de centenares de sufragios en determinadas provincias, como puede ser el caso de Córdoba o Granada. Los 2.000 votos adicionales recogidos por Correos respecto a los anteriores comicios y conocidos tras la ampliación del plazo para votar por correo se antojan críticos, además de los sufragios a distancia. El operador postal es una pieza clave en estas elecciones.

El último día para votar por correo

La compañía presidida por Pedro Saura explica en el comunicado de prensa que «tras comprobar la inscripción de los solicitantes en el Censo, las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía siguen remitiendo los envíos con la documentación electoral (certificado de inscripción en el censo, sobres y papeletas de todas las candidaturas) a la dirección indicada por el elector en la solicitud».


El Censo tiene de plazo hasta el día 10 de mayo para hacer entrega de esos envíos a Correos, que seguirá poniéndolos a disposición de los ciudadanos a medida que los reciba. Por su parte, el solicitante tiene hasta el miércoles 13 de mayo para depositar el sobre con su voto en cualquier oficina de la empresa pública postal en toda España, en su horario de apertura habitual.

Además, Correos apunta que «el cartero o cartera de Correos realizará al menos dos intentos de entrega de esta documentación en mano al propio destinatario, dejando el aviso para que vaya a recogerla a su oficina en caso de no haber sido posible realizar esa entrega en mano. El personal de Correos comprobará la identidad del votante mediante el DNI, pasaporte o permiso de conducir y anotará el número del documento identificativo dando fe de la recepción de los sobres y papeletas con la firma de la entrega por parte del solicitante».

A fecha de hoy, Correos ya ha puesto a disposición de los electores 156.253 documentaciones electorales para que puedan ejercer su derecho al voto. La compañía amarilla informa de que «en caso de que el elector no haya recibido su documentación electoral y vaya a cambiar de dirección respecto a la que indicó en su solicitud, puede localizar el número de registro de su envío en la página web del Censo Electoral y solicitar la reexpedición de la documentación en cualquier oficina de Correos a otra dirección o a otra oficina de Correos, con plazo suficiente para que Correos se lo pueda hacer llegar al nuevo destino».

Delegación del voto

La normativa vigente subraya la obligatoriedad de que el elector realice la entrega de la documentación de forma personal. Para garantizar la integridad del proceso, es imprescindible que el votante se identifique ante el personal de Correos mediante el DNI, pasaporte, permiso de conducir o cualquier otro documento oficial equivalente. Los trabajadores de la entidad postal tienen el mandato de verificar rigurosamente la identidad de cada ciudadano antes de proceder a la recepción del sobre.

No obstante, el sistema contempla mecanismos para aquellos ciudadanos que se encuentren ante la imposibilidad física de acudir a las oficinas. En estos casos, se permite delegar el depósito del voto en una tercera persona, siempre y cuando medie una autorización formal. Este documento debe estar debidamente firmado por el elector y debe ir acompañado de las fotocopias de los documentos de identidad tanto del votante como de la persona autorizada para realizar el trámite.

Con esta medida, se busca flexibilizar el proceso sin comprometer las garantías de seguridad que exige el sistema democrático. Se recomienda a los usuarios no esperar hasta el último minuto del miércoles para evitar aglomeraciones en las oficinas. El cumplimiento de estos requisitos técnicos y temporales es fundamental para que el derecho al voto se ejerza con plenas garantías legales y logísticas antes de que expire el plazo establecido.

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