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El Tribunal de Cuentas rechaza que Puigdemont comparezca por videoconferencia

La resolución denegatoria se fundamenta en que la petición no se ha realizado con la antelación suficiente

El Tribunal de Cuentas rechaza que Puigdemont comparezca por videoconferencia

Puigdemont explica el acuerdo entre PSOE y Junts. | Europa Press

El Tribunal de Cuentas rechaza que Carles Puigdemont comparezca por videoconferencia en el juicio por el presunto desvío de fondos para financiar el procés. La consejera Elena Hernáez ha dictado este miércoles una providencia en la que deniega la petición del expresidente catalán, que se marchó a Bélgica en 2017 para regatear la justicia española. El órgano fiscalizador sostiene que la solicitud «no se ha realizado con la antelación suficiente para poder ser tramitada en los términos previstos por la ley».

Puigdemont pidió declarar por videoconferencia el pasado viernes, después de que el Tribunal de cuentas declinara suspender el juicio al que se enfrenta el expresidente catalán y una treintena de antiguos cargos del Govern, entre ellos Oriol Junqueras. Mediante este procedimiento de reintegro, el órgano fiscalizador pretende recuperar el dinero público desviado para organizar el 1-O.

La decisión de la consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento apunta que no habrá declaración del expresidente catalán, que lleva seis años sin pisar España. Las partes pueden volver a solicitar el aplazamiento del juicio por diversas causas. Las fuentes consultadas por THE OBJECTIVE ven poco factible conseguir una prórroga por la ley de amnistía ya que, aunque su redacción incluya procedimientos en curso en el Tribunal de Cuentas, aún no ha entrado en vigor.

Declaración de Puigdemont

La resolución denegatoria de Herráez se fundamenta en que la petición no se ha realizado con la antelación suficiente para poder ser tramitada en los términos previstos por la ley. El texto razona que los solicitantes han tenido casi un año para poder realizar su petición y, sin embargo, no la han formulado hasta que faltaban cuatro días para su declaración.

Herráez recalca la importancia de «la interacción visual, auditiva y verbal entre los sujetos intervinientes en la práctica de la prueba de interrogatorio de parte, asegurando en todo caso la posibilidad de contradicción de las partes y la salvaguarda del derecho de defensa»

La providencia subraya que los solicitantes no han explicado ni han justificado las causas y razones por las que Puigdemont no podría comparecer en la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, tal y como se resolvió en la propia audiencia previa (celebrada el pasado 16 de diciembre). Este escenario se confirmó en dos resoluciones posteriores (fechadas en junio y octubre), cuando fueron admitidas la prueba de interrogatorio de parte y las pruebas testificales.

De esta forma, se mantienen incólumes todos los pronunciamientos recogidos en la anterior providencia, fechada el 17 de octubre. Esto es, el procedimiento finalizará mediante el trámite de conclusiones escritas.

Solicitud de ERC

Sociedad Civil Catalana reclama el reintegro de 5,3 millones de euros, mientras que la Fiscalía rebaja la cifra a 3,1 millones que deberían pagar de forma conjunta y solidaria una treintena de exdirigentes de la Generalitat de Cataluña, entre los que se encuentran Puigdemont, Oriol Junqueras y Artur Mas. El Ministerio Público calculó que la cantidad desviada superaba los 9,5 millones, pero modificó su demanda inicial.

Los encausados, una treintena de antiguos cargos del Govern de Cataluña, no están obligados a comparecer en el procedimiento de reintegro, aunque sí sus defensas. No obstante, ERC ha solicitado este miércoles que se suspenda la vista mientras se aprueba la ley de amnistía que registró el PSOE el pasado lunes en el Congreso. Los republicanos consideran que es «altamente probable» que la entrada en vigor de la norma tenga lugar en los próximos meses y aseguran que el juicio del viernes puede «acarrear cargas procesales innecesarias».

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