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El PSOE alega un posible «magnicidio» contra Sánchez en su denuncia por la piñata de Ferraz

Los expertos consultados y los precedentes complican la posibilidad de castigar el apaleamiento a un muñeco en Ferraz

El PSOE alega un posible «magnicidio» contra Sánchez en su denuncia por la piñata de Ferraz

Piñata con el rostro de Pedro Sánchez apaleada en Ferraz durante la Nochevieja. | Diego Radamés (Europa Press)

El PSOE considera que los acontecimientos de la pasada Nochevieja en Ferraz ponen a Pedro Sánchez en la diana. Los socialistas han presentado este viernes una denuncia ante la Fiscalía que incluye seis posibles delitos durante las celebraciones de fin de año, cuando algunos de los 300 asistentes apalearon una piñata que simulaba ser el presidente del Gobierno. El texto asegura que los hechos trascienden la crítica política y suponen la escenificación de «un magnicidio o un linchamiento», lo que pone en riesgo «la seguridad e integridad personal» de Sánchez y de todos los miembros del partido. Los juristas y los precedentes complican la posibilidad de que prospere una investigación.

La denuncia, que consta de 59 páginas, alude a la posible existencia de delitos de odio, amenazas, injurias, desórdenes públicos, manifestación ilícita o injurias graves contra Sánchez, el Gobierno y el partido. Los expertos consultados por THE OBJECTIVE explican que el derecho a la libertad de expresión de los manifestantes dificulta la apertura de una investigación, como solicita el PSOE, para quien «se ha pasado de la amenaza de la palabra a la amenaza con hechos».

«La concentración del 31 de diciembre de 2023 fue objeto de convocatoria previa, campaña de difusión, campaña de obtención de recursos, organización y retransmisión en el que han participado distintos actores», subraya el PSOE en su denuncia. El texto realiza un relato de lo ocurrido. Afirma que el primer anuncio de la celebración de Nochevieja en Ferraz apareció el día 12 en las redes sociales de Revuelta, la organización juvenil de Vox.

La seguridad de Sánchez

El tuit menciona a la persona que inició la campaña de crowdfunding que sirvió para sufragar los gastos del evento (se recaudaron 20.078 euros). La policía ya le ha tomado declaración. Se ha limitado a explicar que lo hizo para hacerle un favor a Revuelta, pero que desconoce quién colocó la piñata frente a la sede del PSOE y las personas que la apalearon. El 24 de diciembre se anunció que Isaac Parejo y María Durán iban a presentar el programa especial de las campanadas en Ferraz, que fue retransmitido por diferentes medios digitales.

La denuncia del PSOE alega que el evento contaba con «una premeditada intencionalidad de linchamiento y odio» hacia el presidente del Gobierno, los ministros y el partido. Sustenta su tesis con una entrevista que publicó este diario el 30 de diciembre con los presentadores. Durante la conversación, Durán afirmó que el acto «no es una fiesta, es una protesta» y que «no nos iremos sin lanzarle un mensajito a Sánchez». El entrevistador solicita que pidan un deseo para el nuevo año, a lo que el bloguero se niega porque «me meten en la cárcel». Durán le recuerda que «no se pueden pedir magnicidios en vídeos».

«En los hechos relatados vemos cómo se anuncia antes incluso de llevarse a cabo los hechos como posible deseo un magnicidio del presidente del Gobierno por parte de los presentadores del acto», insiste el PSOE en su denuncia. En su opinión, estos hechos exceden de la crítica política para colocar al PSOE, y en particular a Sánchez, «en la diana de una exaltación de conductas con tintes violentos, de odio, de hostilidad y discriminación».

Los socialistas consideran que estos comentarios incitan a «actitudes no legítimas, como un magnicidio o un linchamiento», lo que pone en riesgo la seguridad e integridad personal de Sánchez «y la de los que representan al PSOE o se identifican con la ideología socialista». La denuncia señala que esta conducta «no puede ser amparada por la libertad de expresión, y debiera ser objeto de reproche penal». Los juristas afirman que se trata de una fórmula para «rizar el rizo» y presionar a la Fiscalía para que inicie una investigación. El Ministerio Público decidirá en los próximos días, según fuentes del órgano.

Casos archivados

La Fiscalía ha archivado en los últimos años diferentes denuncias por posibles delitos de odio e injurias. Entre ellas, una en diciembre contra un tuitero que difundió fotografías de Sánchez entre rejas a las que acompañaba de mensajes de «traidor» y «criminal». El precedente que más se asemeja a lo que denuncia ahora el PSOE tuvo lugar en 2020 en Castellón, cuando apareció colgado de un árbol un muñeco tiroteado con el rostro del líder nacional de Vox, Santiago Abascal.

El fiscal consideró que no existía delito de odio, pero sí amenazas. El juez optó por esa calificación e impuso al autor ocho meses de prisión y una multa de 500 euros. Vox solicitaba tres años de cárcel. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ya propinó un varapalo a la justicia española en 2018 por haber condenado a dos independentistas catalanes que quemaron fotos del Rey en Gerona. Los magistrados consideraron que no podía considerarse un acto de odio y acusaron a nuestro país de interferir en la libertad de expresión de los ciudadanos.

Los socios de gobierno del PSOE tampoco han observado delito de odio en los hechos acontecidos en Nochevieja ante la sede de Ferraz. «Lo que es objeto de castigo no es la expresión o los hechos en sí representativos de unas ideas, por execrables que sean, sino que estos se hagan de modo y en circunstancias que supongan una provocación al odio, la discriminación o la violencia», insisten los socialistas en su denuncia.

El delito de magnicidio no está recogido en el Código Penal. El artículo 485 sí establece penas de prisión permanente revisable para quien mate al Rey, la Reina o a la Princesa de Asturias. Quien atente contra otros familiares del monarca o sus regentes será castigado entre 20 y 25 años de cárcel. En nuestro país se ha perpetrado un magnicidio contra un presidente del Gobierno (Luis Carrero Blanco en 1973), además de los asesinatos de cargos electos y exministros por ETA.

El artículo 510 del Código Penal sanciona entre uno y cuatro años de prisión a quienes «fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a […] ideología, religión o creencias […]». El mismo castigo que recoge para quienes «promuevan o favorezcan un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación contra los mencionados grupos».

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