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Rocha, al borde de la inhabilitación por exceder sus funciones como presidente de la RFEF

El TAD comunica que le ha abierto un expediente por falta «muy grave» y el CSD puede suspenderle el miércoles

Rocha, al borde de la inhabilitación por exceder sus funciones como presidente de la RFEF

Pedro Rocha llega a los juzgados de Majadahonda para declarar. | A. Pérez Meca (Europa Press)

Pedro Rocha se encuentra al borde del precipicio. El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAD) ha comunicado al Consejo Superior de Deportes (CSD) su decisión de abrirle un expediente sancionador por una infracción «muy grave». El organismo se reunirá el próximo miércoles para decidir si inhabilita al dirigente extremeño, que sustituyó a Luis Rubiales al frente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) tras el polémico beso a Jenni Hermoso. Una asociación denunció que se había excedido de sus competencias.

La decisión de abrirle expediente se tomó el pasado viernes, el mismo día que Rocha fue imputado por el Juzgado de Instrucción número 4 de Majadahonda, donde había acudido como testigo a explicar los contratos suscritos por Rubiales durante su etapa al frente de la RFEF. No obstante, no ha sido hasta la tarde de este lunes cuando el TAD ha completado el proceso comunicando su decisión al CSD.

Fuentes del organismo han confirmado a THE OBJECTIVE la notificación y que sus servicios jurídicos están analizándola «para definir los siguientes pasos». El CSD convocará a su Comisión Directiva el próximo miércoles, que podría decidir una suspensión cautelar, lo que impediría a Rocha convertirse en presidente interino de la RFEF. Era el único aspirante que había obtenido los avales suficientes y estaba previsto que fuese proclamado este lunes.

La imputación Rocha

El texto, al que ha accedido THE OBJECTIVE, también abre expediente sancionador a los miembros de la Comisión Gestora del ente federativo, según ha avanzado Iusport. La decisión incluye a varios barones territoriales y al actual presidente de la Gestora, Rafael del Amo, un escenario que puede llegar a plantear un vacío legal de poder inédito. El TAD ve indicios de que la dirección interina de la RFEF se extralimitó en sus funciones desde que Rubiales dimitió como presidente en septiembre cercado por la FIFA.

Desde entonces habría tomado decisiones que solo le corresponderían a un presidente electo. Entre las cuestiones en las que se habrían excedido estarían el cese del secretario general de la RFEF; la renovación del seleccionador nacional masculino, Luis de la Fuente; la retirada de la demanda contra LaLiga por el acuerdo con el fondo de inversión CVC a cambio de los derechos televisivos; la adjudicación provisional de los contratos de asistencia al VAR; o la rescisión del contrato externo con GC Legal.

El origen de los expedientes sancionadores se encuentra en las denuncias registradas por Miguel Ángel Galán. En su opinión, Rocha se habría excedido en sus competencias, lo que supondría la comisión de una infracción muy grave prevista en el artículo 76.2.a) de la Ley del Deporte de 1990, aún vigente en su parte disciplinaria. De confirmarse, la sanción podría ser de un año.

Una semana antes de que Galán elevara su última denuncia al CSD, a finales de marzo, la RFEF tomó una decisión salomónica. Tras finalizar el registro de la Guardia Civil en la Ciudad del Fútbol de las Rozas, Rocha rescindió el contrato con el despacho GC Legal, dirigido por Tomás González Cueto, asesor jurídico externo en la etapa de Rubiales, y abrió un expediente sancionador al director de los Servicios Jurídicos, Pedro González Segura, y al director de Recursos Humanos, José Javier Jiménez.

La etapa Rubiales

En el escrito Galán solicitaba al presidente del CSD, José Manuel Rodríguez Uribes, que trasladara su denuncia al TAD para inhabilitar a Rocha. Incluso le dejó un recado al recordarle que tiene «el imperativo legal» de «no actuar de cortafuegos de Rocha» porque lo contrario podría suponer un delito de prevaricación administrativa por omisión.

El abogado que destapó el caso Rubiales recordaba en el texto que el TAD ya emitió el pasado 7 de marzo una resolución que afirma que el presidente de la Comisión Gestora carece de competencias para ciertas actuaciones y que podría haber incumplido diferentes normativas. El tribunal deportivo reconoció entonces que «el carácter excepcional e interino» del órgano obligaba a «una interpretación restrictiva» de las funciones de Rocha.

Galán considera que la decisión de apartar a los empleados de la RFEF partió «única y exclusivamente» a Rocha. En su opinión, esa forma de actuar no supondría una infracción muy grave si el dirigente extremeño fuese presidente del órgano rector del fútbol español, pero en esos momentos «solo era presidente de una Comisión Gestora».

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