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Tribunales

Indemnización histórica: 13,3 millones a una familia por una negligencia durante el parto

El fallo reconoce las secuelas neurológicas del bebé y fija una compensación para garantizar su atención permanente

Indemnización histórica: 13,3 millones a una familia por una negligencia durante el parto

Hospital de Sagunto.

La Plaza 103 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Madrid ha condenado a dos aseguradoras a pagar a una familia una indemnización de unos 13.300.000 euros por las lesiones neurológicas que sufre su hijo tras una deficiente asistencia sanitaria durante el parto, que tuvo lugar el 17 de noviembre de 2019 en el Hospital de Sagunto (Valencia) por parte de la ginecóloga y de una de las matronas que atendieron a la madre y que no controlaron que el bebé presentaba falta de oxígeno.

Esta cifra supone «la mayor indemnización jamás concedida en España por un caso de negligencia médica», según asegura el letrado Rafael Martín Bueno, que ha llevado este caso y está especializado en lesiones fetales por hipoxia intraparto.

De ese importe, 6,1 millones de euros corresponden a capital indemnizatorio y los 7,2 millones restantes a intereses de demora acumulados desde el nacimiento de Neizan, que presenta una tetraparesia espástica con afectación cognitiva y de la comunicación y problemas para la alimentación (se alimenta por gastrostomía), entre otros, por lo que tiene reconocido un grado de discapacidad del 87%.

El niño no es capaz de mantenerse en pie, ni de controlar el tronco o la cabeza, ni de desplazarse autónomamente o voltear por sí mismo, ni de manipular objetos con las manos, ni tiene control ocular, ni es capaz de masticar y tragar funcionalmente.

La sentencia, que estima íntegramente la demanda de la familia, considera probado que la madre, embarazada de 40 semanas, acudió el 16 de noviembre de 2019 a Urgencias de Sagunto por dinámica uterina y haber expulsado el tapón mucoso. El niño nació a las 00.05 horas del día siguiente en un «lamentable estado de salud» y tuvo que ser trasladado al Clínico por asfixia perinatal, de donde recibió el alta al mes y cinco días de vida.

«Ausencia de monitorización fetal»

El juzgado ha considerado probado que Neizan sufrió las lesiones por la «ausencia de control de las gráficas de monitorización fetal» y una «incorrecta interpretación» de las gráficas por la obstetra, que fue lo que determinó que pasara inadvertida la hipoxia intraparto. A ello, se le suma que, cuando decidió la finalización del parto mediante ventosa, erró en la altura de la presentación del bebé, lo que provocó un nuevo retraso en la extracción de diez minutos.

Y considera acreditado que la asfixia perinatal ocurrió «momentos antes o en el momento del parto» y hubo mala praxis de una de las matronas y de la ginecóloga, dado que posteriormente la actuación de los pediatras y neonatólogos fue correcta. La resolución subraya que la indemnización debe responder a las necesidades reales del menor, teniendo en cuenta la asistencia, tratamientos y apoyos que precisará durante toda su vida.

Bienestar fetal

Según ha apuntado el letrado en un comunicado, esta resolución «refuerza la importancia de garantizar una adecuada vigilancia del bienestar fetal durante el parto y de actuar con rapidez ante cualquier signo de deterioro».

Asimismo, ha destacado que la sentencia pone el foco en la necesidad de asegurar que las víctimas de este tipo de situaciones «cuenten con los recursos necesarios para afrontar las consecuencias derivadas de una discapacidad tan grave».

Martín Bueno ya logró, anteriormente, una indemnización de once millones de euros para la familia de Chloe, una niña nacida también en Valencia, en septiembre de 2016, y que sufre una discapacidad del 100% tras una negligencia médica. La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid estableció una indemnización de casi 11 millones de euros (4,7 millones como compensación directa y más de 6 millones en intereses de demora).

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