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Tribunales

El TSJC avala que la bandera de España ocupe un lugar preferente en los actos del Govern

La Justicia ha desestimado parcialmente un recurso para que se colocara de forma permanente en el Palau

El TSJC avala que la bandera de España ocupe un lugar preferente en los actos del Govern

Fachada del Palau de la Generalitat. | Lorena Sopêna (EP)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha desestimado parcialmente un recurso de Impulso Ciudadano que reclamaba que se colocara la bandera de España de forma permanente en el Palau de la Generalitat, si bien le ha dado la razón al recordar al Govern que debe colocar la bandera española en lugar preferente junto a la senyera catalana en actos oficiales celebrados en el interior.

Según la sentencia consultada por Europa Press, Impulso Ciudadano presentó el recurso en abril de 2024 después de que el entonces presidente Pere Aragonès se reuniera con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en diciembre de 2023 y compareciera en la Galeria Gòtica solo con la bandera española.

En este sentido y conforme a la ley 39/1981 del 28 de octubre que regula el uso de las banderas de España, el TSJC define que se debe colocar en «lugares preferentes» donde se lleva a cabo un acto oficial, si bien considera que una rueda de prensa no tiene esta condición.

Añade que dependerá de cada edificio público hacer una valoración de si una bandera está o no en un lugar preferente.

Impulso Ciudadano presentó un conjunto de fotografías para acreditar que tan solo estaba presente la bandera catalana, pero el TSJC considera que son «aisladas», sin que se pueda presuponer que la bandera de España no ocupa un lugar preferente en el interior del edificio.

Por otro lado, la sentencia recoge que previamente a la comparecencia sí que estaban instaladas las dos banderas.

Impulso Ciudadano ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo para que clarifique el alcance de la obligación de exhibir ambas banderas, así como el concepto de «lugar preferente» en el interior de edificios públicos y la obligatoriedad de presencia de la bandera de España en actos oficiales organizados por las comunidades autónomas.

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