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La Justicia aparta a Brufau, Fainé, Repsol y CaixaBank del caso Villarejo

La Justicia aparta a Brufau, Fainé, Repsol y CaixaBank del caso Villarejo

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha archivado provisionalmente la investigación al presidente de Repsol, Antonio Brufau, al que fuera su homólogo en CaixaBank, Isidro Fainé, y a las dos cotizadas como personas jurídicas, por la contratación del excomisario José Villarejo.

Lo más importante: en un auto conocido este jueves, el magistrado descarta que Brufau y Fainé participaran en el encargo a Cenyt, empresa vinculada al policía, para investigar el intento de toma de control sobre la petrolera por Sacyr y Pemex, y los exonera ante la falta de indicios y a fin de evitar posibles daños reputacionales a ambas compañías. Tanto ellos como las cotizadas fueron imputados en la pieza separada del caso Villarejo sobre el denominado «proyecto Wine», desarrollado entre 2011 y 2012, el cual gira en torno a los trabajos encargados a Cenyt para investigar al expresidente de Sacyr, Luis del Rivero, por su relación con Petróleos Mexicanos (Pemex) de cara a hacerse con el control de Repsol.

Tras escuchar las versiones de los implicados, el titular del juzgado central de Instrucción número 6 entiende que hubo delito previo, pero que las pesquisas practicadas hasta la fecha confirman la ausencia de pruebas que impliquen a Fainé y Brufau como posibles «autores, cómplices o encubridores» en estos hechos.

El juez da así por válidos los alegatos de las defensas y asegura que, de toda la documentación aportada por ambas compañías, «no se desprende que éstos tengan una obligación de supervisión y vigilancia». De hecho, es más bien «al contrario», ya que se trata de aspectos delegados «en los órganos competentes para ello».

El magistrado recuerda que la contratación de Cenyt «no recaía en el ámbito de control» de los presidentes de las compañías, «sino en el de sus directores de seguridad», Miguel Ángel Fernández Rancaño (CaixaBank) y Rafael Araujo (Repsol), que continúan investigados. Por tanto, «sin indicios» de que Fainé y Brufau «interviniesen de manera directa en los hechos, no es posible transferir a los presidentes una obligación de supervisión y vigilancia corporativa que está delegada en los órganos competentes para ello».

En este sentido, el juez cree que «no se debe perder de vista la situación a la que se somete a una empresa cuando no solo se le imputa responsabilidad a la persona jurídica, sino también a la figura de su presidente, máximo representante de la compañía interna y externamente». El sobreseimiento, apunta, «redunda en que los procesos penales no deben sufrir dilaciones indebidas» y «deben evitar los daños reputacionales de naturaleza empresarial que implicaría» mantener una línea de investigación insustancial. De ahí que no sea una decisión «prematura, ya que no quedan diligencias necesarias o útiles que practicar» sobre la participación de Brufau y Fainé.

Por lo que respecta al sobreseimiento de la investigación contra Repsol y CaixaBank como personas jurídicas, el juez entiende que «no puede exigirse responsabilidad a la persona jurídica por la mera comisión por alguno de sus directivos o empleados de alguno de los delitos previstos en el Código Penal». No existen en el presente caso, añade el magistrado, «razones que justifiquen seguir adelante en la causa con alguna persona, ya sea esta física o jurídica».

García Castellón avala los argumentos de las defensas, que en el caso de CaixaBank alegó que no concurrían los elementos del tipo de descubrimiento y revelación de secretos ni del tipo de cohecho, en cualquiera de sus modalidades, y defendió que en todo momento «comprobó, con la debida diligencia, a quién iba a contratar, en cumplimiento de todos los controles sobre conocimiento y legalidad del proveedor de servicios Cenyt».

En cuanto a Repsol, tenía implantado «todo un sistema de cumplimiento normativo o ‘compliance’, no solo limitado a la prevención de delitos, sino dirigido a fomentar una verdadera cultura empresarial del cumplimiento normativo en general, y todo ello con carácter previo a los hechos». En una comunicación al mercado, Repsol ha celebrado la decisión, y «desde la fundada convicción de que no ha existido conducta ilícita alguna o contraria» al código de ética, ha reiterado «su apoyo y confianza hacia quienes mantienen la condición de investigados».

Y es que el auto del juez no se pronuncia acerca del exsecretario general y secretario del consejo de Repsol, Luis Suárez de Lezo, ni del ex director corporativo de servicios patrimoniales, Juan de Amunátegui. Tampoco hace alusión al director corporativo de gestión patrimonial de la petrolera Joaquín Uris, ni al ex director general de medios de CaixaBank Antonio Massanell, imputados con Brufau y Fainé y que, en cambio, siguen como investigados.

En líneas similares se expresan fuentes de CaixaBank consultadas por Efe. La entidad valora «de forma muy positiva la resolución» y adelanta que continuará «con la voluntad de colaborar con la autoridad judicial, como ha hecho siempre». El archivo, no obstante, no es firme, y las partes, incluida la Fiscalía Anticorrupción, podrían recurrirlo.

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