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Puente mantiene al hermano de Koldo a pesar de que solo tendría que pagarle dos meses

Expertos laboristas rechazan la excusa que mantiene el ministro para mantener a uno de los querellados

Puente mantiene al hermano de Koldo a pesar de que solo tendría que pagarle dos meses

El hermano de Koldo García, Joseba García | Europa Press

Una de las preguntas que giran en torno al caso de Koldo es por qué aún sigue el hermano de este, Joseba García, trabajando para el Ministerio de Transportes, a través de la empresa pública (Emfesa), después ser uno de los seis querellados por la Fiscalía Anticorrupción, y aparecer constantemente en el sumario del juez como partícipe de la trama. Desde el Ministerio se excusan argumentando que sería ilegal un hipotético despido, sin embargo, este –según especialistas en derecho laboral– es totalmente posible y su indemnización apenas costaría el pago de dos mensualidades.

Al nuevo ministro de Transportes, Óscar Puente, le preocupa la imagen de su ministerio, pero al mismo tiempo admite que no puede «despedir legalmente» a Joseba García. «El hermano de Koldo trabaja para una empresa del Ministerio donde es personal de una brigada de limpieza. El día que es detenido (y más tarde puesto en libertad) estaba prestando servicio en Vitoria (País Vasco) llevando unas desbrozadoras para hacer una labor de limpieza. He pedido un informe para ver qué podemos hacer porque evidentemente para la imagen del Ministerio no es bueno que una persona involucrada esté. No le podemos despedir porque no ha cometido ningún hecho relacionado con el trabajo que tiene encomendado. No podemos hacer nada en este momento», aseguró en una entrevista el pasado sábado.

Fuentes jurídicas descartan que el despido sea ilegal y aseguran que se puede hacer un despido improcedente pagándole, como así aparece establecido en el Estatuto de los Trabajadores, «el salario bruto de 33 días por cada año trabajado, con un límite de 24 meses». En el caso específico del hermano de Koldo –que comenzó su actividad el 1 de marzo de 2022 hasta hoy–, el coste tan solo le supondría el pago de una indemnización de 66 días, es decir, aproximadamente dos mensualidades.

¿Nulo o improcedente?

Si un despido es considerado nulo por un juez, el trabajador tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo y percibir el salario al que se le ha privado durante ese tiempo, mientras que si el despido es improcedente, la expulsión debe ser a cambio de una indemnización. El Ministerio de Transportes cree que un hipotético despido al hermano de Koldo sería «nulo». Sin embargo, fuentes expertas en derecho laboral sostienen a este medio que esa posibilidad es «muy remota», ya que la nulidad está tasada para casos muy concretos. Al tratarse de un trabajador salpicado por un caso de corrupción, que mancha la imagen del Ministerio, permite al organismo llevar a cabo un despido improcedente por medio de una indemnización.

Existe una mínima posibilidad de que un juez «muy garantista» observe nulidad en el despedido de Joseba García si este recurre asegurando que se le está echando por ser hermano de Koldo. Un argumento, este último, que suelen utilizar algunos trabajadores que han sido despedidos para conseguir la nulidad, y poder reincorporarse a su puesto de trabajo. No obstante, en este caso específico, Joseba García es partícipe de esta presunta trama, y su nombre –junto con su DNI– aparecen reflejados tanto en el auto de la Fiscalía Anticorrupción como en el sumario del juez.

Desde el Ministerio remarcan que «existe jurisprudencia» sobre trabajadores despedidos que han tenido que ser readmitidos por ser nulos. Aun así, los juristas contactados por este caso afirman que la jurisprudencia en España es un tema bizarro. Por otro lado, es necesario subrayar que en España la jurisprudencia no es fuente del derecho, ya que sigue un derecho continental, y no anglosajón.

En la querella, aparece el nombre de Joseba García Izaguirre en hasta 17 ocasiones. En el documento se asegura que «el hermano de Koldo era otra de las personas utilizadas para ocultar su titularidad real sobre algunos inmuebles» de la presunta trama. También se relata que «Joseba García había sido receptor en sus cuentas de fondos en efectivo, que en el año 2020 alcanzaron los 130.652,38 euros, en el año 2021 84.907,61 euros y en el año 2022, 52.215 euros». Además, en la querella se afirma que «Joseba y su exmujer habrían ingresado un total de 1,5 millones de euros entre los años 2017 y 2022, siendo el concepto por el que más fondos han ingresado las transferencias, seguido de ingresos por nóminas y pensiones, constitución de préstamos y créditos e ingresos en efectivo, entre otros».

Si uno acude al código ético de Emfesa, observará un párrafo que afirma que «la empresa no tolera ningún acto de corrupción, en ninguna de sus modalidades. Así, la sociedad prohíbe a sus trabajadores realizar cualquier acto que pueda generar la apariencia de comisión de un delito de corrupción». Por otro lado, entre los principios rectores de la empresa, se exige a los empleados «cumplir con las leyes vigentes» y «no participar en actos que puedan comprometer el respeto de la legalidad».

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