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Condenado a un año de cárcel un tuitero por alabar los atentados de ETA

La Audiencia Nacional ha condenado a un año de cárcel a un tuitero por un delito de enaltecimiento al terrorismo y humillación a las víctimas por publicar varios mensajes en los que ensalzaba las acciones terroristas de ETA y humillaba a sus víctimas.

Condenado a un año de cárcel un tuitero por alabar los atentados de ETA

La Audiencia Nacional ha condenado a un año de cárcel a un tuitero por un delito de enaltecimiento al terrorismo y humillación a las víctimas por publicar varios mensajes en los que ensalzaba las acciones terroristas de ETA y humillaba a sus víctimas.

El tribunal ha considerado probado que Josué Cabrera publicó en su perfil de Twitter entre los años 2012 y 2013 varios mensajes públicos en los que se refería a organizaciones que actuaban en España como ETA y los Grapo “de forma justificativa respecto de los métodos violentos y ensalzando a tales organizaciones y sus miembros”.

Además, la sentencia, que ha contado con el voto particular discrepante de la magistrada Manuela Fernández Prado, explica que el condenado menosprecia y ofende en estos mensajes a las víctimas de dichas organizaciones.

«ETA lo dejó en el peor momento ahora no iría ni Dios a una mani por un político ajusticiado», decía uno de sus mensajes. «Os acordáis cuando ETA agujereaba jefes de maderos y volaba patrols con picolos dentro. Lo recuerdo y me saltan las lágrimas. Que buenos tiempos», decía otro de ellos.

La Audiencia Nacional, tras analizar los comentarios del acusado, que se negó a declarar en la vista, señala que estas expresiones “suponen una alabanza de acciones terroristas con resultado de muerte de miembros de los Cuerpos de Seguridad del Estado, añorando tal actividad”.

Con otro de sus mensajes, que decía que “las víctimas de ETA tienen la cabeza desatinada de tanto ruido de explosión, lo que deberían ilegalizar es el catetismo”, el tribunal considera que el acusado realiza “un menosprecio humillante para las víctimas”.

La magistrada Manuela Fernández Prado, sin embargo, considera que la sentencia debería ser absolutoria pues, a su juicio, “en ninguno de los tuits publicados por el acusado existe la solución de riesgo que el discurso de odio ha de implicar como para justificar la limitación de la libertad de expresión”, así como que ninguno de ellos implica “un ataque al honor y dignidad de las víctimas del terrorismo”.

En diciembre de 2017, la Audiencia Nacional condenó a otros dos internautas a un año y medio y un año de prisión por un delito de enaltecimiento del terrorismo por difundir imágenes en las redes sociales con mensajes vejatorios contra la que era la presidenta de la Asociación 11-M Afectados del Terrorismo, Pilar Manjón.

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