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Economía

Estas son las pensiones que no subirán en 2023

Estos cambios son fruto de la reforma de las pensiones aprobada en 2011 y que empezó a aplicarse dos años después, en 2013

Estas son las pensiones que no subirán en 2023

Una pareja de personas mayores en un banco | Pixabay

El indicador que mide el encarecimiento de la vida es la conocida como variación anual del Índice de Precios al Consumo (IPC). El pasado mes de noviembre, este llegó al 8,5%, por lo que las pensiones tienen que subir el mismo porcentaje este 2023 para asegurar el poder adquisitivo de los pensionistas.

Aunque esto es algo que afectará a la mayoría, hay un grupo de personas a los que no aplicará este cambio. El propio Ejecutivo explicó que aquellos jubilados que cobren 42.822 euros anuales, es decir, la cuantía máxima, no tendrán una revalorización en su pensión.

Esto aparece también detallado en la página web de la Seguridad Social: «El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 3.058,81 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder».

«Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que el pensionista tenga derecho o no a percibir 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso, las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía no supere o pueda alcanzar, respectivamente, 42.823,34 euros, en cómputo anual», desarrolla en la misma página.

Pero no es lo único que no se revalorizará; tampoco lo hará el recargo de prestaciones económicas por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo. De igual forma, están en este grupo la indemnización suplementaria para la previsión y renovación de aparatos de ortopedia y prótesis.

Las pensiones que sí subirán

Aunque hay excepciones, como las anteriores, que continuarán igual, sí que hay otras pensiones que experimentarán la revalorización. Estas son:

  • Pensiones contributivas

El aumento de esta paga está ligado a la inflación media registrada el año anterior; por ello, deberán subir un 8,5%. Las pensiones contributivas, hay que recordar, son toda aquella prestación que una persona recibe después de haber tenido una relación jurídica con la Seguridad Social. Las cantidades son:

– Pensión media de jubilación: de 1.256,9 € actuales a 1.363,8 €.

– Pensión media de viudedad: de 780,17 € actuales a 846,5 €.

– Pensión máxima: De 2.820 € actuales a 3.059,7 €.

– Pensión mínima (para jubilados sin cónyuges a cargo): De 721,70 € actuales a 783,04 €.

Billetes de euro
Billetes de euro. Foto: Pixabay
  • Pensiones no contributivas

Este tipo de pensiones son las que perciben quienes no han cotizado lo suficiente para recibir el otro tipo y que, por tanto, no dependen de una vinculación jurídica previa con la Seguridad Social. En este caso el Gobierno tampoco aumentará la prestación como tal, sino que mantendrá prorrogado el crecimiento que acababa el año pasado. Este era del 15% y sigue vigente desde el 1 de enero.

En conclusión, esta reforma de las pensiones supondrá que 11,8 millones de pensionistas y perceptores de prestaciones de estas prestaciones mantengan o aumenten su poder adquisitivo. En cuanto al coste total de la revalorización, está estimada en unos 15.000 millones de euros. A esta cantidad, además, habría que sumar el efecto reposición de las pensiones que se dan de alta, que son hasta un 20% superiores a las que se dan de baja.

Otros cambios en las pensiones

A partir del 1 de enero de este año es necesario haber cotizado durante más tiempo para tener derecho al 100% de la base reguladora. Para poder tener el porcentaje completo, el año pasado era necesario acreditar 36 de cotización; ahora, para la misma cantidad, hay que cotizar 36 años y medio. Es decir, el tiempo de cotización aumenta seis meses.

Otros requisitos que serán necesarios para poder acceder a la jubilación y, además, tener derecho al 100% de la pensión, son:

  • Haber cotizado durante al menos dos años durante los últimos 15 anteriores a la solicitud de la pensión. Esto es lo que recibe el nombre de periodo específico de cotización.
  • Acceder a la pensión de la jubilación desde una situación de alta a la Seguridad Social o situación asimilada.
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