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El juez del caso Popular pide más tiempo para encontrar pruebas

Calama solicita a la Fiscalía que se pronuncie sobre la prórroga de una instrucción que se encamina a su quinto año aún con varias líneas de investigación abiertas

El juez del caso Popular pide más tiempo para encontrar pruebas

Imagen de archivo del Banco Popular. | Sergio Pérez (Europa Press)

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha remitido una providencia a todas las partes personadas en el caso Banco Popular para que se pronuncien sobre si creen que debe prorrogar seis meses más la instrucción de la causa. «Óigase al Ministerio Fiscal y demás partes (…) a efectos de acordar sobre la prórroga del plazo de la instrucción», reza la providencia fechada el pasado 30 de junio, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, y sobre la que tienen tres días para pronunciarse los acusados, las acusaciones y la propia Fiscalía.

Esta última previsiblemente apostará por extender la investigación. Según fuentes jurídicas consultadas por este diario, considera que quedan diligencias por desarrollar. En el caso de que el juez aceptara la petición del Ministerio Público, la instrucción se alargaría más allá del próximo octubre, que es cuando se cumplen cinco años desde que el juez Fernando Andreu, primer magistrado que dirigió la investigación, admitió a trámite las primeras querellas que llegaron a la Audiencia Nacional.

Desde entonces, los investigadores no han logrado encontrar pruebas suficientes para procesar a los acusados y dar paso al juicio oral a pesar de haber abierto numerosas líneas de actuación. De ahí que ahora no tengan más remedio que plantearse la mencionada prórroga. La última diligencia tuvo lugar el pasado 13 de junio, cuando los peritos del Banco de España presentaron su informe ampliatorio al que habían realizado en 2019, en el que concluyeron que el Banco Popular era una entidad solvente en el momento de la resolución de junio de 2017 y que tenía un problema de liquidez. 

Los cambios contables del Popular

En el citado informe ampliatorio, los peritos indicaron que la entidad cumplió con las normas contables al adecuarse a los criterios de la normativa internacional y que únicamente cambió el método tras la Circular de 2016 del Banco de España que sugería adherirse a los parámetros recomendados por el órgano regulador nacional. Los peritos cifraron en 1.715 millones de euros las pérdidas que hubiera tenido el banco en 2015 en caso de que hubiera aplicado estos últimos criterios antes de 2016. Pero también calificaron de «suposición teórica» la petición realizada por el propio juez de calcular cuál hubiera sido el resultado en caso de haber aplicado antes la normativa recomendada por el Banco de España

«Esto es una suposición teórica, puesto que no es posible conocer qué hubiese sucedido en caso de dotar esas pérdidas en ese momento, ya que no es descartable que el Banco Popular hubiese precisado ayudas públicas para mantener sus ratios de solvencia, lo que conllevaría el correspondiente plan de reestructuración, o, incluso, que se produjera una crisis de confianza en la entidad con resultados similares a la producida en el segundo trimestre de 2017», decían los peritos, que desacreditaban así sus propias conclusiones, manifestadas a raíz de la petición del juez.

«El traslado a diciembre de 2015 del déficit identificado por esta inspección, en junio de 2015, no altera el resto de opiniones manifestadas en nuestro informe anterior», añadían en el informe, que Calama parece no ver suficiente como prueba para concluir la instrucción.

Las conclusiones de la UDEF

Antes de este trabajo de los peritos del Banco de España, la UDEF presentó en una pieza separada otro informe, realizado en este caso tras las más de 1.400 entrevistas realizadas por los policías de este departamento a otros tantos clientes de la entidad que suscribieron acciones durante la ampliación de capital de 2016.

Los agentes concluyeron tras su trabajo que el banco implementó «una política comercial uniforme muy agresiva», pero nada sobre que ésta fuera ordenada por la cúpula de la entidad. De hecho, señalaron que solo uno de cada cuatro entrevistados confesó haber sido coaccionado por el director de su sucursal para suscribir participaciones.

La UDEF atribuyó los «procederes» y «prácticas reprochables» a «la dirección de algunas oficinas», lo que parece también dejar sin pruebas consistentes a Calama sobre esta línea de investigación, que previsiblemente seguirá la opinión de la Fiscalía en cuanto a la prórroga de una causa en la que tampoco está claro cuál es el núcleo de las pesquisas.

El juez rechaza investigar la liquidación del banco

A la luz de los últimos escritos del propio instructor, no parece ser la resolución del banco el objeto de las diligencias. Así lo argumentó Calama de hecho el pasado 11 de mayo en respuesta a la última petición de diligencias presentada por uno de los imputados, el que fuera presidente de la entidad hasta febrero de 2017, Ángel Ron, quien había reclamado al juez indagar las quejas presentadas ante notario por varios consejeros del banco, que acusaban al despacho Uría Menéndez de haberles engañado en la convocatoria de la reunión del 7 de junio de 2017 que deliberó sobre la viabilidad de la entidad y que llevaría a la posterior resolución del Popular. 

Calama esgrimió, en línea con lo que había razonado la Fiscalía, que no era procedente esa indagación porque no era parte de la investigación. «Si lo que cuestiona y pretende con las diligencias propuestas es investigar el acto de resolución y venta del banco, este hecho está excluido del objeto de investigación de estas diligencias», afirmó el Ministerio Múblico, cuyo criterio abrazó el juez y posteriormente, tras recurso de la defensa de Ron, ratificó la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional el pasado 15 de junio.

Calama desestimó el archivo solicitado por Saracho

Sin embargo, en respuesta a la petición de archivo reclamada en marzo de 2021 por Emilio Saracho, el sucesor de Ron en la presidencia del Popular, el propio Calama asegura con claridad que el juzgado indaga una posible administración desleal. «La instrucción de la ‘etapa Saracho’, que dirige este Juzgado, no se limita a determinar si ha existido o no un posible delito de manipulación del mercado, sino también a escrutar la gestión interna de la entidad durante su permanencia en la misma, por si pudiera haber incurrido en un delito de administración desleal u otra especie delictiva», dijo el juez en su auto de 8 de abril de 2021.

Aunque de ese escrito puede desprenderse que el juez sospecha una posible actuación deliberada por parte de Saracho que abocara a la resolución de la entidad, precisamente el mismo magistrado negó el pasado junio la petición de Ron de que se investigaran las irregularidades denunciadas ante notario por varios consejeros que participaron en la reunión en la que se liquidó la entidad.

Las próximas diligencias tras una posible prórroga se tornan, por lo tanto, impredecibles. No está claro hacia qué dirección pretenden dirigirse los investigadores. Si hacia esa administración desleal de Saracho, hacia una supuesta manipulación contable de Ron o hacia la existencia de una virtual organización destinada a obligar a los clientes a financiar el banco.

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