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Un grupo formado por De Prada y Pallín sugiere dejar la sedición en una «pequeña» rebelión

La propuesta ha generado «interés» en el Gobierno, coincidiendo con la ruptura de las negociaciones entre PSOE y PP sobre el CGPJ

Un grupo formado por De Prada y Pallín sugiere dejar la sedición en una «pequeña» rebelión

El magistrado Jose Ricardo de Prada Solaesa. | Europa Press

El Grupo de Estudios de Política Criminal, una asociación formada por jueces y magistrados como José Ricardo de Prada o José Antonio Martín Pallín, además de fiscales, catedráticos y profesores, ha elaborado una propuesta para que se elimine del Código Penal el delito de sedición, que tachan de «obsoleto» y plantean encajar, aunque sin necesidad de que haya violencia, en el de rebelión y con penas desde los cuatro a los 10 años de cárcel, menores a las actuales.

Los catedráticos de Derecho Penal José Luis Díez Ripollés (Universidad de Málaga) y Nicolás García Rivas (Universidad de Castilla-La Mancha) han presentado este viernes una propuesta que, según han asegurado, ha generado «interés» en el Gobierno y, en concreto, en el Ministerio de la Presidencia, coincidiendo con la ruptura de las negociaciones entre PSOE y PP para la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por discrepancias, precisamente, en torno a la reforma del delito de sedición, el que aplicó el Tribunal Supremo en 2019 a líderes del procés.

Este planteamiento implica que ya no se llame sedición en el Código Penal y pase a ser, al diluirse en la rebelión, un delito contra el orden constitucional, a diferencia de la tipificación actual, que la engloba entre aquellos contra el orden público.

Para esta asociación, la sedición tal y como se conoce ahora se ha quedado «completamente obsoleta» debido a su regulación, que data de 1995 y finales del siglo XIX. A su juicio, una conducta sediciosa hoy en día ya «se puede castigar como desórdenes públicos o atentado», con una pena máxima de 5 años «en caso de agravación».

En su propuesta, el sustituto de la sedición es un «ataque grave contra el orden constitucional democrático» y queda absorbido por la rebelión como su tipo más leve, con penas de 8 a 10 años si lo comete una autoridad, de 6 a 10 si hay violencia o intimidación, y de 4 a 6 si se actúa por vías de hecho, además de inhabilitación especial para empleo o cargo público durante el mismo tiempo.

Las penas que sugieren para esta «pequeña» rebelión son inferiores a las del Código Penal vigente, que castiga al culpable de sedición con entre 8 y 10 años, pero de 10 a 15 si es autoridad.

El catedrático Nicolás García ha asegurado que este planteamiento supone reformular la sedición de una manera «moderna» y «más centrada en evitar la subversión del orden constitucional». Está «cerca» de la rebelión pero por debajo de los otros dos tipos: insurrección armada y ataques violentos o con grave intimidación.

García ha explicado que incurrirían en este nuevo tipo de rebelión quienes se pongan «frente a la autoridad democrática para impedir el cumplimiento de las leyes, si en el fondo lo que quieren es atentar es contra el funcionamiento del orden constitucional».

«Un movimiento colectivo que puede ser con violencia o, al menos, fuera de las vías legales, que se pone frente a la autoridad, pero no es delito si no atenta contra el orden constitucional«, ha precisado el catedrático, para diferenciar este nuevo delito de, por ejemplo, quien se interpone a la Policía para parar un desahucio.

Dentro de este nuevo tipo ha asegurado García que podrían encajar los hechos del procés si se interpretan como lo hizo el Supremo, que vio una «ensoñación» y no una «finalidad separatista real».

En el caso de la rebelión por insurrección armada, la asociación plantea penas de prisión de 20 a 30 años para sus promotores, en vez de los 25 a 30 de la actualidad, y por actos violentos, de 10 a 20.

Equiparación del delito con Europa

Preguntados por si España debería equiparar la sedición al conjunto de Europa, José Luis Díez ha señalado que el problema es que «todo» el Código Penal español «tiene penas muy rigurosas y más altas en todos los delitos que en la gran mayoría de países europeos«, ya sean robos, hurtos, lesiones o falsedades.

El catedrático ha criticado que con el debate público de reformar solo la sedición se transmite la idea de que solo se piensa en rebajar el castigo para los delitos que afectan a políticos, pero no para los «ciudadanos corrientes, que no ven rebajadas sus penas». «Los ciudadanos no cometen rebelión o sedición, pero sí robos, agresiones o falsedades y esos delitos no se bajan», ha agregado.

Así, ha querido ilustrar que desde esta asociación hacen propuestas adaptándose a las penas existentes y, aunque están en contra de la prisión permanente revisable, al ser castigo mayor que hay, la plantean para quien causare la muerte del Rey o su heredera.

Sobre la propuesta del PP de elevar las penas para la sedición, para Díez es «equivocada», y ha reiterado que el problema no es un castigo mayor sino acomodarlo a las «distintas realidades».

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