El fenómeno ‘papagorda’ de la Feria de Sevilla resiste pese a multas de 10.000 euros
El contenido disminuye en redes abiertas mientras se desplaza a cuentas anónimas y canales privados

Ambiente en el Real de la Feria de Sevilla | María José López / Europa Press
La Feria de Abril de Sevilla ha vuelto a trasladarse, un año más, al terreno digital. Junto a las imágenes habituales de casetas, trajes y ambiente festivo que copan las redes, reaparece también el ya conocido hashtag «papagorda», utilizado para agrupar vídeos de personas en estado de embriaguez en el Real de la Feria. Esta edición presenta una diferencia significativa. El volumen de contenidos se ha reducido de forma notable, aunque no ha desaparecido por completo.
En los primeros días de Feria se han seguido detectando publicaciones bajo esta etiqueta en redes sociales, si bien con una menor intensidad respecto a años anteriores. El fenómeno persiste, pero lo hace de otra manera.
Uno de los cambios más visibles es el tipo de perfiles que difunden estos vídeos. Frente a etapas anteriores, en las que usuarios particulares compartían este contenido desde cuentas personales, ahora predominan algunos genéricos, sin apenas identificación. Se trata de cuentas creadas específicamente para recopilar o redistribuir este tipo de vídeos, muchas veces con nombres impersonales y escasa actividad fuera de este contexto.
Este desplazamiento hacia cuentas menos identificables responde, en parte, a un intento de reducir la exposición directa ante posibles consecuencias legales. La trazabilidad se complica, aunque no desaparece, ya que las plataformas conservan datos que pueden ser requeridos en determinados procedimientos.
Según ha podido saber THE OBJECTIVE, parte de estos contenidos también está encontrando salida en canales menos expuestos públicamente. Aplicaciones de mensajería como WhatsApp o Telegram se han convertido en otra vía de difusión, donde los vídeos circulan en grupos privados o cadenas de reenvío. La visibilidad y viralidad se reducen drásticamente, pero es, lógicamente, un entorno más difícil de rastrear.
Descenso evidente por miedo a sanciones
El contraste con años anteriores es claro. Informes del Consejo Audiovisual de Andalucía ya reflejaban que este tipo de contenidos había alcanzado cifras muy elevadas de difusión, con miles de publicaciones y millones de visualizaciones en ediciones recientes de la Feria. Un informe del propio organismo, dependiente de la Junta de Andalucía, recoge que en 2024, los contenidos vinculados a este hashtag superaron los 74 millones de visualizaciones en TikTok en España.
El Consejo Audiovisual de Andalucía advierte de forma reiterada sobre los riesgos legales asociados a esta práctica, recordando que la difusión de imágenes de personas en estado de embriaguez, especialmente sin consentimiento, puede acarrear sanciones económicas relevantes.
La sanción no es baladí. Existe incluso el precedente de una multa de 10.000 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos por un caso similar. En 2026, ese mensaje parece haber calado, al menos parcialmente.
Abogados consultados coinciden en que las advertencias, especialmente las del Consejo Audiovisual, han tenido un efecto disuasorio directo. La referencia concreta a sanciones de miles de euros ha introducido un elemento de cautela que antes no existía con tanta claridad. Muchos usuarios han optado por no publicar o por hacerlo de forma más contenida.
El encaje legal
El debate no es nuevo, ni tampoco exclusivo de la Feria. Pero sí es más visible y cada vez más feriantes son conscientes de los posibles riesgos. La difusión de imágenes de terceros sin consentimiento puede afectar a varios derechos fundamentales, entre ellos el derecho al honor, a la intimidad personal y a la propia imagen. Estos derechos, explican los expertos, no desaparecen por el hecho de encontrarse en un espacio público.
Desde el ámbito jurídico se insiste en que no solo la grabación, sino especialmente la difusión posterior, puede ser objeto de sanción si se considera que existe un perjuicio para la persona afectada. Además, el contexto en el que se produce la grabación —en este caso, situaciones de embriaguez— puede agravar la valoración del daño. También entra en juego la normativa de protección de datos, especialmente cuando las imágenes permiten identificar a una persona sin su autorización.
¿Punto de inflexión?
Según explica el Informe del Consejo Audiovisual de Andalucía, el origen del hashtag se remonta a 2019, cuando comenzó a utilizarse para etiquetar este tipo de contenidos durante la Feria. Desde entonces, su uso se ha repetido cada año, incorporando la referencia temporal correspondiente y generando un fenómeno reconocible dentro y fuera de Sevilla.
Pese a todo, la práctica no ha desaparecido. Siguen existiendo publicaciones y cuentas activas, lo que evidencia que el atractivo de este tipo de contenidos continúa presente en redes sociales. La viralidad, aunque más contenida, sigue siendo un incentivo.
Los expertos advierten de que el uso de perfiles anónimos o la edición de vídeos para dificultar la identificación no elimina necesariamente el riesgo. Si una persona puede ser reconocida o considera que su imagen ha sido utilizada de forma lesiva, puede iniciar acciones legales.
