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La ONU falla a favor de los presos del 'procés' en una decisión no vinculante para España

Varios líderes independentistas habían recurrido ante el organismo su suspensión del Parlamento de Cataluña a causa de la consulta ilegal de 2017

La ONU falla a favor de los presos del ‘procés’ en una decisión no vinculante para España

Los políticos presos del Procés. | Kike Rincón (Europa Press)

El Comité de Derechos Humanos de la ONU dictaminó hoy que España «violó los derechos políticos de exmiembros del Gobierno y el Parlamento de Cataluña» al suspender de sus funciones públicas a encausados en el ‘procés’ antes de que fueran condenados en 2019, tras el referéndum independentista de 2017.

El fallo da la razón a una denuncia presentada en 2018 por el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsellers Raül Romeva, Josep Rull y Jordi Turull, quienes alegaron que la suspensión de sus funciones previa a la existencia de una condena violaba el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

El comité subraya que los denunciantes fueron suspendidos tras ser acusados del delito de rebelión (que exige un alzamiento violento) pese a que habían instado a la ciudadanía a mantenerse estrictamente pacífica y a que finalmente fueron condenados en 2019 por sedición, que no implica el uso de violencia.

Apartados por el ‘Procés’

La suspensión de los cuatro denunciantes se había decidido en julio de 2018 con arreglo a la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite la suspensión de funcionarios públicos sólo cuando se les acusa de rebelión, no de sedición.

«Las salvaguardias contra las restricciones de los derechos políticos deben aplicarse con mayor rigor si estas restricciones se producen previamente, y no posteriormente, a una condena por un delito», comentó al presentarse el dictamen uno de los 18 miembros del comité de Naciones Unidas, la francesa Hélène Trigoudja.

La integrante del comité que preside la griega Photini Pazartzis agregó que «la decisión de suspender a oficiales electos debe basarse en leyes claras y previsibles que establezcan motivos razonables y objetivos para la restricción de los derechos políticos, y debe aplicarse sobre la base de un análisis individualizado».

Una decisión no vinculante

Los dictámenes del comité, un mecanismo que se autodefine como «cuasi-judicial», no son en principio vinculantes pero sí se considera que deben ser tenidos en cuenta por los firmantes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (entre ellos España), a cuyo artículo 25 se han acogido los denunciantes.

«El comité no es un tribunal pero lleva a cabo funciones jurídicas, emitiendo decisiones y recomendaciones a los Estados parte que se espera sean puestas en práctica», aclara este órgano.

En principio, la decisión tomada hoy concierne únicamente a los cuatro denunciantes, representados por el abogado Nico Krisch, y no al resto de los encausados por el «procés».

La denuncia fue presentada el 18 de diciembre de 2018, coincidiendo con una visita a Ginebra del expresidente del Gobierno autonómico Carles Puigdemont, y la decisión final se publica el día en el que está prevista del actual jefe de ese Ejecutivo regional, Pere Aragonès

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