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Un juez demanda a un colegio de enfermeros por criticar una de sus sentencias en Twitter

El magistrado considera una intromisión ilegítima al honor un tuit publicado por el Colegio de Enfermería de Jaén, al que reclama 3.000 euros por daños morales

Un juez demanda a un colegio de enfermeros por criticar una de sus sentencias en Twitter

Un grupo de enfermeros protesta durante la primera ola de la covid-19. | Europa Press

Dice la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que los jueces, cuando actúan en ejercicio de su cargo, «pueden estar sujetos a límites más amplios de crítica aceptable que el resto de ciudadanos». No parece pensar lo mismo el juez José Antonio Lucini. El titular del Juzgado de lo social número 2 de Jaén ha demandado al Colegio Oficial de Enfermería de esa provincia por haber «alentado», a través de las redes sociales, el «revuelo mediático» suscitado en relación a la sentencia en la que avaló que se obligase a los sanitarios a trabajar sin mascarillas en la primera ola de la pandemia de covid-19.

En su demanda por presunta intromisión ilegítima al derecho al honor, el juez acusa al Colegio Oficial de Enfermería de Jaén de haber publicado «comentarios inciertos y denigrantes en relación al contenido y fallo de la sentencia». «Pero lo más importante es que, con ese fin de desprestigiar el contenido de la sentencia judicial, se atrevió, y así lo hizo, a exponer de forma entrecomillada, como si fuera literal de la sentencia, determinadas frases absolutamente falaces y que no se consignaban en esa sentencia», indica la demanda del juez.

En el escrito, al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, el magistrado hace mención concreta al entrecomillado de un tuit publicado en la cuenta del Colegio Oficial de Enfermería de Jaén el 14 de enero de 2022, en el que se hace referencia al «aluvión» de noticias y post en redes sociales publicados en relación a la sentencia. Informaciones en las que se dice que el Juzgado de lo Social número 2 de Jaén consideró que los sanitarios «tenían la obligación de sacrificar su derecho a la vida e integridad, aún sin mascarillas, en beneficio de la vida e integridad del resto de la población» durante la primera ola de la pandemia.

https://twitter.com/EnfermeriaJaen/status/1481988398353199109

El magistrado asegura que el entrecomillado de cinco palabras incluido en ese tuit -en el que no se hace referencia expresa a su nombre y tampoco incluye una foto o imagen suya– pretendía «ridiculizar» el contenido de la sentencia y supone «una intromisión ilegítima» en su «derecho al honor, propia imagen, dignidad y prestigio profesional». Cinco palabras que, según la demanda del magistrado, no aparecen «en ningún pasaje de la sentencia» y por las que solicita al Juzgado de Primera Instancia número cinco de Jaén que condene al Colegio Oficial de Enfermería de esa provincia a pagarle 3.000 euros en concepto de daños morales. También pide que se obligue al colegio de enfermeros a «cesar en la conducta lesiva» de su derecho al honor en el futuro y a publicar la sentencia en su página web y sus redes sociales.

Cuestionan la legitimación del juez

En su contestación a la demanda, a la que también ha tenido acceso este diario, el Colegio de Enfermería de Jaén pide que se desestime la petición del juez. La asociación que representa a 4.700 profesionales de la enfermería en esa provincia afirma que el tuit solo se limita a recoger el «aluvión» de noticias publicadas en distintos medios de comunicación en las que se reflejaban las críticas a la sentencia del juez Luccini.

Además, el Colegio de Enfermería de Jaén cuestiona la falta de legitimación activa del demandante al no haber sido nombrado si quiera en el tuit al que hace referencia en su demanda. «El tuit, base y fundamento de la demanda que se contesta, no menciona al Don José Antonio Lucini Nicás, sino al Juzgado de lo Social número 2 de Jaén», indica el Colegio de Enfermería jienense en su contestación a la demanda. Asimismo, muestra su perplejidad porque «la única acción judicial» que ha ejercitado el juez sea contra el tuit del colectivo de enfermeros y no contra los autores de las noticias «que sí le citan con nombre y apellidos».

El entrecomillado del tuit

Sobre el entrecomillado incluido en el tuit al que hace referencia el magistrado (las enfermeras «tenían la obligación de sacrificarse» por los pacientes), el Colegio de Enfermería asegura que solo es una «interpretación-resumen de la sentencia realizada por muchas de las noticias publicadas» y no una referencia al «contenido concreto de la sentencia del juzgado (no del juez, se insiste)».

Por el contrario, el magistrado subraya en su demanda que considera en su demanda que «en ningún pasaje de la sentencia se consigna esa frase en relación a las enfermeras». «Siendo por tanto evidente la finalidad difamatoria de ese comunicado y de ese entrecomillado, que pretendía solamente ‘ridiculizar’ el propio contenido y fallo de la sentencia, consiguiendo, a través de esa referencia falaz, todo un ‘aluvión’ (así se dice incluso por la demandada) de críticas y censuras públicas al magistrado que la dictó, con evidente menoscabo a si dignidad y honor profesional, y claro detrimento de su imagen pública», añade.

El Colegio Oficial de Enfermería de Jaén lo niega de forma rotunda. «No ha existido en el tuit en cuestión ningún tipo de expresión denigrante, insultante ni vejatoria de Don José Antonio Lucini. No hay intromisión ilegítima en su honor», afirma en su contestación a la demanda del juez. «Compendiar en 143 caracteres de un tuit un ‘aluvión de noticias, post en redes sociales, comentarios y viralización, no es en absoluto ‘ridiculizar’, sino reflejar una realidad que estaba en el debate público de interés general», añade.

«La información del tuit es puramente objetiva, no existe el menor atisbo de ninguna crítica insultante y ninguna expresión acerba ni desabrida, no molesta ni hiriente, permitidas en la libertad de información, de un aluvión de noticias, post en redes sociales, comentarios y viralización de la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Jaén. Ninguna referencia a ningún individuo. Se refiere a la sentencia, «que reconoce la falta de equipos de protección, pero las enfermeras tenían ‘la obligación de sacrificarse’ por los pacientes»», concluye el Colegio Oficial de Enfermería de Jaén.

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