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El TS mantiene la pena a un hombre que intentó matar a su mujer porque solo confesó lo «obvio»

El Tribual Supremo apunta que una confesión debe suponer «necesariamente» una «revelación veraz»

El TS mantiene la pena a un hombre que intentó matar a su mujer porque solo confesó lo «obvio»

Fachada del Tribunal Supremo | Eduardo Parra (Europa Press)

El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado rebajar la pena de 14 años y 1 mes de prisión impuesta a un hombre que intentó matar a su pareja al considerar que no se puede aplicar la atenuante de confesión porque, en su caso, lo que hizo fue reconocer lo «obvio» y «evidente».

Los magistrados han insistido en que una confesión debe suponer «necesariamente» una «revelación veraz» y «no puede confundirse con la posición de quien se limita a aceptar lo evidente, reconociendo lo obvio o anticipando lo inmediatamente inevitable».

Así las cosas, la Sala de lo Penal ha recalcado que «no es lo mismo anticiparse a confesar unos hechos cuando ya se ve inminente su descubrimiento que hacerlo cuando se confía en poder mantenerlos ocultos». El Tribunal se ha pronunciado así tras estudiar el caso de un hombre condenado a 14 años y un mes de prisión por un delito de tentativa de homicidio contra su pareja, tres delitos de maltrato, un delito de amenazas graves y un delito de maltrato habitual.

Golpes, insultos y amenazas

Según consta en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el acusado -que ya había sido condenado por maltratar a una expareja- empezó a ejercer un «férreo control» sobre su mujer cuando ella comenzó a trabajar fuera de casa «pues creía que mantenía relaciones íntimas con otros hombres». También la insultaba, la golpeaba, la«atemorizaba» con un cuchillo y rompía mobiliario de la casa que compartían. «Si no eres para mí no eres para nadie», le decía.

Los episodios de violencia se mantuvieron entre 2019 y 2020, hasta que el hijo -que entonces tenía 18 años- intercedió en una de las peleas en las que el hombre derribó una de las puertas de la casa y propinó una serie de puñetazos a la mujer. Ella consiguió llamar al 112, pero él fue a la cocina a por un cuchillo, amenazó al joven -que consiguió huir- y la apuñaló «con intención de causarle la muerte».

Tras el apuñalamiento, el hombre se refugió en casa de un vecino -«que ignoraba lo que había ocurrido»- y llamó a la Policía para reconocerse como autor de la agresión y comunicar dónde estaba para que fueran a detenerlo.

La llamada a la Policía

El condenado llevó su caso ante el Supremo al considerar, entre otras cuestiones, que debió habérsele aplicado la atenuante de confesión. En 17 folios, los magistrados han desestimado su argumento. Han explicado que su confesión «lo único que permitió fue que se le detuviera al comunicar que se encontraba en casa de un vecino».

«Y lo hizo no tanto para facilitar la labor de búsqueda de las fuerzas de seguridad, como por su propio interés pues, sabedor de que más pronto que tarde iba a ser localizado, quería que la detención se hiciera ‘sin formar un numerito’, según sus propias palabras, pidiendo que lo metieran en la cárcel pero que no le pegaran», ha subrayado el tribunal.

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, el Supremo ha recalcado que el acusado conocía que el apuñalamiento había sido presenciado por el hijo de la víctima y que, además, «existía prueba más que suficiente para tener por acreditados los hechos aun sin su reconocimiento».

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