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Ni la toalla ni el bañador: la Ley de Propiedad Horizontal te prohíbe tender en el balcón, con una multa de hasta 1.500 euros

Si quieres evitar pagos inesperados debes prestar atención a las siguientes normas y respetar las reglas establecidas

Ni la toalla ni el bañador: la Ley de Propiedad Horizontal te prohíbe tender en el balcón, con una multa de hasta 1.500 euros

Tender bañadores y toallas en la terraza | GeminiPro

Ahora que llega el verano cada vez es más común ver las terrazas de las casas llenas de toallas, bañadores y hasta colchonetas inflables de distintos colores y tamaños. Aunque esto se lleve haciendo prácticamente toda la vida y parezca algo inocente y completamente normal, la realidad es que la mentalidad de «hago lo que quiero con mi balcón» ya no es tan sostenible como parece. De hecho, tender este tipo de cosas fuera puede salirte muy caro. 

El gran error que cometen muchos propietarios e inquilinos es creer que, al haber comprado o alquilado un piso, pueden hacer lo que quieran en su balcón. Sin embargo, la fachada de un edificio se considera un «elemento común», es decir, pertenece a toda la comunidad de vecinos; por eso lo que se haga en él debe ser aprobado por todos. Es entonces cuando surge la gran pregunta, pero ¿porqué molestaría al resto que yo tendiera ropa? Bien, la respuesta es mucho más simple de lo que parece, y es que colgar ropa visible desde la calle altera la «estética exterior del bloque», generando entonces los conflictos. 

Además, la Ley 49/1960 sobre Propiedad Horizontal (LPH), que es la que se encarga de regular lo que se puede o no se puede hacer dentro de una comunidad de vecinos alcara este tema. Su Artículo 7.1 afirma que esto está prohibido: «El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario…». 

Bañadores tendidos
Bañadores tendidos

¿Te pueden multar por tender?

A pesar de todo lo anterior respecto a la LPH, la respuesta para saber si esto es posible o no y, de serlo, de cuanto podria ser la multa, depende únicamente de lo establecido en estos tres factores. 

Por un lado están los estatutos de la comunidad, ya que hay muchas comunidades en las que tender está totalmente prohibido desde siempre. Si esto es así no te queda más remedio que respetarlo, o de lo contrario si que podras tener que enfrentarte a multas. 

Por otro lado, están las odenandzas municipales, ya que no solo debes tener en cuenta lo que tu comunidad apruebe o no, sino que debes fijarte muy bien en lo establecido en los ayuntamientos. Esto pasa porque hay varios ayuntamientos que prohíben expresamente tender la ropa en las terrazas de los edificios, debido a que «dañan la estética del mismo». De hecho en ciudades como Lorca, las multas pueden llegar incluso hasta los 1.500 euros. Como menciona RTVE, esto ha generando bastante controversia entre los habitantes de la zona, ya que para la mayoría esto es algo injusto que solo está pensando para «los turistas que vienen a visitar».

Por último, debes tener cuidado de no molestar al resto de vecinos, porque  si al tender tu ropa, esta gotea sobre la terraza del vecino de abajo estarías vulnerando su derecho, por lo que este podría pedirte que pararas.

¿Qué pasa si decides ignorar todo y seguir tendiendo?

Si decides ignorar las reglas establecidas y actuar por tu cuenta, tus vecinos podrían acabar demandándote. Primero intentarían pedirte que pares de manera cordial, sin ningún tipo de aviso de por medio. Pero si esto no es suficiente, podrán acabar llevando el caso ante un juez, quien podría obligarte a cesar de manera inmediata con dicha actividad y en ciertos casos hasta pagar los gastos del juicio.

¿Está prohibido en todos los casos o hay excepciones?

Si eres de los que llevan toda la vida tendiendo en la terraza, no todo está perdido. Existe una excepción: si en tu edificio siempre se ha permitido tender en el balcón, la comunidad no puede prohibírtelo de la noche a la mañana. Para poder hacerlo, tendrían que cambiar los estatutos del edificio, un proceso muy complicado que requiere que todos los vecinos estén de acuerdo por unanimidad.

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