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Los juristas cuestionan que se aborte con 16 años sin permiso paterno como quiere Montero

Los expertos señalan que la nueva ley puede incurrir en «incoherencias» porque los menores podrán interrumpir el embarazo pero no comprar alcohol

Los juristas cuestionan que se aborte con 16 años sin permiso paterno como quiere Montero

Irene Montero en el Senado. | A. Pérez Meca (Europa Press)

Los menores de edad podrán abortar sin permiso de sus padres, pero no comprar alcohol, votar ni conducir. La nueva ley que pretende aprobar la ministra de Igualdad, Irene Montero, contempla que las chicas con más de 16 años puedan interrumpir el embarazo sin consentimiento, como ya recogía la anterior norma hasta que el PP la modificó en 2015. Lo hizo cinco años después de presentar un recurso de inconstitucionalidad aún sin resolver. Los juristas consultados por THE OBJECTIVE alertan de que, aunque la nueva ley no sea inconstitucional, puede incurrir en «incoherencias» con el ordenamiento jurídico.

«Del mismo modo que son responsables para trabajar o para tener relaciones sexuales, lo son para decidir sobre sus cuerpos», esgrimió Irene Montero en febrero. La ministra habló entonces de la necesidad de «blindar» los derechos que aprobó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero en 2010 y que reformó el PP cinco años después. «No podemos aceptar que queden fuera mujeres jóvenes que encuentran grandes dificultades para contarles a sus progenitores que están embarazadas y que quieren interrumpir sus embarazos», insistió en una comisión de Igualdad.

Nueva ley del aborto

El cambio de edad para interrumpir el embarazo forma parte del acuerdo de coalición entre PSOE y Podemos. Un asunto controvertido contra el que el PP presentó batalla en 2010. Los populares basaron su recurso de inconstitucionalidad en ocho puntos que inciden en el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales, el derecho de los padres de acompañar a sus hijas y el derecho del nasciturus (el no nacido) que reconocía una sentencia de 1985. Los magistrados del Tribunal Constitucional siguen sin pronunciarse 12 años después. Puede que lo hagan después de que entre en vigor la nueva ley pero, ¿qué pasaría si lo hace antes?

La norma que está ultimando el Gobierno incluirá una disposición para derogar la legislación en vigor, por lo que sería una nueva ley y no una reforma de la anterior. Una fórmula que permitiría burlar el recurso de inconstitucionalidad registrado por el PP. Carlos Vidal, catedrático de Derecho Constitucional en la UNED, sostiene que si el tribunal de garantías resuelve el recurso antes de que entre en vigor el nuevo texto sería «una deslealtad absoluta» que el Congreso tramitara el anteproyecto de ley con un supuesto similar, ya que la intención del Ejecutivo es «volver a la situación inicial». A pesar de ello, no tendría valor jurídico porque, al ser una nueva ley, requiere un nuevo recurso.

«En ese caso se resolvería de un modo más rápido», insiste Vidal. El atajo sería posible gracias a que los magistrados habrían resuelto la compatibilidad con lo previsto en la Constitución. Si los magistrados resuelven el recurso antes de que entre en vigor la norma que prepara el Gobierno, la sentencia no tendría efecto porque la reforma del PP dejó sin efecto que las menores puedan abortar sin el consentimiento paterno. Para el experto constitucionalista el problema con este cambio no es tanto de inconstitucionalidad, sino de «coherencia» con el ordenamiento jurídico.

La legislación española no tiene un criterio unitario para fijar la madurez de una persona. Existen tramos diferentes que varían según la actividad que se desarrolle. En 2015, una ley orgánica modificó el Código Penal para establecer en 16 años la edad mínima con la que un menor puede mantener relaciones sexuales con un adulto sin permiso de sus tutores legales. Sin este, la otra persona estaría incurriendo en un delito de abuso o agresión sexual. En otros casos, el umbral se fija en la mayoría de edad.

Permiso para ir de excursión

«Los menores no emancipados, aquellos que tienen entre 16 y 18 años y viven con sus padres, no pueden comprar alcohol, tabaco ni tatuarse sin consentimiento», revela Vidal. En el caso del alcohol, existe una norma específica, aprobada en 2018, que prohíbe el consumo y el suministro a menores de edad. El artículo 14 del texto señala que «queda prohibida cualquier forma de suministro, gratuita o no, de bebidas alcohólicas a los menores de edad» y que «los propietarios y empleados de los establecimiento deberán exigir la presentación o exhibición de documento oficial acreditativo de su edad» a los clientes que deseen comprar bebidas espirituosas.

Vidal recuerda que menores de edad tampoco pueden entrar en corridas de toros ni en los casinos sin el consentimiento de sus tutores. «Incluso tienen que pedir permisos para ir de excursión con el instituto». El jurista insiste en que los padres siguen siendo responsables de sus hijos si cometen un delito cuando no hayan alcanzado los 18 años. «No se trata solo de que sea o no constitucional, sino de incoherencias con nuestro ordenamiento jurídico», reconoce Vidal. Cree que haría falta que la nueva ley incluyera elementos para salvarlas.

Una mujer embarazada ante la cuna de su bebé
Una mujer embarazada ante la cuna de su bebé. | Foto: Ömürden Cengiz (unsplash)

«Tener un hijo no solo afecta a la menor. Si no está emancipada, tiene repercusiones patrimoniales para sus representantes legales. Son ellos los que se van a encargar de los gastos del niño», revela Vidal. El artículo 323 del Código Civil señala que «la emancipación habilita al menor a regir su persona y bienes como si fuera mayor». El catedrático de Derecho Constitucional insiste en que está muy bien decir que las chicas de 16 y 17 años van a tomar decisiones libres y autónomas, pero que esto no es del todo real ya que su elección va a tener efecto en terceras personas. «Hay que escucharles, seguro que tienen algo que decir».

El PP quiso aprobar una contrarreforma a la ley socialista del aborto tras su vuelta al poder. El Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto en diciembre de 2013, que aumentaba las restricciones a la interrupción del embarazo (algo que no hace la nueva norma). El texto, auspiciado por Alberto Ruiz-Gallardón, entonces ministro de Justicia, tuvo una enorme oposición de los colectivos feministas y los profesionales sanitarios. El ministro dimitió en septiembre de 2014 después de que Mariano Rajoy anunciara que el Ejecutivo retiraba la reforma legislativa.

«Un disparate»

El Comité Internacional de Bioética de la Unesco realizó un informe sobre el proyecto de Gallardón que recomendaba que en el caso de las menores de edad fuese un juez el que decidiese. Un punto intermedio entre necesitar el consentimiento de los tutores legales para interrumpir el embarazo y hacerlo sin él. Federico de Montalvo Jääskeläinen, presidente del comité y profesor de Derecho en ICADE, ha declinado hacer declaraciones aludiendo a que acaba su mandado al frente de la organización «en apenas 15 días».

«No sabemos cómo se va a resolver el recurso. Si los magistrados afirman que el aborto de menores sin consentimiento es inconstitucional, sería un disparate incluirlo en la nueva ley», sostiene Joaquín Pablo Urías, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla. El jurista indica que no ha visto el documento, pero que si la nueva ley repite artículos similares de la norma anterior con otras palabras «es la misma ley».

Urías sostiene que una norma puede no ser inconstitucional, pero sí incoherente. «A partir de los 16 años se tiene responsabilidad penal. Sin embargo, no se puede votar o conducir». El experto, que fue letrado del Tribunal Constitucional entre 2004 y 2010, señala que no existe una única ley que establezca una edad mínima para realizar las acciones. «Lo importante es que los derechos constitucionales estén protegidos y garantizados». En su opinión, no es solo una cuestión de edad, también es necesario tener en cuenta la salud y el futuro de la embarazada y que tampoco se vean comprometidos los derechos del nasciturus (el no nacido).

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