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La Justicia tumba las medallas pensionadas que Interior dio a ocho ex altos mandos de la Policía

Se trata del enésimo varapalo judicial a Interior por la concesión de este tipo de distinciones a comisarios jubilados

La Justicia tumba las medallas pensionadas que Interior dio a ocho ex altos mandos de la Policía

Fernando Grande-Marlaska. | Alejandra Svriz.

Enésimo varapalo judicial al Ministerio del Interior por la concesión de medallas pensionadas a comisarios jubilados. El Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 2 ha tumbado las condecoraciones que el departamento dirigido por Fernando Grande-Marlaska dio a ex ocho altos mandos de la Policía en 2025. En la sentencia, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, los magistrados estiman la demanda de la Confederación Española de Policía (CEP) y censuran que Interior haya convertido estas distinciones en una recompensa económica a los mandos tras su retiro cuando ninguno cumple con los requisitos que exige la ley para obtener dicha compensación. 

Esta decisión judicial afecta a las medallas de plata que el ministerio dio a los ex jefes superiores de Andalucía Oriental; Navarra, Extremadura, Galicia y de la Comunidad Valenciana; al ex comisario general de Policía Judicial, al ex subdirector general de Logística e Innovación y al ex jefe de la División de Personal de la Policía Nacional. Pese a todos los dictámenes negativos que acumula Interior en contra de sus resoluciones, el área de Grande-Marlaska decidió retar de nuevo la Justicia el año pasado y otorgó estas distinciones a comisarios principales que ya no estaban en activo y que llevan aparejado un plus vitalicio en sus pensiones del 15%, esto es, unos 3.000 euros al año.

Los magistrados de la Audiencia Nacional son especialmente críticos con el ministerio y desmontan, uno a uno, los argumentos que ha utilizado en este caso para otorgar las medallas a la cúpula policial. En este sentido, explican que, mientras la Cruz al Mérito Policial con distintivo blanco, la cual carece de dotación económica, exige tener una trayectoria profesional prolongada y meritoria —diez años de servicio activo, un número determinado de felicitaciones públicas y la ausencia de condecoraciones en la última década—, las recompensas pensionadas son bien distintas.

Un «patrón institucional» en Interior

La medalla de plata y la cruz con distinto rojo exigen, explica el tribunal, «ineludiblemente la acreditación de un hecho concreto o, en su caso, un hecho comunitario». Unos requisitos que no se cumplen en ninguno de los comisarios jubilados distinguidos. «Esta separación conceptual es la piedra angular sobre la que se fundamenta gran parte de la impugnación material del sindicato CEP, al sostener que la Administración confunde deliberadamente ambos supuestos para sortear los límites legales», censura la Audiencia Nacional.

Las pruebas aportadas por la organización de policías, señala la sentencia, «demuestran la existencia de un patrón institucional sistemático, iniciado en el ejercicio 2020 y mantenido hasta la actualidad (2025)». Un patrón que consiste en «proponer y adjudicar la medalla de plata a la práctica totalidad de los miembros salientes de la Junta de Gobierno de la Policía y a los jefes superiores que alcanzan la edad de jubilación». En otras palabras, premiar a todos los altos mandos policiales por el mero hecho de retirarse.

«Desviación de poder»

Los magistrados critican que el Ministerio del Interior ha «transformado una recompensa concebida por el legislador para honrar intervenciones de máximo riesgo vital y abnegación extrema en un complemento retributivo para altos mandos que cesan en el servicio». En este punto, la Audiencia Nacional incide en que los méritos esgrimidos para las medallas de los comisarios no son hechos concretos, sino que «no van más allá de la mera valoración genérica de una trayectoria directora ordinaria». Y aun así, el departamento de Grande-Marlaska ha otorgado igualmente «un incremento económico vitalicio del 15% de la pensión a la cúpula policial como premio automático por su edad y jerarquía, contraviniendo el espíritu de la ley que regula estas condecoraciones».

Con todo, el tribunal censura que esta forma de proceder «desnaturaliza la potestad de fomento, vacía de contenido teleológico la norma de condecoraciones y quiebra el mandato constitucional de objetividad» y apunta a una «desviación de poder» por parte de Interior «al utilizar una potestad discrecional contenida para recompensar el mérito heroico con la finalidad subrepticia de gratificar financieramente la jubilación de los altos mandos».

La Confederación Española de Policías (CEP) celebra la victoria en los tribunales tras años en los que, dicen, se ha trasladado a miles de policías el mensaje de que las recompensas más importantes del Cuerpo «no dependían exclusivamente del sacrificio, del riesgo asumido o del mérito operativo, sino simplemente de ocupar un puesto de máxima confianza en la cúspide policial». «Esta sentencia desmonta de forma demoledora cualquier lógica clientelar y deja claro que las medallas de plata no pueden convertirse en premios automáticos de jubilación para la cúpula del Cuerpo mientras la inmensa mayoría de policías afronta pérdidas económicas al dejar la vida activa y ve cómo sus méritos reales no reciben el reconocimiento que merecen con cada vez más frecuencia».



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