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La amnistía eximirá de devolver 10 millones malversados y obligará a reembolsar las fianzas

La Caixa de Solidaritat ha dedicado 7,2 millones para sufragar los requerimientos por el referéndum ilegal del 1-O

La amnistía eximirá de devolver 10 millones malversados y obligará a reembolsar las fianzas

Oriol Junqueras y Carles Puigdemont. | Ilustración: Alejandra Svriz

La amnistía puede suponer un quebranto para las arcas públicas. Concederla a los investigados por el procés obligaría a devolver las fianzas depositadas en los juzgados. La cantidad supera los 10 millones de euros, según las estimaciones. Eximirles de cualquier ilícito penal también impediría que el Estado recupere otros 10 millones que se habrían malversado para celebrar las consultas ilegales. Algunos expertos, en cambio, explican a THE OBJECTIVE que son dos procedimientos distintos, por lo que la desaparición de las responsabilidades penales no conlleva la extinción de las contables.

La Caixa de Solidaritat, una asociación impulsada por entidades soberanistas, ha aportado 17 millones desde la consulta ilegal de noviembre de 2014 para apoyar económicamente a los encausados. Solo para sufragar los requerimientos por el referéndum de octubre de 2017, la entidad que preside Pep Cruanyes ha dedicado 7,2 millones de euros, aunque denuncia que se trata de dos partidas idénticas en juzgados diferentes, lo que «afecta al derecho de defensa».

La asociación podrá recuperar su dinero si se aprueba la amnistía, ya que los expertos consideran que «las fianzas derivadas de responsabilidades penales carecerían de sentido si estas no se pueden exigir». Junts per Cataluña y ERC exigen la medida de gracia como condición para apoyar la investidura de Pedro Sánchez. En caso contrario habría que repetir las elecciones, lo que implica también sus riesgos para el independentismo, que el pasado 23 de julio obtuvo sus peores resultados en cuatro décadas.

El alcance de la amnistía

«La amnistía supone anular todas las resoluciones judiciales dictadas, pero también las que no. Deja sin efecto medidas cautelares, embargos, fianzas y sentencias. Es como si no hubiese sucedido nada», revela el abogado Miguel Javaloyes, especialista en Derecho Administrativo. Una opinión que secunda José María Monedero, socio Dikei Abogados: «Si no hay delito no hay nada que garantizar. Devolver las fianzas sería una consecuencia lógica».

El penalista Alfredo Arrién, de Paredes & Asociados, estima que la extinción de responsabilidades penales exime del resto de delitos, ya que no existe ningún tipo de responsabilidad civil subsidiaria. También podrán recuperar la cantidad transferida aquellas entidades que, como la Caixa de Solidaritat, hayan avalado a los encausados. Marién Aguilera, profesora de Derecho Procesal en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), sostiene que la devolución de las fianzas no es una obligación ligada a la amnistía, sino «algo que discrecionalmente pueden acordar las Cortes».

«El concepto histórico- penal de la amnistía se refiere con distintos matices a la extinción de la responsabilidad penal por el delito cometido, sea cual fuere el estado del procedimiento. Si se ha celebrado juicio oral, se extingue la pena que queda por cumplir y, si se ha cumplido en su totalidad, se cancelan los antecedentes penales», avanza el exfiscal Bartolomé Vargas, ahora socio en Cremades Calvo-Sotelo Abogados.

En su opinión, esto supone que queden indemnes las responsabilidades civiles en las que el perjudicado puede ser la Administración «por su naturaleza ajena a la sanción penal y la consecutiva privación indebida del derecho al resarcimiento de la víctima o perjudicado que puede ser el caudal público».

El Tribunal de Cuentas

Marina Cedeño, catedrática de Derecho Procesal en la UCM, afirma que, en caso de concederse la amnistía, las fianzas deben devolverse. En su opinión, existiría «un problema bastante más grave», ya que el Tribunal de Cuentas no podría solicitar a los encausados del procés la restitución de los fondos desviados para la organización y celebración de las consultas ilegales. Otros expertos, en cambio, consideran que eso dependerá del texto que apruebe las Cortes.

El órgano que preside Enriqueta Chicano, que se encarga de fiscalizar las cuentas y la gestión económica del Estado y del sector público, ya condenó en febrero de 2019 al expresidente catalán Artur Mas y a otros altos cargos autonómicos a devolver casi cinco millones de euros invertidos por la Generalitat de Cataluña para celebrar la consulta del 9 de noviembre 2014.

De otorgarse la amnistía, los expertos destacan que esa cantidad y los 5,3 millones que solicita Sociedad Civil Catalana (la Fiscalía rebaja la cifra a 3,4 millones) por la promoción del 1-O, nunca retornarían a las arcas públicas. En total, más de 10 millones de euros. La consejera del Tribunal de Cuentas Elena Hernáez ha señalado el juicio (técnicamente, procedimiento de reintegro por alcance) contra Carles Puigdemont y su equipo para el próximo 17 de noviembre.

«La extinción de la responsabilidad penal también implica la contable, aunque todo depende de los términos en los que se redacte la ley», afirma Javaloyes. En su opinión, «las cuestiones que analiza el Tribunal de Cuentas son ilícitos que no constituyen infracción penal». En cambio, Monedero, de Dikei Abogados, advierte de que este órgano va por una jurisdicción distinta, por lo que «aplica criterios diferentes a la vía penal, ya que podría haberse dado un uso injustificado de caudales públicos».

Responsabilidad contable

El exfiscal Bartolomé Vargas recuerda que en la sentencia del procés de 2019 la condena por malversación llevó al Tribunal Supremo a remitir testimonios al Tribunal de Cuentas para que reclamara a los condenados por esta infracción el importe del dinero público desviado al referéndum ilegal.

«Quienes no fueron enjuiciados, como Puigdemont, pese a ser amnistiados, mantendrían incólume la responsabilidad contable individual», reconoce Vargas. No obstante, advierte de que «una expresa previsión normativa en la Ley de amnistía debidamente justificada por su singular excepcionalidad en el preámbulo podría exonerarle».

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