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Albares corrige a Laya y elimina la «diversidad» de los criterios para ser diplomático

El ministro quita este principio del preámbulo y articulado del reglamento, con el que se abría la puerta al establecimiento de cuotas por género u origen étnico

Albares corrige a Laya y elimina la «diversidad» de los criterios para ser diplomático

José Manuel Albares y Arancha González Laya en el traspaso de cartera en el Ministerio de Asuntos Exteriores. | EP

El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, ha eliminado del preámbulo y el articulado del borrador del reglamento de la carrera diplomática el criterio de «diversidad» que había sido incluido inicialmente por su antecesora, Arancha González Laya, entre los principios para acceder a ella -junto a los de igualdad, mérito y capacidad-, según el texto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE.

La novedad de este criterio de diversidad en los primeros textos que circuló Laya puso en guardia a la Asociación de Diplomáticos Españoles (ADE), que aglutina a la mayoría de miembros de la carrera diplomática. Así, en el artículo 3 sobre las condiciones para acceder a este cuerpo de la Función Pública, la anterior ministra indicaba que dicho ingreso «se realizará por oposición, de acuerdo con la oferta de empleo público y la convocatoria correspondiente publicada en el Boletín Oficial del Estado, garantizándose, en todo caso, los principios de igualdad y diversidad, mérito y capacidad, así como el de publicidad».

Luego, en el artículo 18 sobre las normas generales de dicho reglamento, se dejaba claro que correspondería a la persona que dirige la Subsecretaría «la provisión de puestos de trabajo de libre designación del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, con pleno respeto a los principios de igualdad y diversidad».

Albares ha mantenido sin apenas cambios el borrador de reglamento que heredó de Laya, pero una de las pocas modificaciones es la llamativa eliminación de este criterio de diversidad. La redacción del nuevo texto viene motivada por la decisión del Tribunal Supremo en noviembre de 2017 de anular por defecto de forma del texto aprobado en julio de 2014 por el Gobierno de Mariano Rajoy, al entender que no había sido sometido a negociación colectiva tras un recurso presentado por el Sindicato Independiente del Servicio Exteriores del Estado (SISEX).

El peligro para Albares de otro fiasco judicial

El borrador se encuentra ahora en la fase final de su tramitación, en la que se requiere consulta a otros organismos -caso del Consejo de Estado- después de haber dado audiencia a los sindicatos para no repetir el fiasco judicial de hace casi seis años. Exteriores ha subrayado en los últimos meses que el reglamento de Albares busca dar más transparencia y previsibilidad a la designación de puestos en el extranjero, incluidos embajadores, pero desde la ADE criticaron la inclusión del concepto de diversidad.

No por el hecho de que apareciese en la introducción o preámbulo como «principio informador», pues la ADE está a favor de la propia diversidad y condena todo tipo de discriminación, sino por el temor de que el articulado abriera la puerta al establecimiento de cuotas por género u origen étnico y a que el reglamento sea impugnado otra vez ante los tribunales tras su aprobación por parte del Consejo de Ministros.

En la actualidad, en cada convocatoria anual para convertirse en diplomático hay dos plazas reservadas para candidatos que acrediten una discapacidad. Una iniciativa para corregir la discriminación que históricamente han sufrido estas personas. Si estos candidatos no logran superar los exigentes exámenes, las citadas plazas quedan vacantes. Y con la diversidad que se incluyó en el primer borrador, se abrirían otras opciones similares, en opinión de la ADE.

El concepto de diversidad, heredado de tradiciones jurídicas anglosajonas, no tiene un reflejo en el derecho constitucional español, subrayan desde esta asociación. Por ejemplo, el artículo 14 de la Carta Magna, que consagra la igualdad y no discriminación de los españoles ante la ley, no menciona el fomento de la diversidad de ningún tipo. «El legislador constitucional no incluye ninguna mención a la diversidad como principio a promocionar en el acceso a la función pública, mientras que sí lo hace al mérito y capacidad y a la igualdad» en los artículos 23.2 y 103.3 de la Carta Magna, prosiguen las citadas fuentes tras el paso dado por Albares.

Asimismo, el artículo 55 del Estatuto Básico del Empleado Público «establece los principios rectores en donde puede observarse que se incluye el principio de publicidad, pero no el de diversidad» y una sentencia del Tribunal Supremo de 2002 impide exigir «requisito o condición alguna que no sea referible a los conceptos de mérito y capacidad» cuando se opte a una plaza de funcionario.

«Tanto el concepto de diversidad como el de pluralidad», hacen hincapié las fuentes de la ADE, «siendo importantes y convenientes en toda organización, pertenecen más bien al campo de la sociología». En su opinión, «la igualdad contiene de facto y de iure, natural y esencialmente, la idea de diversidad». Por ello, subrayan el «temor» a que este reglamento pudiera «nuevamente naufragar en los tribunales».

En contra de los postulados de la ADE se posicionó el pasado año ExteriorEsDiverso, una plataforma que reúne a personal y familias LGTBI del servicio exterior español. «Luchar contra la discriminación y favorecer medidas de conciliación nunca ha de ser contrario a la ley. Sigue quedando mucho por hacer», indicó este colectivo en su cuenta de Twitter.

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