The Objective
Tribunales

El doble rasero de Hacienda: persiguió a Shakira y se olvidó del hermano de Sánchez

Los expertos denuncian disparidad de criterios después de que la Justicia haya dado la razón a la artista colombiana

El doble rasero de Hacienda: persiguió a Shakira y se olvidó del hermano de Sánchez

Shakira y David Sánchez. | Imagen generada por IA

Shakira se ha unido al selecto grupo de contribuyentes que ha doblado el brazo a Hacienda. La Audiencia Nacional ha dado la razón a la cantante colombiana al anular el expediente que le obligó a pagar 55 millones por regatear sus obligaciones fiscales en 2011. Los magistrados revocan la condena al considerar que no se ha podido demostrar que pasara en España los 183 días que exige la legislación para que alguien pueda ser considerado residente fiscal. Los abogados especializados consultados por THE OBJECTIVE denuncian el doble rasero de los técnicos de la Agencia Tributaria, contraponiendo el caso de la artista y el de David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno.

Los expertos señalan que Hacienda se afanó en «cazar» a Shakira y que se la persiguió con ahínco para establecer unos criterios que la convertían en residente fiscal en España, mientras que el fisco se olvidó de David Sánchez, que esta semana se enfrenta a juicio por tráfico de influencias y prevaricación administrativa. «Se salvó por ser el hermano del presidente. No se le investigó lo suficiente», recalcan los abogados. En un informe sin firma ni membrete, los técnicos de la Agencia Tributaria determinaron que el músico residía en Portugal. Incluso llegaron a dar por válidas facturas de hoteles.

El artículo 9 de la ley de IRPF establece dos criterios para considerar a una persona residente fiscal. El primero, que permanezca más de 183 días en nuestro país. En ese caso tributa por todas las rentas mundiales, no solo las generadas aquí. La normativa prevé que se computen las ausencias esporádicas (periodos de tiempo en los que el contribuyente abandona España) para evitar que se evadan impuestos fingiendo estancias cortas en el extranjero. El otro criterio es que el individuo tenga su base de actividades o intereses económicos en España.

Los 183 días de Shakira

Hay una tercera fórmula, pero no convierte al afectado en residente fiscal de forma automática: cuando el cónyuge y los hijos menores de edad que dependen del contribuyente residen habitualmente en nuestro país. En ese caso, Hacienda prevé que el afectado pueda demostrar que no vive en España pese a que su círculo más cercano lo haga. Para ello se pueden presentar billetes de avión o facturas de compras y hoteles. No obstante, el criterio de los 183 días es el más extendido.

«Para demostrarlo, Hacienda recurre a todo tipo de artimañas: pagos con tarjetas, requieren billetes de entrada y salida al país a las compañías aéreas, analizan cuándo se activó el roaming, piden facturas de consumo eléctrico y, si es una persona mediática, recurren a la prensa y a las redes sociales. Los técnicos de la Agencia Tributaria hacen calendarios espectaculares», explica Alejandro del Campo, abogado en DMS Legal.

Shakira aceptó una pena de tres años de prisión al considerar probado el fraude entre 2012 y 2014. Tras llegar a un pacto con la Fiscalía, reconoció que entonces ya era residente fiscal en España y que eludió pagar sus impuestos en nuestro país. La cantante colombiana pagó una multa de 7,3 millones de euros y evitó la cárcel. Sin embargo, recurrió el ejercicio de 2011. Del Campo sostiene que, ese año, la artista no cumplía ninguno de los tres criterios requeridos.

«El fisco se centró única y exclusivamente en el criterio de la permanencia. Como solo pudo acreditar un máximo de 163 días en España en 2011, consideró que todo el tiempo que pasó fuera Shakira eran ausencias esporádicas que debían computarse como tiempo de permanencia, ya que debía tenerse en cuenta que había iniciado una relación sentimental con un residente (el futbolista Gerard Piqué) y se supone que había constantes entradas y salidas a nuestro país», recalca Del Campo.

Convenios de doble imposición

Una versión en la que insiste Jesús Ruiz Ballesteros, socio-director de Ruiz Ballesteros. En su opinión, Hacienda no ha podido demostrar que la cantante colombiana permaneciera 183 días en nuestro país en 2011, que tuviera aquí su centro de interés, ni que su cónyuge e hijos residieran en España porque, entonces, ni estaba casada ni tenía hijos. Señala que, para superar el conflicto, bastaría con proporcionar un certificado de residencia fiscal de un país que haya suscrito un convenio de doble imposición con España. Eso evita que la misma renta o patrimonio tribute dos veces. El problema es que no existe con Bahamas, donde residía entonces Shakira.

Ambos expertos ponen el foco en la disparidad de criterios entre los casos de Shakira y David Sánchez. Del Campo lo califica directamente de «doble rasero» porque lo sucedido con el músico «no responde a un proceso de inspección de Hacienda» Mientras esta persiguió a Shakira, miró para otro lado en el caso del hermano del presidente del Gobierno. De hecho, fue la Justicia la que, en junio de 2024, solicitó a la Agencia Tributaria un informe para determinar si era residente fiscal en España.

«Elaboró un documento descartándolo. No hace una revisión a fondo, no hay una investigación exhaustiva», lamenta Del Campo. El abogado de DMS Legal reprocha a Hacienda que, en el caso de David Sánchez, ni intentara hacer un calendario de los días que había permanecido en España. Critica que los técnicos pasaran por alto que tuviera cónyuge y una hija menor y, al observar que es empleado de la Diputación Provincial de Badajoz, lo exoneran afirmando que tiene residencia en Portugal y que existe convenio de doble imposición.

Del Campo lo tiene claro: «Se salvó porque era el hermano. Nunca he visto una comprobación de residencia tan cutre y cuestionable. Hubo mucha laxitud para descartar la residencia fiscal en España». Para ello, incide, se llegaron a aceptar facturas de hotel «sin más investigación» y, aunque David Sánchez era propietario de un piso en Madrid, la Agencia Tributaria «se limita a decir que no podía usar porque lo tenía alquilado a terceros».

Ruiz Ballesteros destaca que lo normal en un ciudadano español que siempre ha hecho la declaración en nuestro país es que siga siendo residente fiscal aquí. «La Agencia Tributaria siempre quiere recaudar, por eso no se entiende que quisieran exonerar a David Sánchez», afirma. En su opinión, Hacienda no solo no persiguió al hermano del presidente del Gobierno, sino que emitió un informe diciendo todo lo contrario: «No he visto algo así en la vida».

Publicidad