The Objective
Tribunales

La Audiencia Nacional anula la absolución de Ana Duato y ordena repetir el juicio

El tribunal explica que la sentencia recurrida por la Abogacía del Estado no justifica la absolución de la actriz

La Audiencia Nacional anula la absolución de Ana Duato y ordena repetir el juicio

La actriz Ana Duato, a su llegada para declarar en la Audiencia Nacional. | Europa Press

Vuelva a empezar para Ana Duato. La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvió a la actriz y a su marido, el productor Miguel Ángel Bernardeu, en el llamado caso Nummaria. Los magistrados han ordenado que se repita el juicio contra ambos con un tribunal diferente porque la absolución no fue suficientemente motivada. La sentencia, a la que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, explica que solo se podrá recurrir en casación la parte que confirma la condena del asesor fiscal Fernando Peña. La protagonista de la serie Cuéntame cómo pasó afirmó en una entrevista en exclusiva con este diario que siempre declaró a Hacienda y que la Fiscalía le imputaba delitos que la propia Agencia Tributaria no le atribuía.

La resolución de la Audiencia Nacional rebaja en dos años la pena impuesta a Peña, dueño del despacho Nummaria. La condena pasa de 80 a 78 años de cárcel al considerar que uno de los delitos fiscales por los que fue condenado está prescrito. En otros se reduce alguna de las cuotas defraudadas en determinados delitos cometidos por sus clientes. En cambio, los magistrados han anulado la absolución de Duato, tal y como solicitaba la Abogacía del Estado en representación de la Agencia Tributaria.

La Fiscalía pedía 32 años de prisión para Duato, acusada de varios delitos por evasión de impuestos. Junto a ella, otras 30 personas, entre las que se encontraba Imanol Arias, condenado a dos años y dos meses de prisión que no cumplió tras un pacto con Anticorrupción. El caso se remonta a 2016, cuando agentes de la Policía Nacional y de la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) registraron Nummaria. Con el fin de evitar la tributación de capitales en España, Peña creó una red con ramificaciones en Reino Unido y Costa Rica para declarar menos ingresos de los que percibían sus clientes.

No se motivó la absolución

Los magistrados de la Audiencia Nacional explican que la sentencia recurrida por la Abogacía del Estado no justifica o motiva en términos de lógica racional la absolución de ambos acusados y recuerda que en el marco de las posibilidades que tienen como Sala de Apelación, no es posible revocar el juicio de culpabilidad efectuado por la sentencia recurrida, ni puede condenar. Ahora bien, indica que sí puede revisar las razones de la absolución y si se ajustan a las exigencias de motivación razonable.

En la sentencia, la Sala de Apelación considera que no están explicadas o motivadas suficientemente las afirmaciones de que no existió defraudación u ocultación, cuando los ingresos que percibió a través de una sociedad instrumental que ella misma creó con la ayuda del asesor dieron lugar a cuotas del IRPF inferiores a las que correspondían al declararse como renta vitalicia. En un comunicado, Duato se ha mostrado en contra de la resolución asegurando que su absolución fue tan contundente que «ni siquiera la Fiscalía la recurrió».

La Audiencia Nacional, en cambio, que haber acudido a un asesor fiscal especializado no es suficiente para motivar su absolución ni hacerlo en base a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en esta materia. Cabe recordar que, en su sentencia absolutoria, el tribunal consideró que no se había acreditado suficientemente que Duato conociera que estaba incumpliendo su deber de contribuir conforme a lo dispuesto por el ordenamiento tributario. La actriz, que considera que la nueva sentencia es ejemplarizante, ha asegurado que «ya gané hace un año» y que volverá a defenderse para «que se repita el mismo resultado».

La sentencia tuvo en cuenta que era simplemente una actriz que carecía de formación específica y que su conducta era compatible con la creencia razonable de estar actuando dentro de una opción fiscal lícita, conciliable con el hecho de recibir un asesoramiento jurídico adecuado sobre la mejor forma de tributar. La Abogacía del Estado cuestionó en su recurso que «nadie puede percibir durante tres años consecutivos importes veinte veces superiores a los pactados sin advertir el carácter ficticio del contrato», por lo que, a su juicio, concurría «dolo eventual».

Consulta en Wikipedia

Los magistrados de la Sala se Apelación estiman ese argumento y hacen constar que, como consecuencia de la forma de declarar que eligió, Duato solo tributó por el 40% de las cantidades. «O lo que es lo mismo, de 2.240.000 euros en esos tres años solo tributó por importe de 896.000 euros, lo que salta a la vista y no se explica suficientemente». Respecto a Bernardeu, entienden que los ingresos se percibieron como si fueran prestados por otra sociedad creada por él mismo.

Durante su entrevista con este diario, Duato aseguró que nunca había ocultado ni un euro: «Siempre he pagado lo que Hacienda ha considerado, en tiempo y forma, incluso sin estar de acuerdo». La actriz también criticó que los técnicos de la Agencia Tributaria consultaran su sueldo y los capítulos que había rodado de la exitosa serie Cuéntame cómo pasó a través de Wikipedia.

Publicidad