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Así es la nueva Ley de Protección de la Infancia que amplía la prescripción de los abusos a menores

Con esta nueva ley, los abusos a menores no prescribirán mínimo hasta que la víctima cumpla 40 años

Así es la nueva Ley de Protección de la Infancia que amplía la prescripción de los abusos a menores

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En 1959, la aprobación por parte de la ONU de la Declaración de los Derechos del Niño significó un gran paso para la humanidad. Si hay algo que deben tener en común todos los niños del mundo es el derecho a la igualdad, a la protección especial, a la alimentación, a la vivienda, a la educación, a la comprensión. Hayan nacido donde hayan nacido, tengan el color de piel que tengan y sea cual sea su condición económica o sexual, todos los niños deben estar protegidos contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.

Con este objetivo, el Congreso de los Diputados ha aprobado una nueva Ley de Protección de la Infancia –también llamada Ley Rhodes– calificada de histórica, que pretende proteger a los niños frente a cualquier tipo de violencia. Eso sí, hemos tardado más de una década en llegar a ella. Y es que si en los últimos años nos hemos centrado en legislar y defender los derechos de la mujer contra el abuso y acoso sexual, por ejemplo, o el abuso y el acoso hacia el colectivo LGTBI, de los más pequeños nos hemos olvidado.

Los datos así lo reflejan. En 2019, según cifras del Ministerio del Interior, 7.250 menores en nuestro país –el 46,2 % de las víctimas totales– sufrieron abuso o acoso sexual o fueron prostituidos. Además, 1.786 sufrieron violencia de género y 5 354 se encontraban en situación de riesgo y vulnerabilidad. Ese mismo año, 24 niños, con una edad media de ocho años, fueron víctimas mortales de violencia. La mayoría de las muertes fueron presuntamente a manos de las madres (8 mujeres que mataron a 10 menores) y los padres (6 hombres a 7 menores), según Save the Children.

Visto lo visto, y porque una sociedad que no protege a la niñez no puede construir un futuro mejor, era necesario avanzar hacia la elaboración de una ley integral para erradicar esta lacra de la violencia contra la infancia. La ley Rhodes, que ha conseguido reunir el consenso de todos los partidos, excepto Vox, se presenta así como la primera norma estatal de protección a la infancia frente a las diversas modalidades de violencia. Estas son las principales novedades de la ley:

Incremento la edad de prescripción de los delitos sexuales: hasta la fecha, el plazo de la prescripción de los delitos graves contra menores, entre ellos los abusos sexuales, empezaba a contar cuando la víctima cumplía 18 años (entre 5 años para delitos leves y 15 para los graves). Ahora lo hará a los 35. Por lo que este cambio implica que estos delitos no prescribirán, al menos, hasta que la víctima cumpla 40 años, frente a los 23 de ahora; y en los casos más graves, el tiempo se ampliará hasta los 55 años.

Prohibición de los desnudos en las pruebas para determinar la edad: esta es una de las mejoras introducidas en el texto durante su tramitación en el Senado. De esta forma, la ley prohibe los desnudos integrales para determinar la edad de los menores migrantes en función del tamaño de su pecho, de los genitales o del vello púbico. Algo fundamental para acabar con las violaciones de derechos hacia la infancia no acompañada.

Creación de juzgados especializados en infancia: además, se prevé la creación de unidades policiales especializadas y la designación de un coordinador de bienestar y protección en los centros escolares y de menores tutelados por la administración, clave para el buen trato, prevención y detección en centros escolares y espacios deportivos.

Prohibición de atar a los menores en los centros: desde 2017, los menores en centros de reforma o en centros para menores con trastornos de conducta, podían ser atados con contenciones mecánicas. A partir de ahora, esto queda prohibido y, sólo con carácter excepcional, se permitirá la sujeción de las muñecas del menor con equipos homologados en el sistema sanitario; en ningún caso con material policial, como grilletes. Desde que comenzó esta práctica en 2017, dos adolescentes han muerto en nuestro país.

Incorporación de la prueba preconstituida: esta normativa permitirá que un niño no tenga que declarar reiteradas veces en el proceso de instrucción y, por tanto, no se vea obligado a revivir una la experiencia traumática. Así, solo deberá declarar una vez, por lo general, ante la policía, y su testimonio será grabado. Únicamente testificarán en el juicio con carácter excepcional.

Derecho a ser oído: el niño tiene la posibilidad de denunciar sin estar acompañado de un adulto. Además, todo ciudadano que advierta indicios de violencia estará obligado a comunicarlo a las autoridades.

Negación del llamado síndrome de alienación parental (SAP): el SAP es aquel por el que se entiende que un progenitor, normalmente la madre, interfiere en los hijos en contra del otro progenitor, al que los niños acaban rechazando. De esta forma, ahora debe descartarse, sin detrimento de la violencia psicológica o manipulación que pueda proferirse por cualquiera de los progenitores sobre sus hijos, especialmente en situaciones de crisis familiar. Además, se prevé la privación de la patria potestad a los condenados por homicidio o maltrato.

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