Condenan a una pareja por tener en «semiesclavitud» a inmigrantes irregulares
Estas personas hacían trabajar a los inmigrantes sin contrato las 24 horas del día «sin descanso ni vacaciones»

Coche de la Policía Nacional, en foto de archivo. | EP
La Audiencia de Málaga ha condenado a una pareja por tener empleados a inmigrantes irregulares en España en condiciones «de semiesclavitud» e «infrahumanas, con jornadas agotadoras». Los ahora condenados, que eran pareja, utilizaban sus empresas, con actividad real, y una asociación para ayuda a inmigrantes para llevar a cabo estos hechos, según la sentencia de la Sección Octava, a la que ha tenido acceso EFE.
En los hechos probados se destaca que los acusados, entre 2022 y 2023, facilitaban a los afectados otras identidades de otros trabajadores, también extranjeros, que se encontraban en situación legal en España, para que pudieran permanecer en el país y trabajar. «Una documentación verdadera pero utilizada de forma mendaz, ante las autoridades policiales y laborales», se señala en la sentencia.
En el relato condenatorio se indica que los procesados implantaron condiciones de trabajo «draconianas, contrarias a toda la legislación laboral española» a distintas personas y se aprovecharon de que carecían en ese momento de documentación que les permitiera trabajar en España, al encontrarse en situación irregular y bajo la promesa de regularizar su situación, lo que nunca ocurrió.
El Tribunal señala que se aprovechaban de la situación de estas personas y los hacían trabajar para ellos sin contrato, sin asegurar y en condiciones de «semiesclavitud», estando «sin descanso ni vacaciones, 24 horas».
En la sentencia se subraya que los acusados sabían que estas personas necesitaban el empleo y menciona a una de ellas que trabajaba como vigilante de obra en distintas provincias de Málaga en condiciones de semiesclavitud. A cambio de 800 euros al mes, debía permanecer, sin descanso ni vacaciones, 24 horas en la obra, en la que pernoctaba, comía y dormía encima de unos cartones, sin poder abandonarla.
A estas personas también se les advertía de que, si iba un inspector mientras trabajaban, les tenían que decir que habían ido a ver a un amigo para no ser descubiertos. La Sala considera probado que los acusados además alquilaron un piso y tenían empadronadas hasta quince personas y alquilaban habitaciones a algunos de sus trabajadores, que vivían allí «hacinados».
Al hombre se le condena por los delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros; contra los derechos de los trabajadores, también con imposición de condiciones laborales abusivas, y falsificación en documentos mercantiles y oficiales, todos con carácter continuado, y se le impone cuatro años y nueve meses de prisión. A la mujer se le condena por un delito, también continuado, contra los derechos de los trabajadores a 21 meses de cárcel. Esta sentencia es firme y no se puede recurrir después de un acuerdo de conformidad de los acusados con la Fiscalía de Málaga.
