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Declaración de la Renta 2022: ¿cómo se calcula el IRPF?

El IRPF constituye un adelanto que los ciudadanos hacen a la Administración de Hacienda a previsión de lo que luego tendrán que abonar en la declaración

Declaración de la Renta 2022: ¿cómo se calcula el IRPF?

A la hora de hacer la declaración de la renta es importante poner especial atención en la nómina. | Cézaro de Luca

La campaña de la renta 2021-2022 dará comienzo el próximo 6 de abril. La Agencia Tributaria ya ha sentado las bases para el que será el calendario contribuyente de esta campaña, que se presenta con la novedad de la subida del IRPF para los contribuyentes que presenten una renta superior a 300.000 euros o un patrimonio de más de 10 millones. Los españoles se preparan para la presentación de la declaración de la renta De acuerdo con la normativa fiscal, están obligados a presentar la declaración ante Hacienda, un trámite que deberán realizar todos aquellos contribuyentes que se beneficien de rentas superiores a las 22.000 euros anuales por rendimientos de trabajo.

A la hora de hacer la declaración de la renta es importante poner especial atención en la nómina. Hacienda, de cara a cuantificar las retenciones, tiene en cuenta aspectos como la situación personal salarial o el tipo de contrato. En concreto, es aconsejable fijarse en la retención del importe del Impuesto sobre Personas Físicas, el IRPF.

Fechas. ¿Cuáles son las fechas clave para la presentación de la declaración de la renta?

¿Qué es el IRPF?

El IRPF es una especie de adelanto que los ciudadanos hacen a la Administración de Hacienda a previsión de lo que luego tendrán que abonar en la declaración. Esta es la manera que tiene el Estado de financiar sus gastos e inversiones. Una vez realizada la tramitación de la renta, al haber adelantado buena parte del dinero, se pueden dar dos situaciones: por un lado, si sale a pagar porque se ha retenido menos dinero de la cuenta, la cantidad a abonar será mucho menor; mientras que, si se ha retenido una mayor cantidad económica de la nómina durante el año, Hacienda devolverá la diferencia al tramitar el IRPF.

El IRPF es un impuesto progresivo, que va aumentando según crecen los ingresos. Para saber calcular el IRPF, es fundamental saber distinguir entre base imponible y base liquidable. La primera constituye la cantidad sobre la que posteriormente se aplica el impuesto, recoge así todos los rendimientos del contribuyente , tanto los ingresos como las ganancias patrimoniales. Sin embargo, la base liquidable resta a cada total las reducciones a la que tiene derecho el contribuyente como, por ejemplo, el mínimo familiar, que constituye el mínimo anual de ingresos que ha de recibir una unidad familiar.

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¿Cómo se calcula en función de la renta?

Para conocer cuánto nos corresponde pagar y cuánto dinero nos va a retener Hacienda, es muy útil acceder a las tablas del IRPF. Estas nos ofrecen una idea de la cantidad general que la empresa retiene del asalariado, teniendo en cuenta no solo el volumen salarial, sino también circunstancias personales o familiares. En la tabla se reflejan los tramos de IRPF aplicados sobre el salario .

Base Imponible – Tipo a aplicar

  • Desde 0 hasta 12.450 euros anuales – 19%
  • Desde 12.450 hasta 20.200 euros anuales – 24%
  • Desde 20.200 hasta 35.200 euros anuales – 30%
  • Desde 35.200 hasta 60.000 euros anuales – 37%
  • Desde 60.000 hasta 300.000 euros anuales – 45%
  • A partir de 300.000 euros anuales – 47%

Otros aspectos a tener en cuenta: situación personal y salarial

A la hora de hacer la declaración de la renta, Hacienda también tiene en cuenta la situación personal, en aspectos como el estado civil, edad, hijos, personas mayores o con discapacidad a su cargo, etc. Para ello se toma como referencia el mínimo personal y familiar, de manera que las personas con hijos u otras personas a su cargo pagarán menos.

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Mínimo del contribuyente

  • General: 5.500 euros
  • Más de 65 años: 5.500 + 1.150 euros
  • Más de 75 años: 5.500 + 1.150 + 1.400 euros

Mínimo por descendientes

  • 1 descendiente: 2.400 euros
  • 2 descendientes: 2.700 euros
  • 3 descendientes: 4.000 euros
  • 4 o más descendientes: 4.500 euros

En caso de que los descendientes sean menores de 3 años se incrementará la cifra en 2.800 euros.

Mínimo por ascendientes

  • Mayores de 65 años o con discapacidad: 1.150 euros
  • Mayores de 75 años: 1.150 + 1.400 euros
La web de la Agencia Tributaria cuenta con un simulador para calcular tanto el tipo de retención del IRPF como el resultado final. Foto: Gustavo Valiente.

Herramientas para calcular el IRPF

Existen muchas herramientas que nos permiten calcular, de forma online, la retención de nómina que se hace por parte de la empresa. Precisamente, la propia web de la Agencia Tributaria cuenta con un simulador para calcular tanto el tipo de retención (porcentaje) como el resultado final. Para ello tan solo es necesario rellenar los datos personales y detallar aspectos sobre la situación familiar y laboral, así como aportar datos económicos.

¿Quién tiene que hacer la declaración de la renta?

Están obligados a presentar la declaración de la renta en 2022 todas aquellas personas que hayan ingresado más de 22.000 euros en el curso del pasado año procedentes de un único pagador o 14.000 euros en el caso de varios pagadores.

En cuanto a ganancias patrimoniales y rendimientos de capital inmobiliario, no tendrán que presentar la declaración aquellos contribuyentes cuyos rendimientos no superen la cantidad de 1.600 euros anuales.

Fechas clave en la campaña de la renta 2021-2022:

Estas son las fechas clave que debes tener en cuenta de cara a la presentación de la declaración de la renta de 2021/2022:

  • 6 de abril de 2022: arranca el plazo para presentar por internet las declaraciones de renta y patrimonio relativas al ejercicio de 2021.
  • 3 de mayo de 2022: inicio del plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración por teléfono.
  • 5 de mayo de 2022: arranca el plazo para realizar la declaración de la renta 2021 por teléfono.
  • 26 de mayo de 2022: empieza el plazo para solicitar cita previa para hacer la declaración de forma presencial.
  • 1 de junio de 2022: se abre el plazo para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 27 de junio de 2022: expira el plazo para presentar declaraciones de la renta de forma ‘online’ si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 29 de junio de 2022: último día para pedir cita previa para realizar la declaración de la renta por teléfono o en una oficina de la Agencia Tributaria.
  • 30 de junio de 2022: fecha en la que finaliza el plazo para presentar de manera presencial, por internet o por teléfono las declaraciones de renta y patrimonio, siempre que sea con resultado a devolver, renuncia a la devolución o resultado negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
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