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Los ricos de Andalucía y Madrid pagarán menos impuestos por un error del Gobierno

El Ejecutivo ha evitado que este nuevo impuesto se le considere confiscatorio sorteando la doble imposición sobre el mismo hecho imponible que el Impuesto sobre el Patrimonio

Los ricos de Andalucía y Madrid pagarán menos impuestos por un error del Gobierno

La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero. | EP.

Un error en el impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas (ISGG) con efectos retroactivos rebaja sustancialmente la cuota a contribuyentes que residen en Andalucía, Madrid y Galicia, donde el Impuesto de Patrimonio (IP) está bonificado parcial o totalmente.  

El Gobierno ha evitado que este nuevo impuesto se le considere confiscatorio sorteando la doble imposición sobre el mismo hecho imponible que el Impuesto sobre el Patrimonio. Así, de la cuota del ISGF se deduce la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio satisfecho euro por euro. Esto sólo aplica en aquellas CCAA donde el IP no está bonificado. Es decir, no en Madrid y Andalucía, con una bonificación de este tributo del 100%, y parcialmente en Galicia, donde la bonificación es del 50%, explica el portal idealista.com, que asegura también la ley que regula el ISGF no solo establece un límite con el IP, sino también con el IRPF.

«A efectos de la aplicación del límite conjunto de los tres impuestos es como si los andaluces, madrileños y gallegos hubieran soportado el Impuesto sobre el Patrimonio sin bonificar. La bonificación opera sobre la cuota íntegra y no sobre otra cosa distinta: la cuota líquida o cuota bonificada», recuerda Ignacio Acosta en idealista.com. «Una cuota del Impuesto sobre el Patrimonio no pagada ocupa un espacio dentro del 60% de la base imponible del IRPF que es el que debería ocupar el de las Grandes Fortunas, que será el que resultará afectado por el límite, y ello en muchos casos lo reducirá en un 80%», sentencia el abogado fiscalista. Con lo que sólo pagarán el 20% del ISGF. 

El Impuesto a las grandes fortunas entró en vigor hoy 30 de diciembre de 2022 tras su publicación el miércoles 28 en el BOE, lo que permitirá gravar ya el ejercicio 2022 y empezar a recaudar en 2023.

La intención de Hacienda es que la recaudación de estos impuestos tenga efectos ya desde 2023 (teniendo en cuenta los ingresos de 2022) y se ingrese también en 2024.

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