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Economía

Un tercio de los empleados públicos tiene un contrato temporal pese a la reforma de 2021

El TJUE advierte de que las medidas que aplica España no sancionan el abuso ni corrigen la precariedad

Un tercio de los empleados públicos tiene un contrato temporal pese a la reforma de 2021

Cerca de un millón de empleados públicos tiene un contrato temporal o interino. | EP

España mantiene un volumen elevado de empleo público en situación de temporalidad pese a la reforma aprobada en 2021 para reducirla. Los últimos datos oficiales sitúan el total de efectivos en torno a 3,1 millones, el máximo histórico, con cerca de un millón de trabajadores con contratos temporales. Esto equivale a cerca de un 32% en el conjunto de las administraciones, según los datos del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

El incremento del empleo público registrado en los últimos años no ha ido acompañado de una reducción significativa de la temporalidad, según las cifras analizadas por THE OBJECTIVE. El aumento de plantillas, concentrado principalmente en sanidad y educación bajo gestión autonómica, ha permitido cubrir necesidades estructurales, pero ha mantenido una elevada dependencia de figuras temporales. La temporalidad no responde únicamente a picos de demanda o sustituciones, sino que se ha consolidado como un elemento estructural en la organización del sector público.

La temporalidad no se distribuye de forma homogénea dentro del sector público y se concentra especialmente en comunidades autónomas y entidades locales. En el conjunto de las Administraciones, el empleo temporal roza el millón de personas, con unos 700.000 funcionarios interinos y cerca de 300.000 laborales temporales. La Administración General del Estado presenta niveles más bajos, pero en este caso el gran problema es el envejecimiento de la plantilla.

Funcionarios interinos y empleados temporales

Sobre este contexto se pronuncia el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha analizado el modelo español tras una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo. La máxima autoridad judicial europea concluye que las medidas utilizadas en España para responder al abuso de la temporalidad no cumplen con el Derecho de la Unión al no ser eficaces, proporcionadas ni disuasorias, lo que implica que no garantizan una corrección real de la situación.

La resolución examina de forma específica los principales instrumentos del Gobierno español para reducir la temporalidad en el sector público. En primer lugar, la figura del indefinido no fijo no elimina la precariedad, ya que mantiene la relación laboral condicionada a la cobertura futura de la plaza o a su eventual amortización. Esta situación prolonga la incertidumbre del trabajador y no corrige las consecuencias derivadas de la utilización abusiva de contratos temporales durante largos periodos.

El tribunal también cuestiona la suficiencia de las indemnizaciones tasadas previstas en el sistema español. Así, destaca que compensaciones como la de 20 días por año trabajado no garantizan una reparación íntegra del perjuicio ni actúan como mecanismo disuasorio frente a prácticas abusivas, especialmente en casos en los que la temporalidad se ha prolongado durante años en puestos estructurales.

Conversión en fijos

La tercera vía analizada son los procesos de estabilización impulsados a partir de la Ley 20/2021. Estos procedimientos, basados en concursos y oposiciones, han permitido regularizar un volumen relevante de plazas, pero no aseguran una solución individual para quienes han sufrido el abuso. La participación en procesos abiertos no garantiza el mantenimiento del puesto ni compensa automáticamente la situación previa.

El TJUE no impone una solución única, pero sí establece una exigencia clara: si el ordenamiento interno no contempla la conversión automática en fijo, debe ofrecer medidas alternativas que sean efectivas para sancionar el abuso y eliminar sus consecuencias. La conclusión es que el modelo español, en su configuración actual, no alcanza ese estándar, lo que deja margen para una revisión del marco normativo y de la interpretación judicial.

El impacto de la sentencia se proyecta sobre el Tribunal Supremo, que deberá resolver el caso concreto aplicando los criterios fijados por Luxemburgo. Esta obligación limita la validación automática de las soluciones utilizadas hasta ahora y puede influir en la resolución de futuros litigios en materia de empleo público.

El futuro escenario

La decisión también cuestiona la eficacia de la estrategia legislativa adoptada en 2021. La reforma se diseñó con el objetivo de reducir la temporalidad hasta niveles cercanos al 8%, en línea con los compromisos europeos, pero los datos actuales muestran que ese objetivo no se ha alcanzado. La persistencia de tasas elevadas indica que el problema no se ha resuelto en términos estructurales.

El escenario que se abre tras la sentencia del Tribunal de Justicia europeo combina presión jurídica e incertidumbre normativa. Por un lado, se prevé un aumento de reclamaciones por parte de empleados públicos que cuestionen las soluciones aplicadas. Por otro lado, se refuerza la necesidad de adaptar el marco legal a las exigencias del Derecho de la Unión, lo que podría implicar cambios en las fórmulas de acceso, estabilización y compensación.

La evolución reciente del empleo público muestra así una dualidad persistente. Mientras el número de efectivos alcanza niveles récord, la temporalidad continúa siendo un aspecto muy relevante del sistema, lo que plantea un desafío en términos de estabilidad, eficiencia y cumplimiento normativo. El pronunciamiento del tribunal europeo introduce un criterio que obliga a replantear las bases sobre las que se ha construido la respuesta al abuso de la contratación temporal en las administraciones públicas.

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