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Los líderes del 'procés' podrán volver a las listas electorales con la reforma del delito de sedición

Los expertos denuncian la «hipocresía legislativa» y discuten que sirva para homologar las penas con otros países europeos, donde son más altas

Los líderes del ‘procés’ podrán volver a las listas electorales con la reforma del delito de sedición

Oriol Junqueras en un acto de ERC. | Lorena Sopena (Europa Press)

Los líderes del procés condenados podrían presentarse a las elecciones del próximo año. Para eso hace falta una reforma del delito de sedición que deje sin efecto las penas de inhabilitación. La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, anunciaba este jueves desde la tribuna del Congreso la predisposición del Gobierno a llevar a la Cámara un proyecto para «homologarlo a los estándares europeos». Los expertos consultados por THE OBJECTIVE afirman que los correctivos son mayores en varios países del continente. Sostienen que la reforma es innecesaria y que supone «una hipocresía legislativa».

Montero se refirió a la reforma que exige ERC durante el debate de los Presupuestos. Hace una semana, la ministra de Justicia, Pilar Llop, desligó ambas cuestiones. Sin embargo, la titular de Hacienda ha insistido en que se trata de un compromiso de Pedro Sánchez. Una situación que ha llevado al PP a romper las negociaciones para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) porque «es una incongruencia pactar el reforzamiento del Estado de derecho al mismo tiempo que se pacta con otros partidos desprotegerlo».

El delito de sedición fue reformado en 1995 y está detallado entre los artículos 544 y 549 del Código Penal. Los castigos para sus autores fluctúan entre los ocho y diez años de prisión. Se elevan hasta 15 si son personas con autoridad pública, como sucede en la mayoría de los condenados por el procés. Como prevé la norma, se les impuso también una inhabilitación absoluta de la misma duración que las penas de cárcel que les impide ejercer cargo público.

El principio de retroactividad

«El indulto ya les sacó de la cárcel. El objetivo de la reforma es rebajar las penas de inhabilitación y facilitar que puedan presentarse a las elecciones», sostiene el abogado Pere Lluis Huguet. En su opinión, una vez que se haya realizado el cambio legislativo los condenados pedirán al Tribunal Supremo que les aplique el principio de retroactividad de la ley más favorable al reo. «Muchos de los procesados ya habrían cumplido la pena», subraya Huguet, que ocupó diversos cargos públicos con Ciudadanos.

Un escenario que confirma José Antonio Tuero, socio director de Penal en Martínez-Echevarría Abogados. Este prestigioso letrado reconoce que se trata de una reforma política hecha a medida de los independentistas. En su opinión, los cambios legales no tendrían efecto sobre las penas de prisión, pero rebajaría las condenas de inhabilitación y permitiría a los líderes condenados a a formar parte de nuevo de las candidaturas electorales. Sin embargo, no resultará tan fácil.

El Gobierno dispone de dos fórmulas para reformar el delito de sedición. Puede hacerlo a través de un proyecto de ley, para lo que necesitaría pedir informes al Consejo de Estado, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y al Consejo Fiscal. No son vinculantes, pero supondría retrasar el inicio de la tramitación parlamentaria hasta primavera, con la elecciones municipales a la vuelta de la esquina.

Puigdemont, condenado por sedición, en un acto de su partido en Francia. | Foto: Gloria Sánchez (EP)

Los dirigentes socialistas dudan que se aborde la reforma de inmediato porque, aunque beneficie sus intereses en Cataluña, supondría otorgar «munición electoral» al PP en el resto de territorios. La reforma ya quedó en agua de borrajas en 2020, cuando Sánchez aseguró que no se demoraría en exceso. El informe que elaboró el entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se guardó en un cajón. La otra alternativa para sacar adelante la reforma es incluir una enmienda en una ley orgánica, cuya aprobación necesita tres quintos de la Cámara.

Sánchez argumentó la semana pasada en Bruselas que no disponía de una mayoría parlamentaria para plantear la reforma, aunque sus socios de investidura han mostrado predisposición para sacarla adelante. En ese caso, el Ejecutivo contaría con una mayoría sobrada de al menos 180 votos. El portavoz de ERC en el Congreso, Joan Margall, aludió en el debate de los Presupuestos a la necesidad de avanzar en la «desjudicialización» del conflicto catalán y superar el referéndum ilegal de 2017.

El Ejecutivo dio el primer paso en junio del año pasado, cuando aprobó un indulto parcial para los condenados del procés «para abrir un nuevo tiempo de diálogo». Los independentistas creen que el siguiente es reformar los artículos del Código Penal que hacen referencia al delito de sedición. No todos lo creen así. Junts per Catalunya, la formación que dirige el expresidente catalán Carles Puigdemont, fugado a Bélgica para eludir a la Justicia por su participación en el proceso separatista, lo considera «migajas».

«Una amnistía»

La intención de los socialistas es reducir las penas previstas para la sedición, aunque no a la mitad, como se ha aireado estos días. «No habrá escuchado en ningún momento que este Gobierno haya hecho un pronunciamiento similar», respondió Llop a un senador de Ciudadanos durante la sesión de control en la Cámara Alta. La ministra de Justicia indicó que la regulación de esta conducta «ha dejado de estar ajustada con el modo en que hoy día se comente estos delitos contra el orden público y contra el orden constitucional».

Alfredo Arrién, penalista de Paredes & Asociados, indica que la intención del Gobierno es realizar «una amnistía» a través de la reforma del delito de sedición. En su opinión, ya existen atenuantes en el Código Penal para reducir las penas según el grado de intervención. Arrién sostiene que con la normativa actual las condenas pueden rebajarse hasta dos grados, lo que implica varios años menos de condena.

«El delito de sedición fue muy bien planteado por los legisladores, porque incluyeron en ese supuesto todo aquello que no era rebelión, que se recoge en el artículo 472 del Código Penal. Este último conlleva cierto grado de violencia, mientras que la sedición no, aunque afecta a la autodeterminación», insiste Arrién.

Los expertos afirman que el Gobierno justifica la reforma explicando que en España el delito de sedición está excesivamente penado, algo que no comparten. «No podemos hacer una comparativa nominalista en los diferentes códigos penales, sino de conductas parecidas. En unos países existen penas inferiores y en otras superiores. En EEUU, por ejemplo, la sedición se considera un delito de alta traición y lleva aparejada la pena de muerte», sostiene el abogado Pere Lluis Huguet.

Cadena perpetua en Alemania

En los países de nuestro entorno las penas por los delitos por los que fueron condenados los líderes del procés son similares e incluso superiores. Así se desprende del informe que redactó la Sala Penal del Tribunal Supremo para oponerse a los indultos de los independentistas. El documento especifica que Alemania castiga con cadena perpetua aquellas acciones que busquen «socavar el orden constitucional».

En Francia, «los ataques a los intereses fundamentales de la nación» se pena con cadena perpetua, mientras que en Italia no bajan de los 12 años de cárcel. En Bélgica, «el atentado que tenga por objeto destruir o cambiar la forma de Gobierno o el orden de sucesión al trono» se castiga de 20 a 30 años y, en Portugal, de 10 a 20 años.

Los penalistas consultados no consideran necesario reformar las penas por delito de sedición. Arrién lo relaciona con la necesidad del Gobierno de sumar apoyos a los Presupuestos, que incluyen fondos europeos.

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