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Juan Carlos I se escuda en el CNI para defender su inmunidad ante la justicia británica

Los abogados del rey emérito han asegurado que la implicación del CNI en el supuesto acoso significa que eran «actos soberanos»

Juan Carlos I se escuda en el CNI para defender su inmunidad ante la justicia británica

El rey emérito Juan Carlos I sale de la casa de Sanxenxo (Pontevedra) camino de Madrid | Álvaro Ballesteros

La estrategia legal de Juan Carlos I en el Reino Unido parece pasar por utilizar las palabras de Corinna Larsen contra ella misma. Los abogados del Rey emérito han defendido este martes, durante una vista celebrada en la Corte de Apelaciones de Inglaterra y Gales, que si su ex ‘amiga íntima’ implica al CNI en el acoso que dice haber sufrido por parte del monarca, eso justifica su inmunidad: el hecho de que los servicios secretos del Estado intervinieran implica que eran «actos soberanos» que estarían amparados por esta cobertura legal.

Así lo ha plasmado uno de los abogados de Don Juan Carlos en un largo alegato de unas dos horas y media en el que se ha agarrado a las «acusaciones específicas» relatadas por Larsen en su demanda ante los tribunales británicos que describen dos pasajes concretos: una visita que le habría hecho en el entonces jefe del CNI Félix Sanz Roldán en Londres y un registro que agentes del CNI habrían llevado a cabo en su vivienda de Mónaco.

El letrado ha razonado que, si según la versión de Larsen el CNI la acosó en una «misión encubierta» orquestada por Sanz Roldán supuestamente por mandato del entonces rey, se trataría de un caso «clásico» de «actos soberanos» que están amparados por la inmunidad. Y ello, independientemente, de que dichos actos pudieran suponer un «abuso de poder» por parte de los agentes estatales implicados en ellos, ha subrayado el abogado del ex jefe de Estado citando abundante jurisprudencia al respecto.

El representante legal de Larsen, por su parte, en una intervención de unos 45 minutos que se ha visto cortada por un receso de una hora, ha incidido en que el antiguo monarca solo estaría protegido por la inmunidad en el caso de que dichos actos hubieran sido en interés «oficial», esto es, del Estado español, si bien en este caso ha argumentado que lo habrían sido en un mero interés personal, en beneficio propio.

Hasta la abdicación

El objetivo de esta vista, que continuará a partir de las 15.00 (hora española), es que las partes expongan sus argumentos respecto a la decisión adoptada el pasado 24 de marzo por el juez Matthew Nicklin de no reconocer inmunidad ninguna al rey emérito.

El 18 de julio, los magistrados británicos autorizaron a los abogados de Don Juan Carlos a recurrir la decisión de Nicklin, pero ya acotaron que solo respecto a los hechos transcurridos entre 2012 y 2014, cuando aún era jefe de Estado, ya que entendieron que en los hechos que habrían tenido lugar después de la abdicación el juez británico estuvo acertado al no apreciar inmunidad.

La empresaria fija el marco temporal del presunto acoso entre 2012 y 2020. De acuerdo con la demanda, Juan Carlos I la habría acosado después de que ella pusiera fin a la relación que habían mantenido. Primero para procurar que la retomaran y después a modo de venganza para perjudicarla en sus negocios.

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