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Fiscalía y Abogacía avisan que la imputación de Plus Ultra no es válida porque fue fuera de plazo

La compañía sostuvo que la decisión del Juzgado se realizó fuera del plazo de investigación, que caducó el pasado 8 de mayo al cumplirse un año de la presentación de la querella

Fiscalía y Abogacía avisan que la imputación de Plus Ultra no es válida porque fue fuera de plazo

Un avión de Plus Ultra. | EP

La Fiscalía y la Abogacía del Estado han respaldado a Plus Ultra y han avisado a la juez que investiga las presuntas irregularidades en la concesión de la ayuda pública de 53 millones de euros que la imputación de la aerolínea no es válida porque se acordó fuera de plazo, dado que la causa venció el pasado 8 de abril.

En sendos escritos, a los que ha tenido acceso Europa Press y ha sido adelantado por Vozpópuli, el Ministerio Público y los servicios jurídicos del Estado han defendido que de celebrarse la declaración del representante legal de la compañía sería nula.

Acusaciones y defensas se han pronunciado después de que la juez les emplazara a presentar sus alegaciones sobre el recurso que presentó la aerolínea contra su decisión de imputarle y citar a declarar a su representante legal. La titular del Juzgado de Instrucción Número 15 de Madrid suspendió el interrogatorio previsto para el pasado 15 de junio para estudiar lo que las partes tenían que decir y decidir si sigue adelante con la imputación o no.

La compañía sostuvo que la decisión del Juzgado tuvo lugar fuera del plazo de investigación, que caducó el pasado 8 de mayo al cumplirse un año de la presentación de la querella de Manos Limpias que dio origen al procedimiento. En 11 folios, insistió en que la imputación era «inválida» y que de practicarse sería «nula» porque la juez no acordó prorrogar la fase de investigación. Aprovechó y pidió de nuevo el archivo del procedimiento.

La Fiscalía, que ha recordado que ha pedido el archivo de la causa en varias ocasiones al no ver indicio de delito «sino meras divergencias interpretativas y contables», se ha mostrado «conforme con la tesis» de Plus Ultra por «haberse acordado la diligencia fuera de plazo».

La Abogacía del Estado –que ejerce la defensa del entonces presidente en funciones de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), Bartolomé Lora, y los miembros del Consejo de Administración– ha subrayado que el procedimiento se abrió el 8 de abril de 2021 y que transcurridos los 12 meses «no ha sido acordada la prórroga» y «no restan más diligencias que practicar» por lo que, a su juicio, corresponde cerrar la instrucción.

«Debemos concluir la necesidad de decretar el sobreseimiento y archivo de la presente causa, cuando de las diligencias prácticas no se ha hallado indicio alguno para llamar como investigados ni acordar la declaración en tal condición de mis defendidos», ha señalado.

PP, Vox y Manos Limpias

La acusación popular que ejerce Manos Limpias -que fue quien presentó la querella que dio origen al procedimiento– ha coincidido con Plus Ultra en que su imputación se ha acordado fuera de plazo. Sin embargo, en el escrito al que ha tenido acceso esta agencia, ha solicitado al Juzgado que se acuerde la imputación «como mera diligencia complementaria».

Ha solicitado, además, que indistintamente de que se tome declaración o no al representante legal de la compañía se dicte auto de transformación a procedimiento abreviado para poder enviar luego el caso a juicio.

La acusación popular que ejerce el PP, por su parte, ha concluido que la declaración en calidad de investigada «debe admitirse y considerarse válida», según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press. Ha asegurado que dada la «particular naturaleza de esta diligencia se debe admitir su práctica, aun habiendo sido acordada tras expirar el plazo» previsto en la ley que, según han destacado, «es susceptible de ser prorrogado por un nuevo periodo de seis meses».

En un escrito al que también ha tenido acceso esta agencia, Vox –que ejerce acusación popular en la causa– ha incidido en que «no cabe entender de que del hecho de que no se haya practicado la declaración de investigado se deba proceder, automáticamente, a acordar el sobreseimiento».

En este sentido, ha explicado que la declaración de Plus Ultra «puede acodarse aun siendo extemporánea, precisamente, por ser una garantía para los derechos del investigado» y porque puede acordarse como «diligencia complementaria». A su juicio, archivar el procedimiento supondría una «extralimitación».

Tras la presentación de los escritos por parte de todas las acusaciones y defensas, queda pendiente que la juez Esperanza Collazos se pronuncie sobre el destino de la investigación.

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