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Tribunales

La Audiencia de Madrid avala que se tilde a los Testigos de Jehová como «secta destructiva»

Los magistrados insisten en que prevalece la libertad de expresión sobre el derecho al honor de la organización religiosa

La Audiencia de Madrid avala que se tilde a los Testigos de Jehová como «secta destructiva»

Testigos de Jehová en una asamblea en Madrid. | EFE

La sección número 21 de la Audiencia Provincial de Madrid ha avalado una sentencia previa de un juzgado de Torrejón de Ardoz de finales de 2023, en la que se desestimó una demanda interpuesta por la representación procesal de Testigos Cristianos de Jehová de España contra la asociación española de víctimas de esa confesión religiosa. Los magistrados consideran también ahora que el derecho a la libertad de expresión para considerarla «secta destructiva» prevalece por encima del derecho al honor de dicha confesión.

Los Testigos de Jehová es una confesión religiosa cristiana que en España fue reconocida en 1970. Desde 2006 tiene la condición de religión de «notorio arraigo» en España por cumplir con los requisitos establecidos en la ley. Por su parte, la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová fue inscrita en el registro de asociaciones en 2020.

Los jueces de la Audiencia de Madrid confirman «íntegramente» en apelación la desestimación de la demanda interpuesta por los Testigos de Jehová de España contra la mencionada asociación. La resolución consolida un criterio jurídico «de especial trascendencia», a juicio de Bardavío Abogados, el despacho contratado por los querellados. En concreto, «la prevalencia de los derechos fundamentales a la libertad de expresión y de información frente al derecho al honor, en el contexto de un debate de evidente interés público, con implicaciones que trascienden el ámbito nacional».

La sentencia declara «de forma expresa» que no ha existido vulneración del derecho al honor al prevalecer los derechos a la libertad de expresión e información, tal y como reflejó la titular del juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz, Raquel Chacón, que analizó en 2023  las acusaciones y los supuestos abusos que sufrieron antiguos miembros de esta confesión religiosa.

La juez estimó que las afirmaciones de estas personas constituían una «crítica legítima de determinados comportamientos generalizados llevados a cabo por la confesión religiosa de Testigos de Jehová, no solo en España, sino también en el extranjero». Unos términos que causaron «perplejidad» entre los líderes de la citada confesión.

Y añadió que «solo los movimientos de fieles, o de antiguos fieles, de toda religión, que denuncian públicamente abusos de carácter espiritual o tropelías sexuales o de todo orden, discriminaciones o tratos degradantes, irregularidades, etc., pueden conseguir que vayan desapareciendo».

Aquella primera sentencia de diciembre de 2023 subrayó que la calificación de «secta destructiva» que se hacía desde la asociación debía considerarse «amparada por la libertad de expresión, a pesar de ser molesto o hiriente», al tiempo que añadió que los preceptos de los Testigos de Jehová «pueden estimarse en nuestros días como un control excesivo sobre la vida de los fieles» ya que, en su opinión, incluyen «insistencia por conocer detalles de ciertas relaciones, sentimentales o no, desconfiar de los testimonios o la obligación de consultar primero a los ancianos, respetando un estricto sistema jerárquico», que demuestra la existencia de «un ambiente de supervisión insistente» sobre sus seguidores.

La magistrada también avaló el uso del término «víctima» para referirse a las personas que se han sentido violentadas puesto que eran «numerosísimas» las personas que aseguraban haber sufrido «muchos daños a consecuencia de su experiencia como fieles de una confesión religiosa, y prohibir este término en la denominación de la Asociación sería una censura injustificada para estas personas que emiten libremente su opinión a raíz de vivencias en primera persona».

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