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¿Qué ocurrirá con los menores detenidos por la muerte de su madre en Castro Urdiales?

Uno de ellos es inimputable y el otro ha sido internado en régimen cerrado durante seis meses

¿Qué ocurrirá con los menores detenidos por la muerte de su madre en Castro Urdiales?

La madre asesinada presuntamente a manos de sus hijos en Cantabria. | TO

Después de la detención de dos menores de 13 y 15 años tras hallar muerta a su madre de 48 años en Castro Urdiales (Cantabria), surgen dudas sobre cuál es el papel de los servicios sociales y qué ocurre con los menores cuando se ven implicados en hechos delictivos.

En el caso del suceso de Castro Urdiales, uno de ellos es inimputable y el otro ha sido internado en régimen cerrado durante seis meses de forma cautelar por decisión del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander, pero ambos quedaron a cargo del Instituto Cántabro de Servicios Sociales (Icass). El Icass es la entidad pública de la que depende la protección y reforma de los menores en Cantabria, así como la encargada de ejecutar las sentencias y los autos que les afectan, ya que es la titular de los centros de cumplimiento de medidas judiciales.

«Cuando hablamos de menores, no son penas, se habla de medidas», subraya en una entrevista con EFE la subdirectora general de Infancia, Adolescencia y Familia del Icass, María del Carmen Arce de la Torre. Arce explica que la labor del Icass, en el caso de menores con responsabilidad penal, es asumir su «reforma», mientras que en el caso de los inimputables el instituto trabaja en su «protección».

 Menores con responsabilidad penal

Cuando las sentencias o autos de los jueces afectan a menores con responsabilidad penal, el Instituto se encarga de ejecutar las medidas, bien sean un internamiento, la convivencia en un grupo educativo, asistencia en un centro de día o prestaciones en beneficio de la comunidad, entre otros. En todos los casos, se asume una medida que es «sancionadora educativa», lo que implica que el Icass debe trabajar con el menor con un programa individualizado aprobado por el juez, en el que se establecen unos objetivos.

Este programa recoge metas en el ámbito de la vida del menor, ya sea en el aspecto social, familiar, en su futuro laboral o en el ámbito educativo. Y se trabajan los hechos delictivos en sí y la asunción de responsabilidad. «Que asuma conciencia de no volver a realizarlos cuando termine la medida y se responsabilice de los hechos cometidos», apunta la subdirectora.

Además, cuando se impone una medida de internamiento en régimen cerrado, incide Arce, los servicios sociales se tienen que asegurar de que los menores continúen con sus estudios y puedan seguir formándose, a pesar de que no pueden salir del centro.

 Menores inimputables

Los menores de 14 años son inimputables con arreglo a la ley de responsabilidad penal de los menores, por lo que los servicios sociales, en caso de que los niños se vean implicados en un delito, entran a trabajar con ellos a instancias del Ministerio Fiscal, pero siempre en el ámbito de su protección.

En estos casos, subraya Arce, pueden darse distintas situaciones respecto a los menores. La subdirectora relata que puede ocurrir que un Juzgado civil delegue la guarda en la entidad pública; que vuelva con su familia; o que los propios servicios sociales decidan asumir esa guarda. En este tipo de acontecimientos, el Icass lleva siempre a cabo una investigación sobre las circunstancias del menor, para analizar si se encuentra en una situación de desprotección.

Se tramita un expediente, se realizan averiguaciones, un informe social y si se cumplen los factores de desprotección, la entidad puede declarar al menor en una situación de desamparo y asumir su tutela. En el caso de que un menor esté en esta situación, se extingue la patria potestad de los padres y se adoptan las medidas de protección que «se considera adecuadas».

Esto incluye distintos tipos de recursos residenciales, como acogimientos, pero siempre, señala la subdirectora, teniendo en cuenta «las necesidades específicas» del niño y orientados a su protección. Por otro lado, «como ocurre con cualquier menor», subraya Arce, la familia tiene la posibilidad solicitar a la entidad pública que asuma la guarda porque no puede hacerse cargo de él. En este caso, el progenitor mantiene la patria potestad sobre su hijo, pero los servicios sociales son los responsables de garantizar su protección.

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