La violencia contra las mujeres: una herida abierta en los derechos humanos
«La expresión más extrema de esta violencia es el asesinato intencional de una mujer por el hecho de ser mujer»

La cara de una mujer. | Cuadernos FAES
La violencia contra las mujeres sigue siendo, por desgracia, un problema que afecta a los derechos fundamentales de casi un tercio de la población femenina en el mundo, e incluye tanto violencia física o sexual como psicológica y económica, así como sufrimientos, desigualdades y una larga lista de discriminaciones. A pesar de los avances sociales en los países más desarrollados, las tradiciones culturales y religiosas, el miedo a la denuncia y la impunidad legal siguen siendo obstáculos insalvables, especialmente en países con marcos jurídicos poco avanzados. Erradicar esta violencia contra las mujeres requiere un compromiso global para transformar las estructuras sociales, culturales y legales que la sostienen todavía en muchos Estados.
Introducción
La violencia contra las mujeres (VcM) no es un fenómeno aislado ni circunstancial. Se trata de una manifestación histórica de la desigualdad de poder entre hombres y mujeres, sostenida durante siglos por la creencia en una supuesta superioridad masculina. Durante mucho tiempo, esta violencia estuvo invisibilizada, tolerada o incluso legitimada, y sólo comenzó a ser cuestionada de manera sistemática gracias a iniciativas individuales que, con el tiempo, dieron lugar a movimientos organizados en defensa de la igualdad y la dignidad femenina.
Pocas voces y con poca influencia habían denunciado la injusticia y discriminación que implica la VcM antes del siglo XX. Hasta hace menos de un siglo, el ejercicio de la violencia contra las mujeres en el ámbito conyugal se consideraba normal o se toleraba con indiferencia en el mundo occidental, lo que permitía que los hombres se sintiesen legitimados a maltratar y someter a las mujeres. Se trataba de un comportamiento perfectamente arraigado en la mentalidad tanto de los hombres como de las mujeres. El maltrato de los hombres sobre las mujeres estaba considerado como algo propio de la esfera privada de la familia y, por lo tanto, no gozaba de la protección real de la ley. La situación en Occidente no era entonces muy distinta a la de hoy en día en otros países y otras culturas.
«Hasta hace menos de un siglo, el ejercicio de la violencia contra las mujeres en el ámbito conyugal se consideraba normal o se toleraba con indiferencia en el mundo occidental, lo que permitía que los hombres se sintiesen legitimados a maltratar y someter a las mujeres»
A finales del siglo XVIII, en el contexto de la Ilustración y la Revolución Francesa, Priscilla Wakefield proclamaba la necesidad de la independencia e individualidad de las mujeres, e instaba a que tuvieran acceso a la educación (Wakefield, 1789). Figuras como Olympe de Gouges, autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana (1791), y Mary Wollstonecraft, con su obra Vindicación de los derechos de la mujer (1792), sentaron las bases del pensamiento feminista moderno. Wollstonecraft sintetizó una reivindicación esencial que sigue hoy plenamente vigente al afirmar: «No deseo que las mujeres tengan poder sobre los hombres, sino sobre ellas mismas». A esta crítica se sumó décadas después John Stuart Mill. En su obra La esclavitud femenina (1869), Mill sostenía que la subordinación legal de un sexo al otro constituía «uno de los principales obstáculos para el progreso humano» y reclamaba su sustitución por un principio de igualdad plena, sin privilegios ni incapacidades basadas en el sexo.
Estados Unidos fue uno de los países adelantados en las luchas feministas. En 1848 tuvo lugar en Nueva York el primer gran encuentro de activistas, como Elizabeth Cady Stanton y Lucrecia Mott, que impulsaron y redactaron el primer documento colectivo en defensa de la Declaración de Seneca Falls sobre los derechos de la mujer. Con la llegada del siglo XX han sido distintos organismos e instituciones internacionales los que han desempeñado un papel clave en la lucha por visibilizar la VcM. En 1967, la Asamblea General de Naciones Unidas proclamó la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, que afirma que la discriminación contra la mujer es «fundamentalmente injusta y constituye una ofensa a la dignidad humana» (ONU, 1967). En 1979, la ONU aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). Se trata del instrumento internacional más extenso sobre los derechos de la mujer.
«Figuras como Olympe de Gouges, autora de la Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana (1791), y Mary Wollstonecraft, con su obra Vindicación de los derechos de la mujer (1792), sentaron las bases del pensamiento feminista moderno»
En 1995 se produjo un punto de inflexión fundamental con la celebración de la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer en Beijing, donde la violencia contra las mujeres fue reconocida explícitamente como una violación de los derechos humanos y como una barrera estructural para la igualdad. Desde entonces, la VcM se entiende no sólo como un problema social o privado, sino como una vulneración directa de derechos fundamentales, como el derecho a la vida, a la integridad física y mental, a la libertad y a la seguridad.
Una pandemia en la sombra
A pesar de los grandes avances conseguidos, la magnitud y extensión del problema sigue siendo sobrecogedora. Según datos de la Organización Mundial de la Salud y de ONU Mujeres, alrededor de 736 millones de mujeres –casi una de cada tres– han sufrido violencia física o sexual al menos una vez en su vida, sin incluir el acoso sexual. Esto implica que cerca de un tercio de las mujeres de 15 años o más experimentan algún tipo de violencia física y/o sexual a lo largo de su vida (ONU Mujeres, 2025). Lejos de ser un fenómeno circunscrito a determinadas regiones, la violencia contra las mujeres se produce en todos los países del mundo, sin excepción, y traspasa todas las edades, culturas, religiones, sistemas políticos y niveles socioeconómicos. En la mayoría de los casos, además, el agresor es la pareja actual o anterior de la víctima. Se estima que una de cada cuatro mujeres jóvenes que hoy tienen entre 15 y 24 años y han mantenido una relación íntima habrá sufrido violencia de género antes de cumplir los 25 años.
La expresión más extrema de esta violencia es el asesinato intencional de una mujer por el hecho de ser mujer, un crimen específico conocido como feminicidio. Las cifras evidencian la persistencia de este fenómeno a escala global: en 2025 fueron asesinadas una media de 137 mujeres y niñas cada día por sus parejas o familiares en el mundo; en el año 2021 se registraron 45 000 casos (UNODC/ONU Mujeres, 2022). Además, si bien hay más homicidios de varones que de mujeres, la diferencia más llamativa radica en el agresor: mientras que el 56 % de los asesinatos de mujeres se producen en el ámbito familiar o de pareja, sólo el 11 % de los homicidios de hombres ocurre en la esfera privada.
Hace ya casi cuatro décadas que Amartya Sen alertó sobre la magnitud de la VcM. No sólo de los asesinatos. Sen denunciaba que faltaban más de 100 millones de mujeres en el mundo como consecuencia de feminicidios, abortos selectivos por sexo, negligencia en los cuidados, suicidios forzosos de viudas y otras prácticas extremas de discriminación, resultado acumulado de desigualdades persistentes y sistemáticas (Sen, A. More Than 100 Million Women Are Missing).
La violencia contra las mujeres no se limita a las agresiones físicas o sexuales. Existen otras formas de violencia, menos visibles pero igualmente devastadoras, como la violencia psicológica y la económica. Todas ellas vulneran los derechos fundamentales de las mujeres y dejan secuelas profundas y duraderas en las víctimas. Desde una perspectiva ética, la humanidad se enfrenta hoy a un problema de dimensiones comparables a las grandes injusticias históricas que durante siglos fueron normalizadas, como la esclavitud.
Lo que las cifras no muestran
Aunque las cifras anteriores resultan estremecedoras, la realidad es aún más dramática. Los datos disponibles no reflejan la verdadera magnitud del problema, ya que una parte sustancial de la violencia contra las mujeres permanece oculta.
Una de las principales razones de esta infrarrepresentación es la falta de denuncia. Muchas agresiones físicas y sexuales no se denuncian, y la proporción es aún mayor en los casos de violencia psicológica y económica. El miedo a las represalias constituye el principal obstáculo. Cuando el agresor es consciente de que ha sido denunciado, la violencia puede intensificarse, manifestándose en amenazas, intimidaciones o agresiones dirigidas no sólo contra la mujer, sino también contra sus hijos o familiares. La denuncia, lejos de percibirse como una vía de protección, se convierte a menudo en un detonante de mayor riesgo.
Otras mujeres no denuncian no sólo por miedo, sino por los vínculos emocionales, psicológicos o económicos que las atan a su agresor. La dependencia financiera, el aislamiento social y el deterioro de la autoestima dificultan enormemente la posibilidad de abandonar la relación violenta.
«En 1979, la ONU aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW). Se trata del instrumento internacional más extenso sobre los derechos de la mujer»
A ello se suman normas sociales, culturales o religiosas profundamente arraigadas en numerosos países, especialmente en Oriente Medio, el Norte de África y partes de Asia, donde las leyes y tradiciones limitan severamente los derechos de las mujeres. En estos contextos, la subordinación femenina está tan normalizada que las propias víctimas no identifican con violencia determinadas conductas. Prácticas como la violencia doméstica, la violación conyugal o, incluso, la mutilación genital femenina, siguen siendo toleradas o no tipificadas como delito, y cuentan en ocasiones con la aceptación social, incluso por parte de las propias mujeres (ONU, 2007).
Como resultado, la violencia contra las mujeres se encuentra infradiagnosticada, infradeclarada e infradocumentada. Los casos conocidos representan sólo una fracción de la realidad, la punta visible de un iceberg cuya magnitud cuestiona diariamente los derechos fundamentales de millones de mujeres, no sólo su derecho a la vida, sino también a la integridad física y mental, a la dignidad y a la libertad.
Marcos legales, impunidad y ausencia de protección
La ausencia de leyes específicas o su aplicación deficiente agravan considerablemente la situación. Aunque muchos países tienen leyes que abordan la igualdad de género, existen también muchos países, especialmente en África y Asia, donde no existe ni siquiera legislación que tipifique como delitos el feminicidio o la violencia de género. Sorprendentemente, esto no sólo ocurre en culturas alejadas de la nuestra, ya que tampoco existe legislación específica sobre violencia doméstica en algunos países miembros de la Unión Europea, como Estonia o Lituania. Y en aquellos países que sí cuentan con marcos legales, la impunidad y las bajas tasas de condena son frecuentes, incluso en Estados considerados desarrollados. Resulta impensable, por ejemplo, que una mujer afgana denuncie a su marido por agresión en un contexto en el que, desde la llegada de los talibanes en 2021, las mujeres han sido progresivamente expulsadas de la vida pública: no pueden trabajar, estudiar, viajar libremente, elegir con quién casarse ni decidir sobre su propia maternidad. Su invisibilización es tal que, desde 2021, han desaparecido prácticamente de los cargos públicos y de las estadísticas oficiales sobre alfabetización femenina.
El Mapa 1 muestra los países que tienen marcos jurídicos que promueven, hacen cumplir y supervisan la igualdad de género.

Otro motivo por el que las denuncias son escasas, y no es un motivo menor, es que no todos los Estados cuentan con un sistema policial garantista. La desconfianza en la policía en los distintos países es una primera barrera para interponer una denuncia. En Yemen e Irán, las fuerzas de seguridad han sido señaladas por acosar y agredir a mujeres, además de aplicar estrictas normas de vestimenta (hiyab). En Arabia Saudí, las restricciones en espacios públicos limitan la libertad de las mujeres, a pesar de algunas mejoras recientes. En Somalia, Chad, Guinea, Liberia o Mali, la policía frecuentemente no protege a las mujeres contra la violencia de género. En Sudán, la guerra civil ha provocado que millones de mujeres en 2025 vivan en zonas de peligro mortal sin protección policial efectiva, con un aumento del 87 % en la violencia sexual relacionada con el conflicto. En Hispanoamérica se han documentado casos de impunidad y falta de perspectiva de género en las fuerzas policiales, como en Argentina, donde las mujeres policías víctimas de violencia de género no encuentran respaldo institucional porque las relaciones internas del cuerpo policial se guían por su propia normativa interna, no se les considera personal civil a dichos efectos, quedando excluidas de cualquier procedimiento o mecanismo que las proteja.
«Muchas agresiones físicas y sexuales no se denuncian, y la proporción es aún mayor en los casos de violencia psicológica y económica. El miedo a las represalias constituye el principal obstáculo»
Los países con marcos legales débiles suelen presentar profundas brechas de desigualdad de género. Según el Índice de Desigualdad de Género (IDG), elaborado por la ONU y que estima la pérdida en el desarrollo humano de un país debido a la disparidad de género, los países que presentan una brecha mayor son Sudán del Sur, Somalia, República Centroafricana, Burundi, Etiopía, Afganistán o Sierra Leona (UNPD, 2025). Coincide que en ninguno de ellos hay leyes específicas que protejan los derechos de las mujeres. En el otro extremo, Islandia es el país con menor desigualdad de género, Estados Unidos ocupa el puesto 17 y España, el 28 de un total de 193 países. Bélgica, Canadá, Dinamarca, Francia, Alemania, o Países Bajos, países reconocidos por tener mejores leyes de igualdad de género (WB, 2024), también ocupan los mejores puestos en el IDG.
Violencias invisibles: cuando el daño no deja huella estadística
Las violaciones constituyen una de las manifestaciones más brutales de la VcM (violencia contra la mujer), pero también una de las más infrarregistradas. Muchos países no elaboran estadísticas fiables sobre este delito, especialmente de África y Asia. Y es verdaderamente llamativo el caso de Austria y Luxemburgo, países poco sospechosos de desigualdad de género en los que, sin embargo, los datos sobre violaciones se remontan tan sólo al año 2004 y 2006 respectivamente, hace poco más de 20 años (UNODC, 2025).
Y en los Estados en los que sí existen estas estadísticas, los datos sólo muestran los casos denunciados, no los reales. El miedo a represalias, la vergüenza, la autoculpabilización, la desconfianza en el sistema judicial y el temor a no ser creídas silencian a las víctimas. Hay otros factores que también pueden silenciarlas, como la dependencia emocional o económica –o ambas– del agresor, el trauma y la presión familiar y social. En algunas culturas, denunciar una violación puede conllevar graves consecuencias para la víctima. Es el caso de Arabia Saudí, donde las mujeres víctimas de violación pueden ser azotadas o lapidadas por el delito de mantener relaciones sexuales fuera del matrimonio (OCDE, 2023). Además, en muchos países se sigue considerando que la violencia dentro del hogar en una cuestión estrictamente privada, y las violaciones conyugales no están tipificadas. Todo ello hace que una enorme proporción de las violaciones cometidas no se denuncien y, por lo tanto, no queden contabilizadas.
«En algunas culturas, denunciar una violación puede conllevar graves consecuencias para la víctima. Es el caso de Arabia Saudí, donde las mujeres víctimas de violación pueden ser azotadas o lapidadas por el delito de mantener relaciones sexuales fuera del matrimonio»
Aún más invisibles son los abusos psicológicos y económicos. La violencia psicológica no se manifiesta a través de golpes, sino de palabras, gestos y actitudes que merman la autoestima de quien la sufre. A menudo incluye maltrato verbal, como gritos, desprecios, humillaciones o amenazas a ella o a algún ser querido. También consiste en aislar a la víctima, impidiendo que esta vea a sus familiares y amigos. Se ejerce mediante insultos, humillaciones, amenazas, control y aislamiento, erosionando progresivamente la autoestima y la autonomía de la víctima. La violencia económica, por su parte, se manifiesta a través del control de los recursos financieros. Consiste, por ejemplo, en impedir a la mujer tomar decisiones sobre los gastos del hogar, heredar en las mismas condiciones que los maridos, restringir su habilidad para encontrar empleo, prohibirle tener una tarjeta de crédito o gastar su dinero sin su consentimiento. Ambas formas de violencia dejan escaso rastro en las estadísticas, pero refuerzan de manera eficaz la dependencia y el sometimiento. ¿Qué rastro dejan el maltrato psicológico y económico en las estadísticas? Prácticamente ninguno.
La desigual protección de los derechos humanos de las mujeres
Los derechos humanos deberían ser universales e iguales para hombres y mujeres. Sin embargo, en la práctica, estos derechos no se protegen de la misma manera. La desigualdad se manifiesta en ámbitos tan básicos como el derecho a la integridad física, la libertad de movimiento, el acceso al trabajo, poder estudiar, poder abrir una cuenta bancaria, solicitar un pasaporte, decidir dónde vivir, divorciarse o volver a casarse, votar y ocupar cargos públicos.
Mientras que la mayoría de los países occidentales (como España, Islandia, Bélgica o Canadá) han alcanzado una igualdad jurídica sustancial entre hombres y mujeres, los derechos humanos no siempre están protegidos en la misma medida para las mujeres y los hombres en todas las sociedades. Estas limitaciones permiten la existencia de barreras persistentes que sitúan a la mujer como «cuidadora» y priorizan al hombre como «proveedor» y autoridad principal en el hogar. A día de hoy, en Afganistán o Arabia Saudí las mujeres necesitan el permiso de un varón (padre, marido o tutor) para vivir solas, casarse, viajar o incluso salir de la casa. En Bahréin, Irán, Irak, Jordania, Catar, Arabia Saudí, Afganistán o Yemen, las mujeres están legalmente obligadas a obedecer a sus maridos.
«Aún más invisibles son los abusos psicológicos y económicos. La violencia psicológica no se manifiesta a través de golpes, sino de palabras, gestos y actitudes que merman la autoestima de quien la sufre»
Y hay una larguísima lista de discriminaciones que padecen las mujeres. Veamos algunos ejemplos1.
Pegar a la esposa, una práctica aceptada
Resulta muy sorprendente que una de cada cuatro personas en el mundo todavía justifique el uso de la violencia contra las mujeres. Lo más sorprendente es que no sólo la justifican los hombres. Según la ONU, el 28 % –¡casi un tercio!– de las mujeres en el mundo opina que está justificado que un hombre pegue a su esposa, por ejemplo, si discuten, si se niegan a tener relaciones sexuales, si salen de casa sin su permiso, si él considera que la mujer descuida a los niños, incluso si se les quema la comida (PNUD, 2025). Esta es la realidad que viven hoy en día las mujeres en algunos países del mundo, como Afganistán, Mali, República Democrática del Congo o Chad, en los que en torno a un 80 % de las mujeres piensa que es admisible que sus maridos las golpeen (Our World in Data, 2026; WDI, 2025).
Salir del hogar sin permiso, solicitar el pasaporte
La desigualdad en la libertad de movimiento de las mujeres persiste en numerosos países en los que las leyes y normas familiares limitan la autonomía femenina tanto para salir de casa como para viajar, llegando a ser necesario un guardián masculino. Y en un número no pequeño de países, las mujeres no pueden solicitar un pasaporte en igualdad de condiciones que los hombres. Argelia, Botsuana, Camerún, Egipto, Haití, Irán, Libia, Madagascar, Malawi, Paquistán, Filipinas, Yemen o Zambia son algunos de ellos (World Bank, 2024).
Abrir una cuenta bancaria, ser «cabeza de familia»
Las leyes discriminatorias también pueden amparar y favorecer la desigualdad financiera, obligando a las mujeres a pedir permiso al varón responsable para abrir una cuenta bancaria, como en Camerún, Chad, Esuatini, Guinea Ecuatorial o Níger (WDI, 2025). También encontramos sociedades cuyos códigos civiles o de familia designan al marido como el único jefe de hogar. Como consecuencia, las mujeres no pueden ser «cabeza de familia» (WDI, 2025).
Elegir dónde vivir, acceder a un trabajo, igualdad de remuneración
Hay una larga relación de países en los que las mujeres y los hombres se enfrentan a diferencias a la hora de elegir dónde vivir (World Bank, 2024). Los estereotipos de género arraigados y las leyes discriminatorias limitan el acceso de las mujeres a ciertos empleos en más de 100 países. Estas restricciones se basan en nociones de «protección» a la mujer frente a trabajos considerados peligrosos o extenuantes, la necesidad de compatibilizar labores domésticas y de cuidados no remunerados, así como de una segregación estructural del mercado laboral, limitando las oportunidades profesionales y fomentando el «techo de cristal». En algunos países de Oriente Medio, Norte de África, Asia y Latinoamérica (WDI, 2025), se restringen para las mujeres empleos nocturnos, ciertos trabajos físicos (minería, conducción de maquinaria pesada) o trabajos en sectores específicos. Esto se ve agravado por el hecho de que en 93 países no existe igualdad de remuneración por trabajos de igual valor, perpetuando brechas salariales de género.
Obtener una sentencia de divorcio, volver a casarse
No siempre es posible para las mujeres obtener una sentencia de divorcio en igualdad de condiciones con los hombres. En los países en los que prevalece la ley coránica, el repudio unilateral es un derecho masculino, mientras que las mujeres se enfrentan a obstáculos judiciales severos, como la demostración de causa justificada o la necesidad de consentimiento del marido, para disolver el matrimonio. También se enfrentan a ciertas restricciones para volverse a casar que no se aplican a los varones, como la espera de períodos de tiempo, lo que implica derechos desiguales (WDI, 2025).
Conclusiones
A pesar de los avances logrados en las últimas décadas, la violencia contra las mujeres sigue siendo una de las formas más persistentes y extendidas de vulneración de los derechos humanos. Esta desigualdad se mantiene alimentada por culturas patriarcales, estereotipos de género profundamente arraigados y marcos legales discriminatorios. Actualmente, al menos 155 países cuentan con alguna ley que limita la capacidad de las mujeres para desarrollar su vida en igualdad de condiciones con los hombres. Algunos de estos países tienen el dudoso privilegio de aparecer de forma recurrente en los ejemplos de discriminación señalados y en muchos otros que no están detallados en estas líneas, como Afganistán, Irán, Irak, Yemen, Camerún, Somalia, Bahréin, Brunéi, Egipto, Jordania, Kuwait, Malasia, Omán, Catar o Sudán.
«Mientras que la mayoría de los países occidentales han alcanzado una igualdad jurídica sustancial entre hombres y mujeres, los derechos humanos no siempre están protegidos en la misma medida para las mujeres y los hombres en todas las sociedades»
Estas y otras muchas discriminaciones suponen injusticias que cronifican la desigualdad estructural, refuerzan la dependencia de las mujeres y generan sufrimiento. Mientras estas barreras legales, culturales y sociales persistan, la igualdad formal seguirá siendo insuficiente. Erradicar la violencia contra las mujeres no es sólo una cuestión de justicia social, sino una condición indispensable para la vigencia real de los derechos humanos.

1 WDI (2025) ofrece información sobre un total de 1277 series bajo el epígrafe Gender Statistics.
