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¿Cómo meter el alquiler en la declaración de la Renta 2022?

Los contribuyentes deberán indicar en la declaración de la Renta si son inquilinos o arrendadores de una propiedad

¿Cómo meter el alquiler en la declaración de la Renta 2022?

En la declaración de la Renta, los contribuyentes deberán incluir las viviendas en propiedad. | Gesys

La campaña de la renta 2021-2022 dará comienzo este miércoles 6 de abril. La Agencia Tributaria ya ha sentado las bases para el que será el calendario contribuyente de esta campaña, en un plazo que permanecerá abierto de forma online hasta el próximo 30 de junio. Aquellos contribuyentes que deseen confeccionar la declaración por teléfono tendrán que esperar hasta el próximo 5 de mayo, mientras que desde el 1 de junio podrá realizarse de forma presencial en las oficinas correspondientes. De acuerdo con la normativa fiscal, están obligados a presentar este trámite ante Hacienda todos aquellos ciudadanos españoles que se beneficien de rentas superiores a las 22.000 euros anuales por rendimientos de trabajo.

En la declaración, los contribuyentes deberán incluir las viviendas en propiedad. Sin embargo, la desgravación fiscal dependerá de si se es inquilino o arrendador.

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Desgravaciones para inquilinos

En el caso de los inquilinos, existen dos tramos que van a permitir ahorrar impuestos en la declaración: el estatal y el autonómico. Para poder acceder al estatal es necesario haber firmado el contrato de arrendamiento antes del 1 de enero de 2015; de ser así, los ciudadanos en alquiler podrán aplicar reducciones de hasta el 10,05%, siempre que la base no supere los 9.040 euros.

Cada comunidad autónoma presenta sus propias deducciones, que varían en función de criterios como la edad, el coste del alquiler o la situación económica del individuo. Sin embargo, no todos los territorios españoles cuentan con desgravaciones por arrendamiento.

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Arrendadores: deducciones y beneficios

Los arrendadores deben incluir en la declaración las rentas que se obtienen a través del alquiler
Los arrendadores deben incluir en la declaración las rentas que se obtienen a través del alquiler. Foto: Peter Schreiber.

En cuanto a los arrendadores, se deben incluir en la declaración las rentas que se obtienen a través del alquiler, puesto que se consideran ingresos procedentes del rendimiento de su capital inmobiliario. Dicho rendimiento se calcula mediante la resta de los gastos deducibles a los ingresos y aplicando, posteriormente, sobre esa cantidad las deducciones correspondientes.

Además, todos los arrendadores deberán rellenar las casillas que van de la 60 a la 68 en la declaración donde, entre otras cosas, se tiene que señalar si la vivienda es urbana o rústica y si el titular es propietario o usufructuario, así como indicar si la vivienda se encuentra en el extranjero.

Como novedad de este año, se incorporan deducciones a la rehabilitación verde, es decir, bonificaciones de entre el 20% y el 60% por aquellas obras realizadas en la vivienda que estén orientadas a lograr una mejora de la eficiencia energética.

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Fechas clave en la campaña de la renta 2021-2022:

Estas son las fechas clave que debes tener en cuenta de cara a la presentación de la declaración de la renta de 2021/2022:

  • 6 de abril de 2022: arranca el plazo para presentar por internet las declaraciones de renta y patrimonio relativas al ejercicio de 2021.
  • 3 de mayo de 2022: inicio del plazo para solicitar cita previa para realizar la declaración por teléfono.
  • 5 de mayo de 2022: arranca el plazo para realizar la declaración de la renta 2021 por teléfono.
  • 26 de mayo de 2022: empieza el plazo para solicitar cita previa para hacer la declaración de forma presencial.
  • 1 de junio de 2022: se abre el plazo para confeccionar la declaración de la renta en las oficinas de la Agencia Tributaria.
  • 27 de junio de 2022: expira el plazo para presentar declaraciones de la renta de forma ‘online’ si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • 29 de junio de 2022: último día para pedir cita previa para realizar la declaración de la renta por teléfono o en una oficina de la Agencia Tributaria.
  • 30 de junio de 2022: fecha en la que finaliza el plazo para presentar de manera presencial, por internet o por teléfono las declaraciones de renta y patrimonio, siempre que sea con resultado a devolver, renuncia a la devolución o resultado negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
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