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Economía

Las comercializadoras de energía denuncian que el tope al gas distorsiona el mercado

Deben tener un mayor respaldo económico para comprar electricidad en el ‘pool’

Las comercializadoras de energía denuncian que el tope al gas distorsiona el mercado

Torre eléctrica. | Europa Press.

Las comercializadoras independientes de energía vuelven a estar con el agua al cuello por culpa del tope al gas. De hecho, se les había exigido los primeros requerimientos para el inicio del mecanismo sin que el Gobierno haya recibido el aprobado definitivo para su puesta en marcha.

Fuentes del sector denuncian que la medida distorsiona el mercado y que castiga a las pequeñas comercializadoras. Empresas como Feníe Energía consideran que el procedimiento establecido por el Ejecutivo genera un «altísimo nivel de incertidumbre» y que «perjudicará gravemente la competencia».

De hecho, algunos agentes explican a THE OBJECTIVE que el cálculo de los primeros requerimientos de garantías que, exige el operador del mercado Omie a las comercializadoras, de acuerdo al Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo, imposibilitan que en muchos casos puedan acudir a comprar electricidad al mercado mayorista (pool).

Los primeros requerimientos de garantías para el inicio del mecanismo iban a ser calculados y retenidos de las garantías de los agentes este mismo jueves, sin que la Comisión Europea haya dado luz verde definitiva al tope al gas, es decir, las comercializadoras tenían que presentar un mayor respaldo económico para poder participar en el pool por algo que no está en funcionamiento aún.

No obstante, Omie ha informado a todos los agentes de que se aplaza la fecha del requerimiento debido a que continúa procesando las declaraciones de energías exentas. «Una vez se encuentre correctamente procesada toda la información necesaria, se les informará de la nueva fecha de cálculo de requerimientos», señala el correo electrónico, al que ha tenido acceso este medio.

Parte del email enviado por Omie.

Una vez se estipule de nuevo la fecha, los agentes tienen tres días hábiles para aportar el total de garantías que se les requiera. El operador del mercado podrá suspender de participación a las unidades de compra que no podrán participar en los mercados diario e intradiarios.

En este sentido, Feníe Energía denuncia que la exención de parte del pago al gas no se hará sobre la electricidad finalmente consumida y pagada por los clientes finales, sino por la cantidad de energía previamente comprada por las comercializadoras para los próximos 12 meses.

«Si una compañía puede presentar una gran cantidad de energía adquirida previamente, tendrá una gran exención que se mantendrá incluso aunque sus clientes se vayan a otra compañía y no consuman esa energía en concreto. Teniendo en cuenta que los cambios de compañía son habituales, el resultado será que las grandes podrán disponer de un remanente muy grande de energía exenta de pagar la compensación al gas, ganando así una posición competitiva que ningún otro agente del mercado podrá tener», opina la comercializadora.

Hay que recordar que el Real Decreto-ley 10/2022 recoge un sistema de exención del pago del ajuste a las centrales marginales para aquella energía que se encuentre sujeta a instrumentos de cobertura a plazo. Subraya así que «los agentes titulares de dichas coberturas podrán presentar ante las autoridades correspondientes las coberturas debidamente registradas, lo que les permitirá resultar exentos de dicho coste por dicha porción de energía».

«El operador de mercado no ha publicado aún el efecto de la minoración de energía cubierta de aquellas comercializadoras que estaban obligadas a aportar la información cinco días hábiles después de la publicación del Real Decreto-ley 10/2020. La falta de conocimiento de los redactores del RDL, la falta de coordinación del operador de mercado y su alejamiento de la realidad llevan a situaciones kafkianas», indica a este diario Herminia Valenzuela consultora en Ingebau.

No obstante, conforme se vaya produciendo el vencimiento o renovación de las coberturas, «la nueva energía que aflore sí pasará a soportar el coste del ajuste, de conformidad con las especificidades del diseño regulado en el Real Decreto-ley». Los agentes tenían hasta el lunes de esta semana para declarar las coberturas. 

Desde el sector se quejan de que tampoco han recibido directrices del Gobierno sobre cómo deben reflejar en las facturas este coste de la compensación que acabará soportando la demanda. La inexactitud o falsedad en la documentación aportada tendrá la consideración de infracción «muy grave», que supone una multa de entre seis y 60 millones de euros, de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Ahora, con el tope al gas, las eléctricas tendrán que informar sobre sus contratos fijos y variables, al objeto de aplicar la medida inicialmente solo a los segundos, y OMIE y Red Eléctrica de España (REE) tendrán que adaptar sus sistemas y la operativa del pool

Competencia se encargará de supervisar de que se cumpla el tope al gas y las empresas que no lo hagan se enfrentarán también a infracciones «muy graves». El límite al precio del gas que se usa para la generación eléctrica y que tiene como fin abaratar la factura de la luz aún tiene que recibir el aprobado respaldo definitivo de la Comisión Europea.

Un año de duración

El mecanismo durará unos 12 meses y establece un precio de referencia del gas de 40 euros/MWh durante seis meses, que se incrementa en 5 euros/MWh al mes a partir de entonces, terminando en 70 euros/MWh para que haya una convergencia a la normalidad, frente al actual precio de referencia en el mercado de más de 100 euros/MWh —como en el caso del TTF holandés, de referencia en Europa—.

Tras asegurar que el mecanismo rebajaría un 30% la factura de la luz de los consumidores con tarifa regulada (PVPC), la ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, admite ahora que hay cierta «incertidumbre» para calcular la rebaja exacta y dice que fluctuará entre un 15% y un 20%. Otro objetivo del Ejecutivo es que baje la inflación, influenciada por los precios energéticos y los carburantes.

Los consumidores españoles podrían asumir alrededor de 600 millones de euros más que los portugueses de coste por la aplicación de la ‘excepción ibérica’, según estimaciones del sector facilitadas a Europa Press. Esto es así porque las prórrogas de los contratos a plazo de electricidad en España no están exentas de pagar el coste del ajuste por el tope al gas, al contrario que Portugal, que no incluye en su decreto estas prórrogas, aunque podría sufrir matizaciones a posteriori, según fuentes del sector.

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