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Las víctimas de las vacunas covid tienen un año para reclamar una indemnización al Estado

13.820 personas sufren efectos adversos graves tras la vacunación: solo un 2% ha solicitado una compensación

Las víctimas de las vacunas covid tienen un año para reclamar una indemnización al Estado

Vacunación contra la gripe y el covid-19 en Andalucía. | Europa Press

Desde fiebre, fatiga o dolor de cabeza o muscular hasta afecciones coronarias o neurológicas como trombos, desmielanización o diplopía. Las vacunas contra la covid-19 pueden tener efectos secundarios tras la primera o la segunda dosis. El Ministerio de Sanidad ha reconocido una veintena y, aunque las reacciones adversas (contraindicaciones graves) son poco frecuentes, pueden causar problemas de salud a largo plazo. Ante esta situación, las víctimas pueden ser indemnizadas por la Administración sanitaria regional o central si reclaman en el plazo de un año desde el alta médica o la estabilización lesional.

Aquí entra en juego la llamada doctrina del sacrificio especial, a través de la cual el Estado asume la responsabilidad por daños causados por actos administrativos. Eso significa que si, por el bien común, en este caso la vacuna contra el coronavirus, hay algún ciudadano que se ha tenido que sacrificar, la administración es responsable de indemnizar a aquellas personas que hayan tenido reacciones adversas importantes si el perjuicio ha sido notablemente superior al riesgo de contraer la enfermedad y sus consecuencias habituales.

Lo cuenta a THE OBJECTIVE Alberto Masiá, abogado especialista en reclamaciones sanitarias y pionero en este tipo de reclamaciones. «Mi despacho interpuso la primera reclamación por una mujer que tenía importantes secuelas. Ahora ya está estabilizada lesionalmente y ya se puede cuantificar la indemnización. Estamos en la reclamación administrativa ante el Ministerio de Sanidad que es corresponsable con la Comunidad Autónoma. Uno lo promovió y los otros la implantaron».

13.820 personas sufren efectos adversos graves

El 92,9% de la población española, más de 40 millones de personas, han recibido la pauta completa de vacunación contra el coronavirus, según datos del Ministerio de Sanidad; y, el último Informe de Farmacovigilancia sobre Vacunas COVID-19 ha notificado, hasta el 1 de diciembre, 83.093 acontecimientos adversos tras la vacunación: 13.820 fueron consideradas graves (aquellos que necesitaron hospitalización, dieron lugar a una discapacidad significativa o persistente o malformación congénita o pusieron en peligro la vida de la persona) y 481 presentaron un desenlace mortal. 

El Ministerio de Sanidad actualizó el pasado 1 de diciembre la lista de las posibles reacciones adversas de cada una de las vacunas contra la covid-19 y, a los efectos secundarios más habituales, añadía dos nuevos: el sangrado abundante durante la menstruación y la urticaria. Además, recientemente, un estudio publicado en The BMJ –el más amplio hasta la fecha– arrojaba más luz sobre el riesgo de desarrollar un tipo de trombos sanguíneos relacionados con la vacunas de la covid-19. El estudio observó un aumento del 30% en el riesgo de trombocitopenia después de la primera dosis de AstraZeneca en comparación con la primera dosis de Pfizer-BioNTech.

En este sentido, para Masía, no serían reclamables aquellas circunstancias menores como fiebre y mareos o malestar de corta duración, y señala que para reclamar es necesario que se acredite un «nexo de causalidad» entre la inoculación de la vacuna y el daño atendiendo a cuatro criterios: «El primer criterio sería cronológico, es decir, que la sintomatología aparezca en un periodo de 40 días tras la inoculación; segundo, que las consecuencias lesionales que presente estén incluidas en las actualizaciones que ha realizado el Ministerio de Sanidad respecto a los efectos secundarios de la vacuna; tercero, que no se trate de patologías previas; y cuarto, que no se vea interrumpido el nexo causal por la enfermedad».

De esta forma, el también copresidente de la sección de Derecho sanitario de la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC), asegura que solo un 2% de las personas con reacciones adversas tras la vacuna covid han reclamado a la Administración una indemnización. El motivo: el desconocimiento. «La Administración no quiere que esto se conozca, a mí me han vetado publicidad en este sentido en varias ocasiones», y agrega: «Si ha habido una campaña para que la gente se vacune, deberían recurrir al mismo sistema para que la gente conozca sus derechos».

«La Administración no quiere que esto se conozca»

Todos los países miembros de la Unión Europea llegaron a un acuerdo mediante el cual, por la excepcionalidad de la pandemia, los laboratorios responsables de las vacunas quedan exonerados en caso de reclamación. Una exoneración que protege tanto a la empresa como a sus directivos. En tanto en cuanto, son los servicios regionales de salud y el propio Ministerio de Sanidad los que deben asumir dicha indemnización.

Así, Masía explica que, en primer lugar, la reclamación es administrativa y, si en un periodo de seis meses, la Administración regional no responde se judicializa. Y esto es lo que está pasando, sobre todo, en Andalucía. Donde el abogado explica que la Consejería de Salud ignora las reclamaciones.

No obstante, para el letrado lo más adecuado es que el Estado crease un sistema de compensación por los daños vacunales, como ocurre en Italia, para así evitar el procedimiento administrativo o incluso judicial.

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