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Puigdemont traslada al Constitucional su batalla contra el juez del CNI por el caso Pegasus

El expresident y dos exconsejeros del Govern piden la nulidad de todas las resoluciones en su contra en las que participó el magistrado Pablo Lucas

Puigdemont traslada al Constitucional su batalla contra el juez del CNI por el caso Pegasus

El expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont (c), junto a los exconsejeros Antoni Comín (i) y Clara Ponsatí (d). | Europa Press

El expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont y dos exconsejeros fugados del Govern trasladan al Tribunal Constitucional (TC) su batalla contra el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Lucas por el caso Pegasus. El exlíder del procés independentista, junto a Antoni Comín y Clara Ponsatí, ha recurrido la decisión del Alto Tribunal de inadmitir su petición de nulidad contra tres resoluciones en cuya deliberación participó el juez encargado de autorizar las escuchas del CNI. Alegan que ha sido vulnerado su derecho a una tutela judicial efectiva y que «se ha producido una violación masiva del derecho de defensa», al considerar acreditado que el juez Pablo Lucas «se dedicaba al espionaje ilegal de las comunicaciones» del abogado que representa a los tres líderes independentistas.

En sus recursos de amparo interpuestos ante el TC, a los que ha tenido acceso en exclusiva THE OBJECTIVE, los ex líderes independentistas insisten en pedir la nulidad de todas las resoluciones judiciales dictadas en su contra en las que haya intervenido Pablo Lucas, en calidad de magistrado de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Entre ellas, la sentencia 722/2020, de 10 de junio de 2020, en la que el juez del CNI actuó como ponente y falló en favor de inadmitir a trámite un recurso presentado por Puigdemont y Antoni Comín contra el acuerdo de la Junta Electoral que les obligaba a viajar a Madrid y acatar la Constitución para poder tomar posesión como eurodiputados.

Puigdemont, Comín y Ponsatí consideran que ha sido vulnerado su derecho a una tutela judicial efectiva, así como los derechos a la defensa, a la asistencia letrada y a un tribunal imparcial, porque durante esos procedimientos el magistrado podría haber estado al tanto del contenido de las escuchas que el CNI realizó a su abogado, Gonzalo Boye, mediante el software espía Pegasus. Apoyándose en el informe elaborado por el Defensor del Pueblo el pasado mes de mayo, tras estallar la polémica por el espionaje con Pegasus a varios líderes independentistas y su entorno, consideran que «se ha producido una violación masiva del derecho de defensa». Esto último, según los independentistas fugados y ahora eurodiputados, debido a que el magistrado encargado de autorizar las escuchas del CNI «se dedicaba al espionaje ilegal de las comunicaciones» del abogado de Puigdemont, Comín y Ponsatí.

Puigdemont apela a la «credibilidad» de la Justicia

«Estamos ante un caso único en el cual no solo están en juego los derechos del justiciable sino la propia credibilidad del sistema judicial, que ha sido arrastrada por los suelos por parte de quien ha creído que tenía la potestad de espiar por las mañanas y resolver los recursos preparados por el espiado por las tardes», denuncian el expresidente y sus exconsejeros en los recursos de amparo presentados ante el TC. Además, citan la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que avala el principio de confidencialidad entre abogados y clientes como un derecho «esencial» para garantizar la «confianza en la administración de la justicia y la independencia del sistema judicial».

Los independentistas fugados también aluden a un escrito del pasado 20 de junio, en el que el magistrado Pablo Lucas transmitió al Tribunal Supremo su decisión de apartarse en el futuro de todos los asuntos referentes al expresident de la Generalitat y los otros dos exconsejeros fugados del Govern, con el objetivo de garantizar la apariencia de imparcialidad. En ese escrito, el juez admitía implícitamente que había autorizado las escuchas al abogado de Puigdemont, algo que ya había reconocido la exdirectora del CNI en el Congreso de los Diputados.

No obstante, el magistrado Pablo Lucas añadía que en esas intervenciones telefónicas jamás había recibido «información alguna» referente a los procedimientos que dieron lugar a las sentencias recurridas ahora ante el TC por los tres líderes independentistas. El magistrado negaba así las conclusiones del Defensor del Pueblo, que en su informe concluía que el juez había obtenido «un alto grado de detalle» de las escuchas realizadas por el CNI a los líderes independentistas y su entorno. Con estos argumentos sobre la mesa, la Sala Tercera del Tribunal Supremo acabó dando portazo al recurso presentado en junio por Puigdemont y sus dos exconsejeros, por lo que ahora han trasladado su batalla legal al Tribunal Constitucional.

Conclusiones del Defensor del Pueblo

En sus escritos, Puigdemont, Comín y Ponsatí apelan de forma reiterada a las conclusiones del Defensor del Pueblo, que en su informe destacó «el elevado grado de detalle en la información de que disponía el magistrado del Tribunal Supremo para poder adoptar una decisión de autorización o no autorización». Una frase que utilizan para acusar falta de imparcialidad al juez, algo que el Alto Tribunal descartó al inadmitir a trámite los incidentes de nulidad interpuestos por los tres eurodiputados el pasado mes de junio. «La intervención de las comunicaciones de un letrado que ejercía la defensa en los procesos en que él formaba Sala resultaba radicalmente incompatible, justamente, con formar Sala en dichos procesos», añaden.

Asimismo, consideran vulnerado su derecho a la vida privada que reconoce el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos «desde el punto de vista del secreto de las comunicaciones, lo que evidentemente también tiene un efecto claro sobre el derecho de defensa». «Además, se ha producido una vulneración del derecho a la igualdad sin discriminación por motivos políticos o ideológicos, también irremediablemente lesionado en dicho proceso», añaden en los recursos de amparo presentados el pasado jueves ante el TC.

Las resoluciones recurridas por Puigdemont, Ponsatí y Comín ya habían sido impugnadas mediante recurso de amparo ante el TC. Los líderes independentistas vuelven ahora a la carga tras los nuevos acontecimientos desencadenados por el escándalo Pegasus, hechos que no se habían incluido en el anterior recurso de amparo presentado contra la decisión del Tribunal Supremo de inadmitir el recurso contra la decisión de la Junta Electoral Central que resolvió no reconocer su condición de eurodiputados si no viajaban a Madrid a tomar posesión del acta prometiendo acatar la Constitución.

Los polémicos párrafos de la sentencia del juez

En el incidente de nulidad inadmitido por el Supremo, y también ahora en su recurso de amparo, Puigdemont y sus exconsejeros citan varios párrafos de la sentencia 722/2020 para intentar demostrar que el magistrado habría utilizado información obtenida por las escuchas del CNI para resolver el fallo. Entre otras, en la página 41 de la sentencia, se señalaba que los demandantes (Puigdemont y Comín) habían «desplegado una intensa labor de seguimiento de la trayectoria de algunos de los miembros de la Sala y, en particular, del ponente del que han traído a colación un texto académico de 1991, su condición de co-director de una tesis doctoral leída en 1999 y su pertenencia a la Junta Electoral Central en 1991».

 «Desde luego, estos no son datos reservados, sino públicos –por lo que no se reprocha su utilización– pero no se encuentran a simple vista. Haber llegado a ellos, denota un notable esfuerzo de indagación y refuerza la conclusión de que, de haber considerado los recurrentes que realmente había causa para ello, habrían ejercido a tiempo su derecho a recusar a todos los miembros de la Sección», añadía el mencionado párrafo de la sentencia sobre la cual vuelven a pedir al TC que declare su nulidad.

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