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Junts espera una victoria en el TJUE antes de las europeas que avale la candidatura de Comín

La formación busca ganar la partida a la Junta Electoral sobre cuándo y cómo se adquiere la condición de eurodiputado

Junts espera una victoria en el TJUE antes de las europeas que avale la candidatura de Comín

El eurodiputado Toni Comín

Las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto al recurso presentado por Carles Puigdemont y Toni Comín por denegarles el escaño en la Eurocámara en junio de 2019 dan oxígeno a Junts per Catalunya en su larga batalla ante la justicia europea. Pese a que esta decisión llega a la recta final de la legislatura comunitaria, cuando ya se había reconocido de facto la condición de eurodiputados de ambos políticos, si la sentencia de este tribunal también va en el mismo sentido, tendrá unos efectos prácticos para Toni Comín, que verá su camino despejado para poder ser el candidato a las elecciones europeas del 9 de junio sin necesidad de desplazarse a España para cumplir con ningún trámite previo de las autoridades estatales.

La defensa de los eurodiputados de Junts considera que las conclusiones del abogado general «hacen saltar por los aires el tema del juramento de la Constitución», como exigía la Junta Electoral Central. «Es la proclamación la que determina la condición de eurodiputado y nada posterior a eso», añaden a THE OBJECTIVE. Los dictámenes de los abogados generales no son vinculantes para el Alto Tribunal europeo, sin embargo, suelen mantener la línea marcada en la gran mayoría de casos. En su razonamiento, el letrado afirma que la suspensión de las prerrogativas de Puigdemont y Comín como eurodiputados se produjo en contra del Derecho de la Unión. Y apunta que ningún precepto de la legislación comunitaria permite a un Estado miembro suspender las prerrogativas de los miembros del Parlamento Europeo.

La doctrina mantenida por el Tribunal General de la Unión Europea (el tribunal de primera instancia), en su sentencia de julio de 2022, es que los servicios jurídicos del Parlamento Europeo, así como su entonces presidente, Antonio Tajani, habían obrado correctamente porque confiaba en la «lista de candidatos electos oficialmente comunicada por parte de las autoridades nacionales», es decir, la Junta Electoral Central, que rechazó la presencia de los dos dirigentes de Junts, así como la de Oriol Junqueras, por no haber presentado las credenciales ni jurado la Constitución.

Doctrina Junqueras

Dicha sentencia contradecía en parte la llamada ‘doctrina Junqueras’, la resolución C-502/19 del TJUE, de diciembre de 2019, relativa a la situación procesal de Oriol Junqueras, y que propició que se pudiese tramitar las actas de parlamentario de Puigdemont y Comín en enero de 2020. El fallo estipulaba que la inmunidad de los diputados electos en la Cámara europea se adquiere en el momento de ser elegidos. Sin necesidad de desplazarse a España para firmar el acta. 

Esta resolución judicial cambió completamente el escenario, y la llegada del presidente David Sassoli al frente de la Eurocámara, representó para los tres eurodiputados poder ser admitidos pese a no presentar sus credenciales ante la Junta Electoral Central (Junqueras renunció tras su condena y Jordi Solé ocupó su escaño en la Eurocámara). No obstante, tampoco representaba el último capítulo.

Será la sentencia del TJUE que deberá fijar una doctrina clara de cara a la constitución del nuevo Parlamento Europeo, el próximo 16 de julio, sobre si hay o no que cumplir algún trámite previo impuesto por las autoridades estatales para adquirir la condición de eurodiputado.

Sin esperar a la amnistía

Las fuentes jurídicas consultadas también señalan que, en el caso de que la amnistía no llegara a tiempo, esto no impediría la candidatura de Comín. «No se deja de ser aforado hasta que se inicia la nueva legislatura. Se encadena una con otra», explican.

Desde el partido son optimistas y creen que una victoria definitiva ante el Alto Tribunal europeo galvanizará su opciones electorales frente a sus rivales. Asimismo, consideran que ello demostrará que la Junta Electoral Central tuvo una visión restrictiva sobre cómo se adquiere la condición de eurodiputado.

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