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Política

Armengol abronca a Bolaños: le exige que no oculte las nacionalizaciones a hijos de exiliados

Diputados ‘populares’ pidieron amparo a la Mesa del Congreso por no responder a sus preguntas con precisión

Armengol abronca a Bolaños: le exige que no oculte las nacionalizaciones a hijos de exiliados

La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, y el mninistro de la Presidencia, Félix Bolaños. | Gabriel Luengas (EP)

La presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol, ha apercibido al ministro de la Presidencia, Félix Bolaños, para que conteste con más precisión a las preguntas parlamentarias que le plantean desde el Grupo Parlamentario Popular. Los parlamentarios populares presentaron un escrito de queja ante la máxima autoridad de la Cámara Baja solicitando amparo ante las evasivas del Gobierno de Sánchez en relación a preguntas sobre las nacionalidades concedidas a descendientes de exiliados en virtud de la Ley de Memoria Democrática de 2022. En este documento, le pidieron que recordara al Gobierno «su obligación constitucional de responder con precisión a las preguntas formuladas sobre las que se desea respuesta por escrito».

La queja ha sido formulada por los diputados populares José Antonio Bermúdez de Castro, Pedro Muñoz Abrines, Carlos Floriano y María Jesús Moro. En su escrito, al que ha tenido acceso este periódico, se señala que «a las preguntas presentadas con fecha 28 de octubre de 2025 y número de expediente 184/30107 a 184/30111 y con fecha 2 de febrero de 2026 y número de expediente 184/33208 se han recibido sendas contestaciones del Gobierno con fecha 12 de diciembre de 2025 y 10 de marzo de 2026 que en ningún caso se corresponden con las cuestiones planteadas».

Los diputados le recuerdan a Armengol que preguntaron por los datos sobre el proceso para adquirir la nacionalidad conforme a la disposición adicional octava de la Ley 10/2022 de 19 de octubre, de Memoria Democrática, una vez que había concluido el plazo de tres años a partir de la entrada en vigor de la norma. En su primera respuesta del mes de diciembre de 2025, el Gobierno se limitó a comunicar que no disponía de las cifras exactas de las solicitudes aprobadas por las distintas oficinas consulares, que los datos se encontraban en proceso de recopilación y que se estaba «trabajando para poder facilitar la información precisa», si bien, insisten, aportó «el enlace de una nota de prensa difundida por Moncloa en el mes de septiembre con el título El Gobierno concede 240.000 nacionalidades a descendientes de exiliados en virtud de la Ley de Memoria Democrática, demostrando con este documento que sí disponen de dicha información».

En su última respuesta de este mes de marzo, el Ejecutivo contestó a las preguntas de forma evasiva al asegurar que el sistema «no individualiza las solicitudes» y que las concesiones anteriores a unas determinadas fechas «no están digitalizadas». Por tanto, el Gobierno no ha respondido a las preguntas reiteradamente formuladas. Igualmente, les llama la atención la negativa a darnos el número de solicitudes de adquisición de nacionalidad presentadas en virtud de lo establecido en la Disposición Adicional octava de la Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática, aduciendo que ese dato «se engloba dentro del supuesto de adquisición de la nacionalidad por opción».

A juicio del PP, y así se lo han hecho llegar a Armengol, «tal argumento evidencia un claro intento de ocultar información, si tenemos en cuenta que ante la misma pregunta formulada en 2023 (Expte. 184/104486), el Gobierno, en su respuesta, sí que nos informó de la cifra de solicitudes, de las denegadas y de las rechazadas». Además, precisan que hay que tener en cuenta que «fue en aquella época, tras la entrada en vigor de la Ley 20/2022, cuando lógicamente se presentaron más solicitudes». Por lo que «no parece, pues, un argumento mínimamente riguroso que, a estas alturas, tres años después, se nos niegue información alegando problemas en la digitalización y recogida de datos». Si es así, apuntan en el escrito, «se estaría reconociendo por parte del Gobierno su caótica gestión de un tema tan relevante como la adquisición de la nacionalidad española».

Los populares consideran «inaceptable la actitud del Gobierno eludiendo su obligación constitucional de dar respuesta a las preguntas escritas formuladas a través de los cauces reglamentariamente establecidos» y esta actuación «constituye un evidente desprecio hacia los representantes públicos que ejercen su legítimo derecho constitucional a recabar información para ejercer su función». Un desprecio «que se hace extensivo al Parlamento en cuanto ejerce su función de control al Gobierno».

Los diputados populares afirman que «no es admisible tal comportamiento, puesto que, tal y como establece el artículo 66.2 de la Constitución, es a las Cortes Generales a las que corresponde el control de la acción del Gobierno, y solo ellas, a través de sus Reglamentos, tienen capacidad para articular los instrumentos de fiscalización de acuerdo con lo previsto en el artículo 72 CE». El Gobierno, por tanto, «tiene la obligación de responder a la iniciativa de control parlamentario antes citada».

Obstaculizar el control

El artículo 111.1 de la Constitución Española confiere rango constitucional a la regulación jurídica de las preguntas al Gobierno al establecer que «el Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se les formulen en las Cámaras […/». Su desarrollo normativo se encuentra en los artículos 185 y siguientes del Reglamento del Congreso. Este Reglamento, por su parte, «incorpora el derecho a preguntar y obtener respuesta entre las facultades que integran el ius in officium o estatuto jurídico de los parlamentarios protegido por el artículo 23.2 de la Constitución».

El PP le indica a Armengol que «la función de control al Gobierno que corresponde a los parlamentarios constituye el núcleo esencial de su condición de representantes de la soberanía nacional, sin que, tal y como ha establecido el Tribunal Constitucional, ‘se obstaculice indebidamente su ejercicio’, añadiendo que, cuando indebidamente, «se les impida ejercer su mandato de representación, como ocurre en el presente caso de respuestas insatisfactorias a solicitudes de información mediante preguntas escritas, la quiebra de legalidad parlamentaria conlleva una consecuente vulneración del derecho fundamental que reconoce el artículo 23.2 de la Constitución, ya que se imposibilita el adecuado ejercicio del derecho de participación política de los ciudadanos a través de sus representantes libremente elegidos».

Ante las evasivas de las respuestas del Gobierno, los populares trasladan a Armengol que «no puede aceptarse como contestaciones adecuadas o mínimamente rigurosas a las distintas cuestiones sobre las que se le pregunta». Al contrario, insisten, «demuestran, por un lado, la intención de no contestar sobre los temas concretos planteados y la ausencia de transparencia del Gobierno sobre el asunto y, por otro, la renuencia a someterse al control parlamentario de su gestión, hurtando de tal facultad al Parlamento tal y como establece el artículo 66.2 de la Constitución».

Por todo ello, «ante la manifiesta y pertinaz voluntad del Gobierno de sustraerse de su obligación y el correlativo perjuicio del derecho constitucional de los diputados firmantes a obtener respuestas precisas a su demanda de información para así ejercer la función representativa y de control del Gobierno que le es propia, solicitamos el amparo de la presidenta de la Cámara», para que «en uso de las facultades que le confiere el artículo 32 del Reglamento, desde la Presidencia se dirija al Gobierno reiterándole su obligación constitucional de responder con precisión a las preguntas formuladas sobre las que se desea respuesta por escrito».

Tras recibir este escrito, la presidenta del Congreso remitió al PP una copia de la misiva que había enviado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes. En dicho escrito, Armengol comunica a Bolaños el escrito de queja de los diputados del PP y señala que «no se trata en estos casos de que el Gobierno no haya enviado sus contestaciones en el plazo reglamentario establecido al efecto, sino de un supuesto distinto en el que los diputados manifiestan su disconformidad o insatisfacción con las contestaciones remitidas por el Gobierno, por entenderlas insuficientes o inadecuadas». Esto conlleva «una valoración que a esta Presidencia no corresponde realizar más allá de un examen liminar que permita constatar que por el Gobierno se ha dado respuesta a las preguntas presentadas».

Armengol señala en su escrito a Bolaños que ha realizado un «examen liminar» de las respuestas a las preguntas y que la Presidencia «considera que, sin perjuicio de lo señalado en las contestaciones remitidas», procede «que el Gobierno diese respuesta a las preguntas o, en su caso, que ampliase las contestaciones remitidas de manera que se aclarasen las razones que las fundamentan». Finalmente, le indica que «realice las gestiones oportunas para que se proceda en el sentido anteriormente señalado».

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