El juez Peinado cita a Begoña Gómez a una vista previa y plantea medidas para evitar su fuga
A la comparecencia, prevista para el 9 de junio, también han sido convocados su asistente en Moncloa y Barrabés

Begoña Gómez | Europa Press
Begoña Gómez está convocada el próximo 9 de junio en calidad de acusada. El juez Juan Carlos Peinado ha citado a la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para comparecer en «una audiencia preliminar» a la que también han sido llamados su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés, también imputados. El magistrado subraya en un auto al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE que deberán comparecer personalmente los tres y les advierte de que en caso de que no acudan serán «conducidos por la fuerza pública» y tomará medidas para evitar el riesgo de fuga.
La citación tiene lugar solo un día después de que haya trascendido un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre Begoña Gómez. Los investigadores subrayan que registró el software de la Universidad Complutense de Madrid a su nombre y que Álvarez le ayudó en sus gestiones privadas. Peinado da el paso después de que las defensa, la Fiscalía y las acusaciones, dirigidas por Hazte Oír, hayan presentado sus escritos de conclusiones.
En esa audiencia preliminar el magistrado comunicará a la esposa de Sánchez y a los otros dos acusados que irán a juicio con jurado popular. El juez atribuye a Begoña Gómez cuatro delitos: corrupción en los negocios, malversación, tráfico de influencias y apropiación indebida. Peinado insiste en el auto en que si la esposa del presidente del Gobierno o alguno de los otros dos acusados falta a la audiencia preliminar «se podría adoptar alguna medida cautelar de naturaleza personal que evite o minimice el riesgo de tratar de eludir la acción de la justicia».
Los recursos de Begoña Gómez
En su último recurso, el abogado de Begoña Gómez, el exministro socialista Antonio Camacho, pidió al juez que dejara en suspenso la causa hasta que la Audiencia de Madrid decida si avala o revoca la propuesta del magistrado de que sea juzgada por un jurado popular. El letrado argumenta que no puede continuar el procedimiento hasta que el órgano provincial no resuelva diferentes escritos, entre los que se encuentra un recurso de la Fiscalía contra la resolución del magistrado.
Camacho ya alertó a la Audiencia de Madrid de que el juez que investiga a Begoña Gómez desestimó las quejas de las defensas sin motivación alguna. «Ha copiado la fundamentación jurídica de un auto distinto, dictado en un contexto diferente, con un objeto procesal diferente y, lo que es más grave, que no contiene respuesta alguna a las específicas cuestiones jurídicas planteadas en el recurso de reforma», insistió el abogado de la esposa de Sánchez. Las acusaciones populares reprochan a las defensas que recurran sistemáticamente todas las resoluciones judiciales con la intención de dilatar la causa.
Peinado comenzó a investigar a Begoña Gómez en abril de 2024, tras una denuncia presentada por Manos Limpias. Más tarde amplió la causa con querellas impulsadas por Hazte Oír y Vox. El juez indaga sobre la actividad profesional de la esposa del presidente con empresarios y su relación laboral con la Universidad Complutense. Por estos hechos le atribuye delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida. El magistrado también trata de determinar si hubo malversación en la contratación como asistente en Moncloa de Cristina Álvarez, también investigada.
El juez que investiga a Begoña Gómez propuso el pasado 24 de septiembre que, en caso de llegar a juicio su causa por malversación, fuese juzgada por un jurado popular. Días más tarde, Peinado amplió esa fórmula a los otros delitos. El artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado establece que los delitos que se le imputan puedan ser juzgados por un jurado popular. La Audiencia de Madrid ya corrigió al magistrado en octubre rechazando que dividiera el caso en varias piezas, por lo que rectificó y las unió todas.
La fórmula del tribunal popular no es inédita en nuestro país, pero sí poco habitual. Los jurados populares existen en España desde 1995, cuando el Congreso aprobó la Ley Orgánica del Tribunal Jurado con el apoyo de PSOE, IU y los partidos nacionalistas. El PP se abstuvo y solo varios diputados del Grupo Mixto votaron en contra. Desde entonces hasta el año pasado, último ejercicio con datos, el 89,9% de las sentencias han sido condenatorias.
