Cuándo puedo saber si me ha tocado ser mesa electoral en Andalucía
Calendario del sorteo, recepción de notificaciones y pasos para saber si has sido seleccionado como miembro

Colegio electoral. | Archivo
Unas 6.812.861 personas están llamadas a votar en las elecciones de Andalucía del 17 de mayo, según el Instituto Nacional de Estadística (INE). Para que los comicios puedan llevarse a cabo será necesaria la participación de más de 30.000 personas que desempeñarán la función de presidentes o vocales de las mesas electorales, garantizando el desarrollo de la votación que decidirá el futuro de la región.
Los 30.000 miembros serán seleccionados mediante un sorteo que deben realizar los ayuntamientos o municipios. En total, según el INE, se habilitarán 10.403 mesas electorales en 3.756 locales.
¿Cuándo es el sorteo?
Se estima que entre el 18 y el 22 de abril, según el artículo 26 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), unos 785 municipios andaluces realicen el sorteo. Este debe celebrarse entre 25 y 29 días después de la convocatoria de elecciones.
El actual presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno Bonilla, convocó la jornada electoral el pasado 23 de marzo, aludiendo a que esta era la fecha «idónea» para fomentar la participación, evitando grandes eventos multitudinarios y el calor extremo de junio.
Cómo saber si me ha tocado
La notificación de la Junta Electoral de Zona a los ciudadanos elegidos para formar parte de una mesa electoral debe producirse en los tres días posteriores al sorteo. Por ello, si la elección se realiza el 22 de abril, la comunicación a los seleccionados se enviará previsiblemente el 25 de abril.
Los miembros de las mesas, tal y como establece la LOREG, recibirán un manual de instrucciones supervisado por la Junta Electoral Central, en el que se detallan las funciones que deberán desempeñar.
Alegaciones para no asistir
Los designados disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona (JEZ) una causa justificada que les impida acudir.
Una vez presentadas las alegaciones, la JEZ tendrá hasta cinco días para resolver si acepta o deniega la solicitud. Si la excusa es aceptada, se procederá a la sustitución del miembro designado por un suplente u otra persona nombrada al efecto. En caso de no poder cubrir la vacante a tiempo, se adoptarán las medidas necesarias para garantizar la constitución de la mesa antes de las 8:00 horas del día de la votación.
¿Quiénes pueden ser elegidos?
Según el artículo 26 de la LOREG, pueden ser designados los electores que sepan leer y escribir y sean menores de 70 años.
El presidente de la mesa debe contar con el título de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado, o subsidiariamente el de Graduado Escolar o equivalente.
¿Cuánto se cobra?
El presidente de la mesa y los dos vocales reciben aproximadamente 70 euros en concepto de dietas, según el artículo 2 del decreto de la Junta publicado el 15 de abril, que regula las compensaciones por la participación en las tareas necesarias para el desarrollo de la jornada electoral.
La participación en las mesas electorales también está protegida. El artículo 7 del Real Decreto 605/1999 establece que presidentes y vocales quedan cubiertos por la Seguridad Social frente a posibles contingencias derivadas de su función.
