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Los errores más comunes a la hora de repostar y que conllevan multa por parte de la DGT

Incumplir alguna de las medidas recogidas en el Reglamento de Circulación puede suponer hasta 100 euros de sanción

Los errores más comunes a la hora de repostar y que conllevan multa por parte de la DGT

Para repostar gasolina también hay que seguir unas directrices cuyo incumplimiento puede suponer una sanción | Luo Jinglai (Xinhua News)

La guerra en Ucrania ha convertido el echar gasolina en una actividad casi de lujo para muchas personas. Tanto es así que hay quienes han optado por dejar de lado el coche salvo cuando es imprescindible. No obstante, hay muchas personas que no pueden hacer esto y, para ellas, los surtidores de combustibles son parada obligatoria cada pocos días.

Aunque parece una de las acciones más simples del día a día y es algo que, en la base, todo el mundo sabe hacer, hay detalles que se suelen olvidar y que pueden conllevar una sanción.

Echar gasolina según indica la ley

La forma correcta en la que deben reponer combustible los conductores aparece recogida en el artículo 115 del Reglamento de Circulación. Es precisamente porque esta acción supone manejar sustancias inflamables que hay que tomar precauciones importantes para la seguridad, pero hay muchas de ellas que no se tienen en cuenta. En algunos casos, además, es por desconocimiento de las mismas.

La primera norma, y que sí que cumple todo el mundo, es que para recargar combustible en el depósito el vehículo debe estar parado. A continuación, este punto incluye algunas pautas adicionales: «Los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga si no está parado el motor y apagadas las luces de los vehículos, los sistemas eléctricos como la radio y los dispositivos emisores de radiación electromagnética como los teléfonos móviles».

Las luces, la radio y el móvil apagados

Apagar el motor no es lo único que hay que hacer antes de repostar combustible. Como menciona expresamente la norma, es necesario desconectar la radio (esto es algo que suele no cumplirse, sobre todo si hay pasajeros que no se bajan del coche), así como apagar las luces (esto también es fácil de olvidar, sobre todo si no es de noche).

No obstante, la clave aquí es la obligatoriedad de apagar los teléfonos móviles a la hora de echar gasolina. Y esto sí que es algo que rara vez ocurre. Es más, suele ser normal ver a personas que aprovechan los minutos mientras repostan para mirar el correo electrónico o las redes sociales en el móvil.

En cuanto a esto, una excusa podría ser que lo empleados de la estación de servicio deberían ser los que hicieran a los conductores cumplir estas normas. Sin embargo, esto no es válido porque el propio Reglamento apela a la responsabilidad del conductor. Esto también está relacionado con que cada vez son más las gasolineras autoservicio y autopago, sin ningún empleado en las instalaciones.

«En ausencia de los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos, el conductor del vehículo o, en su caso, la persona que vaya a cargar el combustible en el vehículo deberá cumplir los mismos requisitos establecidos en el apartado anterior», recoge la norma.

Usar el móvil al repostar implica una multa de hasta 100 euros.
Usar el móvil al repostar implica una multa de hasta 100 euros. Foto: Ricardo Rubio (Europa Press)

Echar gasolina con el móvil puede suponer hasta 100 euros de multa

El no usar el teléfono móvil al mismo tiempo que se está repostando es algo que casi nadie cumple pero que, al igual que cualquier otra infracción relacionada con los vehículos, tiene asociada una multa.

La forma en la que está justificada esta norma que existe la posibilidad, que aunque sea remota es real, de que el terminal del teléfono móvil pueda generar una chispa. Esto es siempre algo muy delicado al operar con el combustible, pero no es lo único que busca prevenir el Reglamento de Circulación.

También existe el riesgo de que las radiaciones del móvil y los vapores del carburante puedan provocar reacciones peligrosas. La DGT establece que estas conductas suponen una infracción leve, por lo que la multa puede llegar incluso a los 100 euros. No obstante, no supondría ninguna pérdida de puntos.

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