El Gobierno oculta la directriz que fija cómo se validan los documentos de la regularización
Transparencia niega el carácter interno de una pauta consular clave para autentificar penales, actas y certificados

Ilustración de Alejandra Svriz.
El Gobierno oculta la norma del Ministerio de Asuntos Exteriores que fija el procedimiento para validar los documentos de los extranjeros. Muchos de estos certificados y documentos oficiales, emitidos en sus países de origen, están vinculados a procesos como la regularización extraordinaria impulsada por el Ejecutivo, que podría facilitar permisos a medio millón de inmigrantes. Ante esta opacidad en un asunto clave, el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha obligado al departamento que dirige José Manuel Albares a facilitar la Instrucción consular 312, una directriz que regula el proceso mediante el cual la Administración comprueba la autenticidad y la validez de documentos emitidos fuera de España.
Se trata de una instrucción interna vinculada a la legalización de documentos extranjeros, es decir, al procedimiento que permite que certificados como partidas de nacimiento, antecedentes penales, actas notariales o documentos familiares tengan efectos jurídicos en España. La resolución del CTBG, a la que ha accedido THE OBJECTIVE, estima una reclamación presentada tras la negativa del Ministerio de Asuntos Exteriores a entregar este documento. El departamento rechazó el acceso alegando que se trataba de una comunicación interna, amparándose en el artículo 18.1.b de la Ley de Transparencia, que permite inadmitir solicitudes sobre información auxiliar o de apoyo.
El Consejo desmonta ese argumento y fija un criterio claro, apuntando que no basta con que la Administración califique un documento como «interno» para excluirlo del derecho de acceso. Lo relevante es su contenido y su función y, en este caso, concluye que la instrucción tiene efectos jurídicos y proyección externa, ya que regula actuaciones administrativas que afectan directamente a terceros.
Legalización de documentos extranjeros
La instrucción se refiere al sistema de legalización diplomática de documentos extranjeros, un proceso que implica la intervención de distintas autoridades y funcionarios para verificar su autenticidad. Este mecanismo es imprescindible para que esos documentos puedan ser utilizados ante la Administración española.
En la práctica, esta norma fija las pautas internas con las que se realiza ese proceso de validación documental. Aunque no establece de forma directa qué documentos se aceptan o se rechazan, sí regula el procedimiento del que depende esa decisión, lo que la convierte en una pieza relevante del sistema administrativo. De hecho, la propia resolución subraya que se trata de un proceso complejo en el que intervienen distintas autoridades y del que «pende» la legalización o no de los documentos extranjeros con efectos frente a terceros, lo que refuerza su impacto real.
La propia resolución recuerda que la Ley de Transparencia obliga a publicar las instrucciones administrativas cuando tienen efectos jurídicos o suponen una interpretación del Derecho. Por ello, concluye que la información solicitada debe ser facilitada al reclamante o indicarse dónde se encuentra publicada.
El proceso extraordinario de regularización
La decisión llega en un contexto marcado por el proceso extraordinario de regularización impulsado por el Gobierno, que permitirá solicitar autorizaciones de residencia y trabajo a extranjeros que acrediten su permanencia en España antes del 1 de enero de 2026, con un plazo de solicitudes abierto hasta el 30 de junio de 2026.
Este proceso puede afectar a un volumen muy elevado de personas. La propia Administración cifra en más de 1,2 millones los extranjeros en situación irregular con acceso al sistema sanitario, una referencia que permite ver el alcance potencial de los expedientes vinculados a la regularización y el peso que adquiere la validación documental.
En paralelo, como ha venido publicando THE OBJECTIVE, el decreto de regularización incorpora cambios que amplían el acceso a la residencia. Entre ellos, una vía más ágil para que familiares de inmigrantes ya nacionalizados —especialmente hijos mayores de edad— puedan solicitar permisos desde España sin necesidad de tramitar el procedimiento en su país de origen, lo que previsiblemente incrementará el número de solicitudes.
Antecedentes penales
A este escenario se suma uno de los puntos más controvertidos del decreto: el tratamiento de los antecedentes. Aunque el requisito formal sigue siendo carecer de antecedentes penales, la norma introduce un margen de valoración al establecer que la existencia de antecedentes policiales no implicará automáticamente la denegación de la solicitud. Será la Administración la que evalúe cada caso en función de informes y de su posible impacto en el orden público o la seguridad.
Este diseño puede tensionar los sistemas de control y verificación documental ante el previsible aumento de expedientes. En ese contexto, el acceso a instrucciones internas que regulan estos procedimientos adquiere especial relevancia, al permitir conocer los criterios con los que se desarrollan las actuaciones administrativas.
El Consejo de Transparencia ordena a Exteriores entregar la instrucción en un plazo máximo de diez días hábiles y remitir copia al propio organismo. La resolución pone fin a la vía administrativa, aunque el ministerio puede recurrirla ante la Audiencia Nacional. El acceso a esta norma permitirá conocer con mayor precisión cómo se validan los documentos extranjeros en España, un aspecto clave en un momento en el que miles de expedientes de regularización dependen precisamente de ese proceso.
