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El Gobierno acelera la concesión de 'papeles' para hijos de inmigrantes ya nacionalizados

El Ejecutivo ‘esconde’ en el decreto sobre regularización masiva una vía exprés para favorecer la reagrupación familiar

El Gobierno acelera la concesión de ‘papeles’ para hijos de inmigrantes ya nacionalizados

Colas en el Ayuntamiento de Valencia por la regularización extraordinaria de inmigrantes. | EP

El nuevo decreto del Gobierno para la «regularización masiva» de inmigrantes en situación irregular incluye un detalle que no ha trascendido y que modificará en profundidad los trámites para acceder a un permiso de residencia para los familiares de los inmigrantes que ya gozan de nacionalidad española. El Real Decreto va a modificar el artículo 97.1 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, afirmando que, a partir de ahora, los hijos mayores de edad de los inmigrantes que tienen nacionalidad española podrán tramitar su petición de residencia directamente desde España, agilizando ese proceso. El mismo procedimiento se podrá tramitar para «ascendientes» que demuestren una situación de vulnerabilidad.

Se trata de un cambio radical, puesto que antes tenían que hacerlo desde su país de origen, lo que alargaba notablemente los trámites. Y, en la mayoría de los casos, según expertos consultados por este periódico, se denegaba. Los inmigrantes con nacionalidad española —los únicos con derecho a voto— obtienen así un favor del Ejecutivo de Pedro Sánchez para facilitar su reunificación familiar. Esta norma se añade a la ampliación ya decretada el año pasado, que ampliaba la edad máxima para esa regularización de 21 a 26 años.

Con la entrada en vigor, el 20 de mayo de 2025, del Real Decreto 1155/2024, el Gobierno ya introdujo una modificación relevante en el régimen de familiares de ciudadanos españoles. La norma amplió hasta los 26 años la edad de los hijos que pueden acceder a una autorización de residencia. Hasta ese momento, el umbral efectivo se situaba en los 21 años —o exigía acreditar dependencia económica a partir de esa edad—, lo que dejaba fuera a una parte significativa de jóvenes adultos.

Las cifras de la regularización de inmigrantes

La reforma se efectuó en un contexto de emancipación tardía y dependencia prolongada, y buscaba facilitar la unidad familiar y simplificar la tramitación administrativa. No obstante, el cambio no eliminaba el control en mayores de edad. La Administración sigue exigiendo acreditar que el hijo está a cargo.

Aunque el decreto se ha anunciado para regularizar a unos 500.000 inmigrantes, la norma esconde otra disposición que puede revelarse clave para comprender la política del Gobierno respecto a la población extranjera. En el primer apartado del decreto, después de la exposición de motivos, el texto menciona una modificación del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 «con la finalidad de que puedan solicitar desde España la autorización de residencia temporal de familiar de una persona de nacionalidad española los hijos mayores de dieciocho años y los ascendientes directos de primer grado, en coherencia con lo previsto para los restantes familiares».

Esta mención puede entenderse como una pequeña revolución administrativa para todos aquellos inmigrantes con nacionalidad española que quieren que sus hijos y familiares accedan a un permiso de residencia. El decreto, tal y como desvela hoy THE OBJECTIVE, permitirá tramitar ya desde España la solicitud de residencia temporal. Se trata de un cambio importante porque hasta ahora ese procedimiento se debía gestionar desde los países de origen, y fuentes expertas en la materia sostienen que en la gran mayoría de los casos «se les denegaba» dicho permiso.

Trámite desde España

Ahora todo cambia. En el caso, por ejemplo, de que un inmigrante con nacionalidad española quiera que sus hijos menores de 26 años o familiares en situación de vulnerabilidad obtengan un permiso de residencia, será tan fácil como hacer que se trasladen a España y pidan su regularización. Lo mismo vale, lógicamente, para todos aquellos que ya viven en España, puesto que el decreto permite a todos los inmigrantes que puedan demostrar (incluso sin documentos oficiales) residir en España desde antes del pasado 1 de enero pedir su regularización.

Con la nueva mención del decreto, ese requisito ni siquiera será necesario para los hijos y familiares de aquellos con nacionalidad. Sería suficiente apelar al vínculo familiar para lograr de forma exprés, y desde España, ese reconocimiento (sin tener que tramitarlo en el país de origen). A nivel estadístico, se calcula que residen en España alrededor de tres millones de personas nacidas en el extranjero, pero con nacionalidad española.

La cuestión no es baladí. Todos los inmigrantes con nacionalidad española gozan de los derechos de ciudadanía, entre ellos el derecho a voto. Sus familiares no tendrán ese mismo estatus, pero la norma puede representar un punto de inflexión, porque el Gobierno les facilita reunirse con sus familiares. Fuentes de la Administración pública que han analizado el decreto señalan ese elemento, «escondido» en el texto, como uno de los puntos más relevantes del mismo.

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